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Las subastas judiciales desde la mirada de un subastero
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La mafia okupa
Ya he mencionado alguna vez el nuevo negocio que se han montado algunos ocupando viviendas que han sido subastadas y luego negociando la posesión con el adjudicatario.
Cuadro con los cambios que trae la reforma del mercado del alquiler de viviendas
Comparativa que he robado de la web de Alquiler seguro.
Ley 4/2013, de 4 de junio, de Flexibilización Mercado del Alquiler de Viviendas
Hoy miércoles, 5 de junio, se ha publicado en el BOE la esperada Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. Estos son los cambios más fundamentales: duración del contrato de arrendamiento, venta de la vivienda con inquilino, subasta de la vivienda con inquilino, actualización de la renta...
Leones y gacelas
Las subastas judiciales parecen pensadas para que los pardillos pierdan de vez en cuando sus ahorros. No importa cuantas veces ocurra, siempre aparece el pardillo de turno que se mete la leche de su vida y vuelve a desaparecer tan súbitamente como como vino.
La ocasión la pintan calva
Nunca he entendido la desazón de esta gente porque la casa de la que son arrendatarios vaya a cambiar de propietario, cuando todos sabemos que la Ley protege el cumplimiento de los contratos de arrendamiento aunque cambie la propiedad.
El negocio okupa
Los espabilados son siempre los mismos. Las anécdotas como estas se acumulan y lo cierto es que para prevenir esta nueva modalidad de okupas, nada ideológicos y que lo único que buscan es un dinerillo rápido y fácil, lo que yo hago es no comprar nada en esos vecindarios tan próximos al peligro.
Arrendamiento ficticio, retracto seguro
¿Qué pensarían los ilustres lectores de este aburrido blog, en el que siempre escribimos sobre lo mismo -las subastas y los subasteros-, de una subasta en la que el nombre de la empresa demandada, el apellido de su administrador y el de la inquilina fueran el mismo?
El retracto de inquilinos
El retracto convencional se produce cuando "el vendedor se reserva el derecho de recuperar la cosa vendida, con obligación de cumplir lo expresado en el artículo 1.518 del Código Civil y lo demás que se hubiese pactado".
La estupidez galopante de algunos antisistema
Desde hace algunos meses estoy recibiendo en mi mail numerosas peticiones de algunos amables lectores para que de mi opinión sobre una parida que se le ha ocurrido a algún tonto con mente de estafador de quinta.
Se subasta un piso de 75 m2 en una ciudad dormitorio cercana a Madrid que ha despertado el interés de varios subasteros, entre otras cosas porque el edificio estaba bastante bien. Yo estoy acompañado de mi cliente y, como es un tío con suerte, resulta que la adjudicación es nuestra con una última puja de apenas sesenta mil euros.
Me lo ha contado Luis, un subastero madrileño y todavía me tiemblan las piernas. Dan ganas de no volver a alquilar nunca nada a nadie. ¡¡¡Jamás!!! Resulta que el triste protagonista de esta historia compró en subasta un piso en vallecas (Madrid) en 2.
Sobre las subastas y los inquilinos de última hora Hablando de la problemática de la posesión, comentaba hace unos días que (...) uno de los problemas que se pueden plantear es la aparición, tras la subasta, de arrendatarios que dicen tener un contrato de arrendamiento en vigor y que pretenden la subsistencia de dicho título después de adjudicado el inmueble en subasta. Con el objetivo de
Los arrendamientos y las subastas judiciales El que algunos les llamen bichos ya nos da una idea de la calamidad que representan. Sin duda los inquilinos son la bestia parda del subastero y no sin razón IurisCivilis considera los arrendamientos como una carga preferente en las subastas judiciales forzosas. Según mi opinión, la legislación acerca de los arrendamientos en las enajenaciones
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