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Demanda colectiva Accionistas Popular

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Demanda colectiva Accionistas Popular
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Demanda colectiva Accionistas Popular
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#316

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Por cierto, supongo que conoceis Telegram, es una red social que tiene muchos hilos, uno es el del Afectados Popular, otro el de afectados con Elpidio Silva.

si quereis entrar decírmelo por privado y os paso enlace,

Asi sabriais todo lo que va saliendo y los comentarios que se hacen.

 

 

#317

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Rosa:
Ciro (Madrid):
Daniel Diez 92613:
Sites.google.com/view/afectados-banco-popular

También en la actualidad los letrados Elpidio José Silva Pacheco, Eliana Camps Dutrem y Reinaldo López López fundaron Elpidio Silva Abogados en el 2014 orientado al Derecho Penal Económico y Derecho Administrativo, auditoría, sector médico facultativo y de peritaje en general. La Corte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, es otra parte de su actividad.

#318

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Os pongo todo lo que sé de El abogado Elpidio Siva.

Es que de momento mientras no salga nadie más que me convenza él es el candidato por quien me voy a decidir. Es decir, le voy a llevar todo para que me defienda lo robado.

Joder, es nuestro dinero, no dejemos que se lo queden,luchemos, trabajemos para conseguir todo lo que podamos.

 

#319

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Hola,
el perfil de quien presenta en un caso de nulidad por vicio etc no es relevante..y aunque lo fuera, las reclamaciones a la JUR las ponen-pondrán tanto los inversores más cualificados y potentes (Gestoras etc), como minoristas pre y post-ampliación.
Recuerda que, cuando se declararon nulas las claúsulas suelo y los tribunales europeos tuvieron que enmendar la vergonzosa sentencia del T.Supremo, fueron nulas para todos los clientes, economistas o fruteros, que hubieran demandado o no.
Saludos

#320

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Totalmente de acuerdo, yo con los abogados que he hablado me han dicho lo mismo.

con qué uno mate al perro basta para acabar con la rabia, no hace falta matarle todos.

#321

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Hola, muy buenos días.

Contra la Resolución del FROB, parece más recomendable presentar reclamación por daños y perjuicios. Hace 2 semanas la UE confirmó que las indemnizaciones que se establezcan por vía judicial respecto a esta resolución irían a cargo de la UE, lo cual indica que es bastante probable que se consigan indemnizaciones. Dejar claro que, en este caso, no se conseguiría recuperar el 100% del nominal, sólo una parte en concepto de INDEMNIZACIÓN.

Pero tiene varias cosas positivas:

  1. La UE ya contempla esta posibilidad (indemnizaciones) y hacerse cargo.
  2. Es una vía compatible con el resto: Civil y Penal.
  3. Posible y seguramente se resuelva antes del resto de vías.

La única pega que le veo a esta vía es que, en este caso, por lo menos Rúa Abogados, sí que precisa provisión (a fondo perdido). No es gran cosa, 100€ + IVA, pero es un dinero que hay que abonar de antemano y a fondo perdido. Eso sí, teniendo en cuenta que puede ser una inversión, no un gasto, pues es muy probable que la sentencia sea favorable a nuestro favor y nos genere indemnizaciones, compatibles con el resto de vías. En caso de sentencia favorable, ojo porque cada servicio jurídico puede cobrarte una parte proporcional de lo recuperado. En el caso de Rúa Abogados, en lugar del 5% que se cobra por la vía Civil, es del 10%. Pero en cualquier caso, creo que merece la pena intentarlo: hay elevada probabilidad de obtener sentencia favorable y al menos se recuperaría parte de la inversión, siendo además compatible con el resto de vías.

Pero plantear demanda en el sentido de intentar conseguir la Nulidad de la Resolución de la JUR, parece muy poco probable de que termine con sentencia favorable a nuestros intereses.

Un cordial saludo.

 

#322

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Creo recordar que tambien están damnificados una asociación o colegio de abogados, tendriamos que hacerles un seguimiento por nuestro interes de lo que hacen en cuanto a demandas
Saludos

#323

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

Bien, pero el plazo del día 7 se refiere a reclamaciones contra la liquidación, no reclamar saños y perjuicios a la UE por lo q ha hecho la JUR (eso es la vía civil).
Creo q se está mezclando interesadamente el plazo para una reclamación administrativa con el de una demanda civil.

#324

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

La decisión de la Junta única de Resolución de aprobar la venta del Popular al Santander por 1 euro es recurrible en el plazo de dos meses ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y la resolución del Frob de ejecutar dicha decisión es recurrido bien mediante recurso potestativo de reposición, lo que implicaría sólo un mes de plazo, o mediante recurso contencioso administrativo, que daría a los demandantes hasta dos meses.
Aquí habla claramente de plazos para recurrir la liquidación ante la justicia europea por la via contencioso administrativa..la decisión de la JUR tiene un plazo de 2 meses para ser recurrida, da igual 1 ó 1.000 recursos, el resultado será único.
En cambio, reclamar daños y peejuicios a la UE por la expropiación es vía civil, y los plazos son más amplios..además de que creo q tiene más sentido esperar a la resolución del recurso administrativo por si fuera positivo para el accionista antes de demandar por daños (siempre q se respetaran los plazos para la accion por la vía civil).
Saludos

#325

Solo la via civil dara dinero y costas procesales a los bufetes y demandantes

A un abogado no le controlas, el abogado hace lo que quiere porque La Ley asi lo establece, cuando firmas el apud acta le das todo el poder al abogado.  Los Tribunales no han cambiado desde los tiempos del Lazarillo de Tormes y eso que se quiso eliminar la figura del procurador y los lobbys consiguieron paralizarlo sine die.

Bruselas ha dicho que si un informe sobre LA LIQUIDACION CONCURSAL DE Banco Popular da resultado positivo cobrarian los bonistas, preferentistas y despues los accionistas, pero ese informe de la liquidacion concursal de Banco Popular genera perdidas superiores a los 6000 millones de euros. Fijese que en liquidacion concursal los creditos fiscales valen cero y hay que indemnizar a los 11500 trabajadores de Banco Popular y los activos  son para subasteros.

http://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/empresas/Bruselas-indemnizara-accionistas-Popular-concluye_0_1045396730.html

 BRUSELAS no se gastara un centimo en pagar las "cenizas" de las acciones de Banco Popular ni la "basura" de los bonos porque se ha hecho con LEY EN LA MANO  y con las durisimas directivas de la UE.

http://www.expansion.com/empresas/banca/2017/07/23/59746279e5fdea991f8b45cc.html

La via CIVIL es la unica que dara dinero a algunos bonistas y accionistas, pero LOS ABOGADOS QUIEREN MINUTAS. Vease los honorarios de Elpidio Silva que son una SALVAJADA SACACUARTOS.

Y la via civil se resuelve para los especuladores cuando el Banco Santander valore los activos y pasivos del Banco Popular en sus cuentas semestrales de 2018.

Y por eso lo que mas disgusta de mi discurso es que ABOGADOS A CUOTA LITIS, no gracias, es mejor un abogado a cuota fija para los que sientan que van a ganar.  El que prefiere un abogado a cuota litis es que se dice de perdidos al rio.

 

#326

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

¿Y cual es el plazo para reclamar daños y perjuicios a la UE por la resolución de la JUR ?

#327

Re: Demanda colectiva Accionistas Popular

¿Alguien sabe si sería conveniente presentar ya la reclamación "amistosa" necesaria previa a la demanda para ir ganando tiempo?

#328

En el caso BANCO POPULAR no hay sentencia firmes

¿Tienes factura con MEMBRETE DEL BANCO POPULAR con membrete de Banco Santander con membrete de la UE con membrete del FROB? En los Tribunales no hay reclamaciones amistosas, la unica opcion es un camelo ofrecido a ALGUNOS clientes del Banco Popular que lo tienen ganado en los juzgados.

Las leyes se hacen para que la Administracion gane y gane y gane en recurso contencioso. Un ejemplo mas.

http://www.eleconomista.es/politica-eleconomista/noticias/8519573/07/17/La-ley-limitara-que-se-indemnice-a-las-empresas-por-concesiones-en-perdidas.html

#329

Re: En el caso BANCO POPULAR no hay sentencia firmes

No me refiero a los tribunales, sino al propio banco. Antes de poner una demanda se reclama al banco el dinero de tus subordinadas, obviamente no te lo van a devolver, pero es un paso previo necesario antes de poner la demanda judicial.

#330

La Union europea "justa" desestima las primeras apelaciones de los accionistas y bonistas del Banco Popular

http://www.expansion.com/empresas/banca/2017/07/26/5977816522601dea278b45fe.html

En demandas civiles no hace falta ir al defensor del cliente ni a la cnmv ni al Banco de España, solo existe el caso ESPECIAL de las clausulas suelo.

La UE preparada para ganar el 100% de las demandas contencioso administrativas, veras que pronto empiezan a pedir "sopitas" en los socialistas juzgados de primera instancia de España.

 

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