Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Este año, con lo de Cartera de valores que han puesto, probé y solo traspasa los datos de ventas en 2018. Así que puse los datos como en años anteriores directamente en la declaración. Después de darle a presentar rellené lo de Cartera de valores. Han pasado dos meses y medio y no me han devuelto, así que veremos.
La casilla 0395 la utilizaba cuando el saldo total compensando plusvalías y minusvalías era negativo, lo iba aplicando en los 4 ejercicios siguientes si podía. La casilla 441, no sé, pero poner una cantidad sin especificar más datos (de que acciones proviene, cuando las vendiste, cuando las compraste, etc.)
Lo que esta claro es que de alguna forma hay que computar las perdidas que no dejaron en su momento, En el manual IRPF, página 380 dice:
La pérdida patrimonial obtenida, que deberá ser declarada y cuantificada en la declaración de ejercicio en el que se haya generado, se integrará a efectos liquidatorios cuando se transmita el elemento patrimonial adquirido o, tratándose de valores o participaciones, a medida que se transmitan (entiendo que si se empieza a tener ganancias ir compensando parte o todas según el importe).
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
1 de octubre- compro 1000 acciones de la empresa X a 10€
2 de octubre - vendo esas 1000 acciones de X a 12€ (plusvalía de 2000€)
3 de octubre - compro 1000 acciones de X a 11€
4 de octubre - vendo esas 1000 acciones de X a 10€ (minusvalía de 1000€)
¿Si NO compro más acciones de XYZ en lo que queda de año podré compensar minusvalías con plusvalías? Mi duda viene de lo que dice la norma que para hacer la compensación "deben transcurrir desde la venta dos meses, antes y después de esa operación, para volver a adquirir esos mismos valores".
No entiendo lo del "antes". ¿Mi compra del 1 de marzo me impide compensar al estar en los dos meses anteriores de la venta con pérdidas?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
No sería lógico tener en cuenta estas pérdidas en años posteriores sin haber hecho operación alguna con acciones de la empresa X. Una de las formas de saber como funciona la norma, sería haciendo la compensación y ver si hacienda lo da por válido. Si no haces la compensación y te enteras que podías haberla hecho, tendrías que hacer una nueva declaración de un año anterior.
De la declaración que hice en abril todavía no me han devuelto y estamos en octubre. Las compensaciones de pérdidas las hice igual que en otros años y como muy tarde en julio ya me devolvieron.
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Lo que imagino, es que si quedan acciones después de varias compra-ventas por un valor de 80, cuando la compra inicial era por un valor de 100, que cuando se vendan....el calculo de la plusvalía se haga desde el valor inicial 100 y no de 80
Saludos GUILLERMO
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
sin mirar en que broker .Voy a la primera pregunta y pego una respuesta de boliche de hace años para ir aclarando algunas cosas // "Pero ojo, que todo este rollo se aplica a operaciones con el mismo valor (misma empresa). Si tienes pérdidas de 5000 € con unas acciones y ganancias de 5000 € con otras distintas, no se aplica la regla de los dos meses. Lo digo por lo que comentas en tu último párrafo".//
¿Entonces si yo vendo unas acciones del santander compradas un dia 1 y vendidas el dia 15 del mismo mes con minusvalias de 7000€ y vendo otras de enagas con plusvalias de 9000€ se aplica la regla de los 2 meses, o mi ganancia seria ganancias menos perdidas (9000-7000) y tributaria por esos 2000 € de diferencia?Espero que se entienda mi duda