Un mes después de solicitar la supresion de datos del Santander, me contestan que lo prorrogan 3 meses, vaya morro le echan. Esto debería ser denunciable, visto que lo hacen con todos. El 23/10 hice la solicitud y justo apuran un mes exacto para luego decir que prorrogan 3 meses:
En fin, tocará esperar.
Casualmente también he recibido email de Abanca a mi solicitud de supresion de datos hecha el dia 31/10, y en este caso ha sido exitoso y ya tengo los datos suprimidos. En enero volveré a abrir la cuenta.
#33408
Re: Cómo aumentar tus ingresos con Bodega y Tintos: Experiencia compartida - Cuentas Bancarias
Vamos que yo creo que Santander le echa un morro que no veas. Aunque podrían atenerse a “el número de solicitudes” pero bueno, yo creo lo hacen por fastidiar y dilatar.
#33410
Re: Cómo aumentar tus ingresos con Bodega y Tintos: Experiencia compartida - Cuentas Bancarias
Menudo sprint que ha tomado el foro.... Estuve unos días de vacaciones y ha sido casi imposible ponerse al día. Aquí te despistas y hay casi 20 páginas nuevas por día.
#33412
Re: Cómo aumentar tus ingresos con Bodega y Tintos: Experiencia compartida - Cuentas Bancarias
La normativa sobre protección de datos indica que en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes, se podría prorrogar dos meses el plazo inicial de 1 mes para atender la contestación a la solicitud de supresión de datos.
El Banco Santander para justificar la utilización de la prórroga indica en que la extracción de la información requiere contactar con proveedores y otros departamentos.
Una cuenta de un particular normal y corriente no requiere nada de eso, es una coletilla que ponen a todos para contestar en 3 meses en vez de en 1 mes en el que deberían contestar, con lo que se están pasando la normativa por la entrepierna y lo que debería ser una excepción que podrían poner como justificación en los casos en que realmente se necesitara, la están utilizando como regla general para contestar a todo el mundo en el plazo de 3 meses.
En mi opinión, cualquier reclamación que se hiciera al respecto ante la Agencia Española de Protección de Datos por dilación indebida del plazo para contestar por el banco Santander, prosperaría.
#33413
Re: Cómo aumentar tus ingresos con Bodega y Tintos: Experiencia compartida - Cuentas Bancarias
@acropolis creo que no veras al vecino Jose. Acabo de ver las BBLL
Es para gastar en esa web, que en google de momento no hay resultados. Tengo la tarjeta de crédito pero no le doy uso, supongo que es para incentivar...pero a mi así poco me motiva.
#33416
Re: Cómo aumentar tus ingresos con Bodega y Tintos: Experiencia compartida - Cuentas Bancarias
Por cierto, una pregunta relacionada con las transferencias inmediatas (no tintos) de INJ: Si la programas para un día concreto te dice que te llegará a medianoche, pero supongo que es a las 00:00 horas del día que pones, verdad? No del siguiente día ...
#33418
Re: Cómo aumentar tus ingresos con Bodega y Tintos: Experiencia compartida - Cuentas Bancarias
Efectivamente es tal y como has indicado, con el añadido de que en la declaración no correspondería realmente a rendimientos de capital mobiliario, pues de ser así habría obligación para quien lo ingresa de comunicarlo a la AEAT y practicar la retención correspondiente (hubo lío hace algún tiempo entre algunas entidades bancarias y la AEAT por ello, también acerca de incentivos en especie, no solo monetarios, para más señas), apareciendo por tanto en el borrador.
En dicho caso, tales rendimientos habrían de ser declarados en el apartado "Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales".
Según tengo entendido, la circunstancia que dirime si estos corresponden a uno u otro apartado es si dicho incentivo se encuentra estrictamente relacionado con la motivación de suscribir/mantener un contrato principal o no (había leído una noticia sobre un pronunciamiento al respecto de la AEAT).
Véase el ejemplo de los incentivos por domiciliación de n0mina al contratar una cuenta/adherirse a promoción, que se incluyen en rendimientos de capital mobiliario, pues su oferta se encuentra destinada a la fidelización de un cliente bajo el amparo de un contrato principal.
Esta misma justificación explicaría por ejemplo los abonos de BVBA por cashback de TC, a los cuales no aplica retención alguna ni incluye en el borrador por tratarse de algo accesorio y cuyo aprovechamiento (uso tarjeta) no repercute directamente en beneficio de la entidad pagadora del incentivo, sino en terceros (prestadores de los bienes o servicios sujeto de compra/pago).
Otra cuestión es si el contribuyente lo incluye en su declaración o no, pero obligado a ello está, aunque leyendo las diferentes experiencias en este y otros hilos no lo parezca...😂😂😂