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Banco Santander (SAN)

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#18378

Re: Fiscalidad

Nuevas acciones

Si te decides por la primera opción y te quedas con las nuevas acciones, hasta que no vendas estas no deberás tributar por ellas ni tendrás retención de IRPF. Cuando las vendas, como no has desembolsado dinero por ellas, el precio de compra será el resultado de repartir el coste total de tu inversión entre el número total de acciones nuevas y liberadas, fijando su antigüedad en la de las acciones que originan el derecho de suscripción.

 

ESTO HA CAMBIADO, CUANDO LAS VENDES LAS ACCIONES SI QUE TIENES QUE PAGAR EL IRPF

#18379

Re: Fiscalidad

Hola,

con la formula del Script Dividend tienes 3 opciones:

1. Te quedas con los derechos y suscribes acciones nuevas: no tienes retenciones y pagas el IRPF cuando vendes.

2. Vendes los derechos al mercado: igual que el dividendo en efectivo. Además deberás pagar comisiones para la venta (en el caso de que las haya)

3. Vendes los derechos al emisor: el emisor los compra a un precio establecido y se considera como un dividendo y como tal tributa con su retención.

Un saludo

#18380

Re: Fiscalidad

Sí pagarías IRPF en la declaración por los derechos sobrantes al suscribir acciones, eso sí. En teoría ya estarían puestos los datos en la declaración al entrar en el Renta Web, al menos en mi caso es así

"Lo que todo el mundo sabe en la Bolsa a mí ya no me interesa" André Kostolany

#18381

Re: Fiscalidad

Para evitar esto yo siempre compro un paquetito de acciones para que cuadre, puede salir caro pero no vendo derechos y no hay retención.

Y por aclarar, si te quedas las acciones no pagas impuestos y reinviertes la totalidad del dividendo, lo cual a la larga es bastante más rentable porque esos impuestos que ahorras ahora es dinero que tú tienes y está produciendo mientras no vendas, el diferimiento del impuesto puede ser eterno si no vendes nunca y le das a la rueda de la capitalización compuesta. Si vendes claro pagas, pero igual que con las acciones normales, por el beneficio.

Saludos

#18382

Re: Fiscalidad

Me parece que cuando vendes las acciones, claro que pagas por el beneficio,

Yo me refiero a que si te quedas con las acciones en el dividendo, cuando vendes las acciones, si tienes beneficio tienes que tributar según tramo de beneficio y aparte el IRPF correspondiente por solo y únicamente  de las acciones en forma de dividendo.

Saludos.

#18383

Re: Fiscalidad

Tienes que tributar por el beneficio, que en este caso es precio de venta X menos precio de compra 0.

Cálculo de la base X-0=X porcentaje el vigente en el momento de la venta.

No obstante, no soy asesor fiscal y me puedo equivocar.

#18384

Re: Banco Santander (SAN)

Ahora cuando vendes los derechos el broker te retiene el 19% de impuestos ( robo) , hace un año no se pagaban hasta hacer la declaración.

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