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Seguimiento de Dia (DIA)

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Seguimiento de Dia (DIA)
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Seguimiento de Dia (DIA)
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#10945

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

En ningúna noticia sale el precio de venta... salio hace unas semanas que DIA no conseguía vender las 219 tiendas no rentables ( https://www.elmundo.es/economia/empresas/2019/06/04/5cf6494afc6c83f2258b45b8.html)... teóricamente el día 30 de junio cerrará las 196 que le quedan... La buena noticia -porque no conseguir venderlas, buena noticia, pues no es- es que al menos frenará la sangría en parte... será interesante ver cuánto ha conseguido de El Jamón... y como decía William, a ver cuando aparece la primera demanda (tengo mucho interés en conocer el argumentario utilizado) y quién está detrás (¿AADD ha desaparecido del mapa?)... y de paso, puestos a pedir, a ver cuando sale Anticorrupción diciendo "esta boca es mía" (aunque sólo sea para decir que no hay nada que perseguir y que Fridman está libre de polvo y paja)

#10947

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Siguen riéndose de nosotros... o sea que los periodistas, a preguntas sobre las luces y sombras de la opa de Dia le preguntan por los tuits de la botina y ni mentan la investigación de Anticorrupción ( ni Albellá alude a ello en ningún momento)... vaya tomadura de pelo (no puedo creerme que ningún Periodista sepa de ese tema y sabiéndolo aproveche semejante ocasión para preguntar EXPLICITAMENTE sobre eso, pero sí sobre el pu*o tuit...)

#10948

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Por cierto:

https://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/9741226/03/19/Goldman-Sachs-oculto-su-participacion-real-en-Dia-y-la-CNMV-le-obliga-ahora-a-aflorarla.html

https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/9721375/02/19/Anticorrupcion-acusa-a-Fridman-de-liderar-una-red-criminal.html

https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/9723978/02/19/Suiza-alerto-de-un-pago-de-sobornos-por-parte-de-Fridman-el-inversor-ruso-de-Dia.html

 

POR CIERTO, de esta última noticia pego un fragmento supuestamente literal revelador y significativo:

"La información forma parte de los elementos que debemos tener en cuenta", aunque "ahora no puedo anticipar nada de los análisis" que están llevando a cabo desde el organismo regulador.

¿¿Alguien tiene conocimiento de que dicho "análisis" se haya dado a conocer??

#10949

Fridman cierra un acuerdo con los acreedores e inyectará 500 millones de euros

Hecho Relevante

Como continuación a

(i) la comunicación del accionista de referencia de la Sociedad, L1R Invest1 Holdings S.à r.l. (“LetterOne”) de 20 de mayo de 2019 (número de registro 278438) por la que se informaba al mercado del acuerdo alcanzado entre LetterOne y todos los acreedores titulares de la deuda bancaria sindicada (los “Acreedores Sindicados”) de DIA, que establecía una vía para alcanzar una estructura de capital viable a largo plazo para la Sociedad (el “Lock-Up Agreement”), y

(ii) la comunicación de DIA de 17 de junio de 2019 (número de registro 279209), por medio de la presente se informa al mercado de que, en desarrollo de lo previsto en el Lock-Up Agreement y sujeto a la condición suspensiva a que se condiciones que aplican tanto a la Financiación Sindicada modificada como a las Nuevas Líneas de Financiación se resumen en el Anexo 2;

(iv) la Sociedad y los Acreedores Sindicados han acordado proponer a la Junta General de Accionistas de DIA un incremento de EUR 100 millones sobre el importe total de fondos propios que inicialmente se había acordado inyectar a la Sociedad en el aumento de capital acordado por la Junta General Ordinaria de Accionistas del pasado 20 de marzo de 2019.

A tal efecto, se someterá a la Junta General de Accionistas de DIA la aprobación de un nuevo acuerdo de aumento de capital, que sustituirá al acordado en la Junta General Ordinaria de Accionistas del pasado 20 de marzo de 2019, en virtud del cual se espera que se incrementen los fondos propios de la Sociedad en un importe efectivo de hasta EUR 600 millones, en lugar de los EUR 500 millones inicialmente previstos.

En relación con dicho aumento de capital, LetterOne ha comunicado a la Sociedad su compromiso de votar a favor de dicho acuerdo, ejercitar su derecho de suscripción preferente en proporción a su porcentaje del capital social, y asegurar (o procurar el aseguramiento por una o más entidades financieras) parcialmente el aumento de capital por un importe de hasta EUR 500 millones;

(v) para que la Sociedad pueda disponer de liquidez en tanto se llevan a cabo las formalidades necesarias para ejecutar la ampliación de capital referida en el párrafo anterior, LetterOne ha comunicado a la Sociedad que anticipará fondos a DIA, hasta alcanzar un importe total agregado de hasta EUR 490 millones, por vía de uno o más préstamos participativos, y/o pre-fondeo del aumento de capital que, en el caso de los préstamos participativos podrán capitalizarse total o parcialmente en el aumento de capital, y en el caso del pre-fondeo (y también en el caso de préstamos participativos en la parte que no pueda capitalizarse en el aumento de capital) se repagarán a LetterOne con los fondos del aumento de capital; y

(vi) la eficacia del acuerdo alcanzado con los Acreedores Sindicados y, por tanto, de todos los compromisos y actuaciones contempladas en los párrafos (i) a (v) anteriores, está sujeta a ciertas condiciones suspensivas (las “Condiciones Suspensivas”). Éstas incluyen

(a) condiciones suspensivas típicas en este tipo de acuerdos (como, por ejemplo, la entrega de cierta documentación y la confirmación de que no se ha producido ni está vigente ninguna causa de vencimiento anticipado),

(b) que la Sociedad haya recibido, al menos, EUR 490 millones vía aumento de capital y/o préstamos participativos tal y como se menciona en el párrafo anterior (tras la deducción de los costes y comisiones asociados), y

(c) que DIA haya obtenido compromisos vinculantes por una cantidad de EUR 80 millones para cubrir en su totalidad la Línea de Proveedores (tal y como se define en el Anexo 1) (la “Condición Suspensiva de la Línea de Proveedores”), pudiendo la Sociedad, a su elección, renunciar a la Condición Suspensiva de la Línea de Proveedores y, en tal caso, proceder sobre la base de que la Línea de Proveedores tendrá un importe equivalente al total de los compromisos vinculantes obtenidos al efecto a dicha fecha, sujeto a un mínimo de los compromisos vinculantes ya existentes de, aproximadamente, EUR 70,8 millones.

La fecha límite para el cumplimiento o renuncia de las Condiciones Suspensivas será la más temprana entre (a) la fecha en la que el Lock-Up Agreement termine de acuerdo con sus términos y (b) el 15 de julio de 2019 (o cualquier fecha posterior acordada por una Mayoría de Acreedores, según se define en la Financiación Sindicada).

Tras el cumplimiento o renuncia de las Condiciones Suspensivas, la modificación y refundición de la Financiación Sindicada en los términos acordados, junto con la obtención de los mencionados compromisos vinculantes para las Nuevas Líneas de Financiación y el aumento de capital proyectado, asegurarán, a juicio de DIA, una estructura de capital viable a largo plazo para DIA, consolidarán la remoción de la causa de disolución por pérdidas, y constituirán una solución a las necesidades de liquidez que tenía la Sociedad.

#10950

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Menudo sinvergüenza en ruso, antes defendía que su ampliación de capital era mejor que la del consejo y que con 500 millones era suficiente y ahora dice que necesita 600 (como quería el condejo). Es otro hecho más que demuestra está estafa, conste que tampoco me fío del Consejo de Administración y que lo del patrimonio neto negativo era para facilitar la OPA del ruso.

#10951

Anexos del acuerdo de refinanciación de DIA

Las principales características de las Nuevas Líneas de Financiación son las siguientes:

(i) las Nuevas Líneas de Financiación ascienden a un importe total de hasta EUR 280 millones, para financiar necesidades generales de liquidez, consistentes en:

(a) una línea de financiación por un importe de EUR 200 millones, con vencimiento a tres años (la “Línea TL”); y

(b) una línea de financiación complementaria por un importe de hasta EUR 80 millones, con vencimiento a un año (si bien, con opción de extenderla por dos periodos adicionales de 12 meses cada uno en caso de que DIA siga necesitando la financiación), para financiar insuficiencias de capital circulante debido al endurecimiento de las condiciones de crédito de los proveedores (la “Línea de Proveedores”), en relación con la cual, a fecha del presente documento, la Sociedad ha obtenido compromisos vinculantes por un total de, aproximadamente, EUR 70,8 millones;

(ii) LetterOne procurará que la Línea TL sea comprometida por nuevas entidades financiadoras y ha proporcionado, en cualquier caso, un compromiso de aseguramiento. La Línea de Proveedores se compromete por determinados Acreedores Sindicados;

(iii) la Línea de Proveedores es una línea de crédito revolving de la que se dispondrá mediante líneas confirming. La Línea TL es una línea de préstamo con un plazo de disposición diferido;

(iv) aquellos Acreedores Sindicados que se hayan comprometido a participar por encima de un determinado porcentaje en el otorgamiento de las Nuevas Líneas de Financiación tendrán derecho a un margen más alto en sus compromisos bajo la Financiación Sindicada; y

(v) la capacidad de la Sociedad de disponer de la Línea de Proveedores queda sujeta a la satisfacción o renuncia de las Condiciones Suspensivas, incluyendo, entre otros aspectos:

(a) que la Sociedad reciba al menos EUR 490 millones provenientes del aumento de capital a que se hace referencia en el párrafo

(iv) del cuerpo principal de esta comunicación y/o provenientes de préstamos participativos otorgados por LetterOne, tal y como se establece en el párrafo

(v) del cuerpo principal de esta comunicación,

(b) que se produzca la utilización total de dicha cantidad, así como de todas las cantidades disponibles bajo la Financiación Sindicada (a excepción de, antes del 22 de julio de 2019, cualquier cantidad asignada para el pago de los bonos con fecha de terminación en 2019), y (c) que la Línea TL haya sido comprometida y se pueda disponer de ella, de conformidad con sus términos o con los términos de una carta de compromiso relacionada

 

Anexo 2

A continuación se resumen los principales términos y condiciones que aplican tanto a la Financiación Sindicada como a las Nuevas Líneas de Financiación (aparte de las Condiciones Suspensivas):

(i) extensión de la fecha de vencimiento de la deuda bajo la Financiación Sindicada hasta el 31 de marzo de 2023;

(ii) no obligatoriedad de proceder a la amortización anticipada de la Financiación Sindicada o de las Nuevas Líneas de Financiación con cargo a

(a) fondos obtenidos de desinversiones (incluyendo de desinversiones en los negocios de Clarel y Max Descuento),

(b) fondos obtenidos en el aumento de capital propuesto de hasta EUR 600 millones, o

(c) cualquier préstamo participativo que LetterOne, a su discreción, pueda decidir adelantar con anterioridad al aumento de capital;

(iii) autorización para obtener hasta EUR 400 millones (sujeto a ciertas condiciones, con carácter garantizado) con el objetivo, entre otros, de refinanciar los bonos con vencimiento en 2021.

A efectos aclaratorios, DIA no asume una obligación de refinanciar los bonos con vencimiento en 2021;

(iv) implementación de una operación de filialización, a través de la cual

(a) se constituirán nuevas filiales de DIA, (b) determinados activos, pasivos y contratos de DIA serán transmitidos a determinadas filiales indirectamente participadas por DIA, y en particular, como primer hito, no más tarde del 31 de diciembre de 2019

(1) deberán transmitirse a la filial operativa española los títulos y derechos vinculados a determinados establecimientos comerciales específicos de DIA que representen al menos un 58% del EBITDA Restringido (tal y como dicho concepto se define en la Financiación Sindicada y será calculado sobre la base de ciertos supuestos establecidos en la Financiación Sindicada), así como los bienes inmuebles de DIA sitos en España, y

(2) en la medida en la que sea viable desde un punto de vista legal, fiscal y regulatorio, las participaciones de DIA en las filiales brasileña, argentina y portuguesa deberán transmitirse a otras filiales,

(c) la filial operativa española y la filial financiadora española pasarán a ser prestatarias adicionales bajo la Financiación Sindicada y las Nuevas Líneas de Financiación, y

(d) se otorgarán nuevas garantías por, y se otorgarán garantías sobre las acciones de, las nuevas filiales constituidas en la operación de filialización, la filial operativa española y la filial financiadora española;

(v) no se distribuirán dividendos por DIA hasta que la Financiación y las Nuevas Líneas de Financiación hayan sido totalmente repagadas (sujeto a las excepciones habituales);

(vi) a partir del 31 de diciembre de 2021, aplicará un cash sweep anual del exceso del flujo de efectivo libre (free cash flow), con el primer repago, en su caso, a partir del 2º trimestre del año 2022, calculado sobre el 50% del flujo de efectivo disponible una vez se hayan satisfecho totalmente los gastos en inversión y los costes de restructuración previstos en el plan de negocio, y dichos importes se emplearán para amortizar anticipadamente y cancelar cualesquiera importes pendientes de pago en el siguiente orden:

(a) en primer lugar, la Línea de Proveedores,

(b) en segundo lugar, cualesquiera otras Nuevas Líneas de Financiación (si así es requerido bajo los términos de dichas Nuevas Líneas de Financiación), y (c) en tercer lugar, la Financiación Sindicada;

(vii) al menos, el 80% del efectivo del grupo se deberá mantener en cuentas bancarias sujetas a garantías que aseguren la financiación, y mantenidas por Acreedores Sindicados (si hubiera) que presten servicios de depósito de efectivo en la jurisdicción en la que opere una sociedad del grupo;

(viii) autorización para obtener las Nuevas Líneas de Financiación y, sujeto a ciertas condiciones, financiación adicional super senior y garantizada de hasta EUR 100 millones;

(ix) covenant de liquidez mínima aplicable hasta el 31 de diciembre de 2020 fijado en EUR 30 millones de efectivo y equivalentes de efectivo (menos el efectivo no disponible), cuyo cumplimiento se verificará trimestralmente a 12 meses vista a partir de diciembre de 2019;

(x) a partir del 31 diciembre de 2019, covenant de apalancamiento fijado en niveles que incluyen un margen de desviación de hasta un 35% sobre el ratio Deuda Total Neta Reexpresada/EBITDA Reexpresado (Restated Total Net Debt/Restated EBITDA) (tal y como dichos conceptos se definen en la Financiación Sindicada) previsto en el plan de negocio, cuyo cumplimiento se verificará semestralmente;

(xi) covenants de capex y de costes de reestructuración fijados en el 112,5% y en el 120%, respectivamente, de los importes totales del capex y de los costes de reestructuración incluidos en el plan de negocio que la Sociedad deberá presentar a los Acreedores Sindicados en diciembre de 2019, sujeto (en el caso del covenant de capex) a un incremento de dicho importe total por la cuantía de cualquier efectivo retenido, aumento de capital o préstamo participativo que se ponga a disposición del grupo en cualquier momento; y

(xii) el margen de intereses (excluyendo las comisiones financieras habituales) acordado es el siguiente:

(a) la financiación sindicada preexistente se fija en un 2,5%,

(b) la nueva Línea de Proveedores tendrá un margen del 5,5%, y

(c) la nueva Línea TL tendrá un margen del 7,0%.

Anexo 3

  • Ventas netas de entre EUR 7 y 7,2 miles de millones en 2019, que irán convergiendo hacia el nivel de 2018 en 2020 e incrementándose anualmente en porcentajes de un solo dígito alto hasta 2023.
  • Margen de EBITDA ajustado de 2,0% en 2019 (esperándose que el EBITDA ajustado del segundo trimestre de 2019 sea cero), que irá gradualmente recuperándose hasta alcanzar el nivel de 2018 en 2022.
  • Capex limitado a entre EUR 150 y 175 millones en 2019 para mantener liquidez, y de entre EUR 325 y 350 millones por año durante el período desde 2020 a 2023.
  • Salida de capital circulante de aproximadamente EUR 50 millones en 2019, con entradas limitadas de capital circulante desde 2020 a 2023 en un rango de entre EUR 0 y 35 millones por año.
  • Costes de reestructuración de aproximadamente EUR 40 millones en el segundo semestre de 2019, aproximadamente EUR 50 millones en 2020, y reduciéndose gradualmente hasta el entorno de EUR 15 millones por año hasta 2023.
  • Salidas limitadas de caja por pago de impuesto de sociedades debido a las bases imponibles negativas acumuladas.
#10952

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Es leer esto y se me ponen los pelos como escarpias…

Ya me veo sacando HR dentro de 1 año sobre cambio del Plan de Negocio y recuperando las pérdidas por activos diferidos (que no olvidemos que han sido al causa del Patrimonio Neto negativo, y por tanto de disolución de la empresa, y que ha sido lo que ha permitido a Fridman presionar hasta el punto de que la CNMV le ha permitido MEARSE en la ley de Opas)… sólo espero por los que habéis aguantado que lo haga ANTES de diluir al resto de accionistas ad infinitum… porque si lo hace DESPUÉS…

Si sucede así… el timo (o reiderstvo) será, al menos para mí, evidente.  

 

Por cierto, o capitaliza o los demás accionistas acuden a la AK para pagarle a él lo que haya puesto de más... en detrimento de las necesidades de DIA (quiero decir, si DIA necesita 600 en lugar de 500 pero Fridman se cobra su exceso sobre su %, la cifra será insuficiente en la medida en que se reduzca, por este mecanismo, los 600 que se afirman como necesarios)... y por tanto, si según las necesidades de "600 menos lo pagado de más por Fridman" se acaban necesitando más fondos... pues eso, que ya lo pondrá él (nuevamente como préstamo participativo o bien a cuenta de cobrarse el exceso respecto a su % a través del dinero de la AK puesto por el resto de accionistas... que me perdonen pero esto a mí me huele a "sangría" o dilución)

 

Por cierto, una duda... ¿Por qué no puede ser otro el que aporte esos fondos? ¿Por qué ha de ser Fridman y no otro el que aporte fondos vía préstamo participativo o pre-fondeo? ¿Se a asignado tras una puja imparcial o ha sido a dedo vía 70%? (¿Se ha anunciado vía HR la apertura de algún tipo de concurso o puja para aportar fondos vía préstamo participativo o pre-fondeo?)… y las condiciones de esta aportación de fondos... ¿Quién las ha negociado? ¿Por que no se ha considerado la opción de convertir el exceso de aportación de fondos a cuenta de la AK en deuda a LP si a los bancos se les está diciendo que se esperen a 2023?

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