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Abengoa levanta el vuelo

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#74155

Abengoa solicita el concurso de acreedores para su filial Abengoa Solar España

 
El consejo de administración de Abenewco 1 ha tomado la decisión de solicitar la declaración de concurso voluntario de su filial Abengoa Solar España, según ha notificado este jueves en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

La solicitud ha sido presentada este jueves en el juzgado mercantil de Sevilla. Se trata de una de las 27 subsidiarias del grupo que se acogieron al preconcurso de acreedores el pasado mes de junio, después de que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) desestimara la solicitud de rescate de la empresa por un importe de 249 millones de euros.

La compañía ha indicado que la solicitud del preconcurso se realizó "con el interés de mantener la continuidad de operaciones y la salvaguarda de los distintos grupos de interés confluyentes en el grupo", de cara a iniciar conversaciones con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación para un total de 27 empresas.

Durante la última semana de junio la empresa dio por cancelado el proceso de reestructuración de Abenewco 1, filial donde atesora sus principales activos, tras el fallido rescate de SEPI. Así, la empresa indicó que la desestimación ponía fin a la vía administrativa y al trámite de audiencia y significaba "la cancelación de la operación de reestructuración y proceso de consentimiento ('consents') lanzado por Abenewco 1 a sus acreedores financieros el pasado 25 de mayo.

El consejo gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) acordó denegar definitivamente la solicitud de ayuda pública de Abengoa.

La compañía había presentado alegaciones a los informes de SEPI, que ya había desestimado la petición de rescate público para seis filiales del grupo (Abengoa Energía, Abener Energía, Abengoa Agua, Inabensa, Abengoa Operación y Mantenimiento y Abengoa Solar España). La compañía buscaba con esta inyección un plan para garantizar su viabilidad futura y evitar un nuevo concurso de acreedores.

Según confirmaron a Europa Press en fuentes de SEPI, las alegaciones presentadas por la compañía "no desvirtúan la existencia de los riesgos e incertidumbres expuestos en los informes de los asesores".

Asimismo, señalaron que la resolución ha concluido en sentido desfavorable "al no estar demostrada la viabilidad y no estar garantizado el reembolso del préstamo solicitado".


FIN AL PLAN CON EL FONDO TERRAMAR.

La denegación de la ayuda pública suponía así prácticamente el fin para el plan para que el fondo estadounidense Terramar aportara 200 millones de euros a cambio del 70% capital, ya que estaba vinculado a la inyección de dinero público.

De esta manera, Abengoa quedó abocada hacia el que puede ser uno de los mayores concursos de acreedores de la historia empresarial española, con un agujero de casi 6.000 millones de euros 

#74157

El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla desestima el recurso de Abengoa sobre el auto de liquidación

 
El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla ha desestimado este viernes el recurso interpuesto por Abengoa al auto de liquidación del procedimiento concursal abierto, que, a su vez, acompañó en su día con una oferta vinculante de RCP y Sinclair por la que se comprometían a invertir en el grupo más de 200 millones de euros.

En el recurso, Abengoa alegaba que la resolución del tribunal se había dictado "sin agotar el plazo procesal límite para la aportación de la propuesta ordinaria de convenio", por lo que pedía un nuevo plazo, asunto desestimado ahora en este auto y contra el que no cabe recurso.

La multinacional sevillana había reclamado ampliar el plazo hasta el 30 de septiembre para aportar propuestas ordinarias de convenio y el 30 de octubre para poder adherirse a estas.

En el auto, el juez señala que la razón para fijar fechas límites "no es otra que proporcionar seguridad jurídica a los acreedores que van a efectuar sus adhesiones o manifestaciones en contra de las diferentes propuestas de convenio que se presenten y ordenar la tramitación del procedimiento".

En cuanto a la propuesta de convenio que acompañaba Abengoa en su recurso, el juez apunta que "no podría ser admitida a trámite al no cumplir los requisitos de tiempo, forma y contenido" que la norma dicta.

La compañía sevillana presentó una propuesta de convenio concursal que contemplaba una quita del 97%, con un pago del 3% a 8 años, y un primer año de carencia; con una alternativa de optar por la conversión del crédito resultante de la quita en un préstamo participativo remunerado con un máximo del 4% del beneficio antes de impuestos ordinario de la actividad, hasta un límite de 2 millones de euros anuales para cada ejercicio.

La propuesta de convenio se acompañaba, a su vez, de una carta de intenciones de RCP y la entidad Sinclair Capital de invertir en el grupo Abengoa un importe total y conjunto superior a 200 millones de euros.

A esto, el juez responde que, en la documentación aportada, RCP y Sinclair "se limitan a efectuar expresiones de interés o manifestaciones de intenciones, no constituyendo oferta de contenido vinculante de adquisición de unidades productivas o activos, aportación de fondos, pagos o asunción de cualquier otra obligación".

El juez también sostiene que el recurso de Abengoa "no identifica el origen y aplicación de los recursos previstos" para llevar a cabo el plan de pagos.


"NO ES UN PLAN DE VIABILIDAD"

Respecto al plan de viabilidad presentado, el juez sostiene que eso "no es un plan de viabilidad", ya que "no cumple" con las exigencias que conlleva y llama la atención sobre la "completa indeterminación" de los parámetros que definirían tanto "la actividad futura de la concursada como de los recursos que esta actividad generaría y que se aplicarían al cumplimiento de los compromisos que se reflejan en la propuesta de convenio".

En concreto, señala "la ausencia de definición de la estructura jurídica en base a la cual se adquirirían las unidades productivas o activos de las sociedades de interés", al igual que la falta de definición del propio perímetro de la transacción.

También destaca la falta de determinación de las necesidades de financiación y de avales que requerirá la continuación de la actividad y la ausencia de información económica, financiera y patrimonial mínima que sustente los objetivos pretendidos.

En cuanto a los bonos convertibles, el juez señala que la propuesta de convenio y el plan de viabilidad deben contener una propuesta en relación con la situación de estos bonos. De no ser así, implicaría que, en el supuesto de su activación de estos bonos convertibles, la entidad Abengoa Abenweco 2 SAU quedaría "totalmente diluida" quedando con "una pérdida total del control de la sociedad" 

#74160

Re: Abengoa levanta el vuelo

Hola a todos, compañeros 
Pues definitivamente le han dado la estocada a nuestra empresa. Supongo que esto no es más que otro paso más de su plan. Vaya silencios de los acreedores financieros y otros. Ni el gobierno ha creído en esto. Han preferido trocear una empresa y venderla al mejor postor. En fin…
Sin noticias del Satander desde hace tanto…
Ahora sólo  queda, con nosotros fuera, que se mantengan los trabajos. Pero seguro que algunos tienen que esconder la cabeza como las avestruces cuando empiece la escabechina…hasta esos sindicatos tan bien acomodados…
Bueno, quizás la última esperanza sea que se resuelvan los procesos judiciales, pero probablemente ni eso, perderán su sentido si el objeto del daño, Abengoa, no existe ya. Ni los tiempos acompañan. De aquí a que se resuelva algo…
Menudo país de Oligarcas…
Al menos, pudimos mantener la esperanza hasta el final.
Un placer, compañeros. Ahora supongo que toca tocar la última canción, como en el Titanic…
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