Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

 

Lo primero, esto NO es un consultorio sino una conversación entre inversores habituales en la que los ya iniciados en el negocio de las subastas hablamos sobre nuestras cosas, intercambiamos buenas y malas experiencias y opinamos sobre algunas de las subastas en curso.

Las consultas básicas sobre las subastas en general y sobre cualquier subasta en particular NO son bienvenidas.

Porque esto NO es una escuela de primaria de subastas.

Ni aquí queremos darle munición a los paracaidistas para competir en subastas con inversores ya iniciados que luchan con sus propias armas.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Y por último, como medida de precaución para que nadie tenga la tentación de utilizar este chat como medio para resolver sus dudas particulares, voy a proponer una única regla básica:

Que todo lo que se comente sobre cualquier subasta en curso tenga que ser aportando el código de la subasta. 

Jejeje, un pequeño misil en la línea de flotación de quien esté investigando su particular El Dorado.

Iniciemos la conversación.

 

¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  • Subastas
  • Subastas judiciales
  • Subasteros
Lecturas relacionadas
Un chat de subastas para inversores
Un chat de subastas para inversores
Acreditación de conocimientos de intermediación de valores (ACIV)
Acreditación de conocimientos de intermediación de valores (ACIV)
Cómo negociar para que tu banco te devuelva las comisiones (yo conseguí que me devolviesen 509€)
Cómo negociar para que tu banco te devuelva las comisiones (yo conseguí que me devolviesen 509€)
  1. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #940
    23/03/18 16:04

    Buenas, recupero este caso que comentaba, porque el nuevo LAJ ha tenido la genial idea de sí cambiar el edicto para sacar las dos fincas por separado... solo que al describirlas lógicamente ha copiado la dirección: puerta 1 y puerta 2, cuando las dos fincas son la 2.
    Así que, para enfrentarlo con su propia contradicción, he pedido que se comunique al de la 1 que se subasta su finca.
    No lo puede hacer, porque no es el ejecutado, pero, si no lo hace, tendrá que añadir al edicto que ambas fincas son la puerta 2 = subasta conjunta... Touché!

  2. en respuesta a mfmelo
    -
    #939
    23/03/18 13:19

    Mfmelo te comprendo perfectamente. Exactamente así llevo yo dos días. El café, el ha salido, el llama más tarde y finalmente ya no te cogen el teléfono y hasta el día siguiente a probar suerte.

    Les conozco perfectamente. Mi primer trabajo fue una beca en un ministerio. Nos tomábamos una hora para desayunar. Pincho de tortilla, café con leche y zumo de naranja natural por 1,5€, precio subvencionado por todos nosotros. Al més les digo, oye que mi contrato dice que tengo que hacer 40 horas semanales y sólo estoy haciendo 35. Tú tranquilo, nosotros no vamos a decir nada.
    Pasándose la tarjeta de fichar entre ellos para no aparecer en todo el día.

    Saludos solidarios.

  3. #938
    23/03/18 10:44

    Harto ya de estar harto,
    ya me cansé
    de preguntarle al tiempo
    ¿por qué y por qué?
    ....
    No sé que canción era, pero algo así decía.
    Repitiendo lo de ayer y antes de ayer, he empezado a llamar a los juzgados para preguntar por lo mío y antes de las 9/00 no puedes llamar y después de esa hora, hasta las 10/00 aún no han llegado, a partir de esa hora hasta las 11/00 están tomando un café y muy amables todos los funcionarios que no estaban tomando el café, me han pedido que llame más tarde y eso haré, al igual que hice estos días pasados, pero por experiencias sé que me dirán que.....a partir de las 11/00 han tenido que salir...., así que hasta el lunes, que además es Santo y por tanto ya lo dejamos para el lunes de Resurrección, que por ser día tan señalado tampoco estarán.

    Señor, si yo les aprecio en el fondo de mi corazón, pero es que me lo ponen muy difícil y además no sé si es mejor que sean amables, como son ahora o sigan siendo secos y austeros en sus palabras como era la costumbre.
    Señor, que calvario me has mandado recorrer y dicen que esto de subastero es de las profesiones mejores que hay.
    Vista la situación me voy a poner la capucha de nazareno, coger el cirio y descalzo recorrer los caminos de España, llenos de espinos, ortigas y cardos borriqueros.

    Saludos penitenciales.

  4. en respuesta a mfmelo
    -
    #937
    22/03/18 16:03

    Yo hice ingreso el pasado dia 19 y aun me aparece el dibujito de las monedas con la señal de prohibido...Se ha ordenado la transferencia de su depósito a la Autoridad Gestora. El proceso de transferencia requiere la coordinación entre entidades bancarias, AEAT y Banco de España. Aún no ha finalizado dicho proceso

  5. en respuesta a Joanpetit
    -
    #936
    22/03/18 12:38

    Es cierto, estoy intentando hacer memoria para acordarme de los buenos, me cuesta mucho, es díficil, pero sigo haciendo memoria....¡¡qué difícil me lo has puesto!!.
    Ya me he acordado de alguno, es verdad, uno entre 100, es un mérito, si me acuerdo de otro lo comentaré.

    Saludos y hoy son las retenciones que me tienen mosca.

  6. en respuesta a Joanpetit
    -
    Top 100
    #935
    22/03/18 12:29

    Sí es cierto. Hay funcionarios judiciales muy buenos que están hasta el moño de que generalicemos cuando hablamos de ellos en general. Lo que sí se puede decir es que la Justicia es un desastre acojonante, una institución que no funciona y no cumple su función.

  7. en respuesta a mfmelo
    -
    #934
    22/03/18 12:24

    A mí la semana pasada me rechazaron una inscripción porque el testimonio no estaba sellado en TODAS las páginas. Y aún lo agradezco, ya que me lo dijeron nada más verlo y no tuve que esperar a calificación. Así de vuelta al Juzgado, a sellar y solucionado. Igualmente espero calificación negativa, más que nada porque es lo más habitual por más que te esmeres. De CSV ni verlo.

    La mayoría de los funcionarios son lentos y vagos, qué te voy a contar... Aún hace poco me encontré a una de compras a media mañana, que había quedado conmigo un poco después. Al menos cumplió conmigo y estuvo a la hora acordada... o sea que tampoco me voy a quejar. Cada uno a lo suyo y lo mío se solucionó.

    Igualmente también los hay majos, cordiales, eficientes y serviciales. De esos se habla poco y también existen. Hace unas semanas un Juzgado me emitió un Testimonio "al momento" porque atendieron a mis razones y realmente me urgía. Otros me dijeron casi lo que tenía que poner en un recurso para dar por suspendida una subasta... y efectivamente se suspendió (también había causa justa), etc.

    Anécdotas buenas somos todos más reacios a contarlas, pero también las hay.

    En fin, un voto positivo y un ánimo para los buenos.

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #933
    22/03/18 12:22

    Hoy, tiene que ser hoy.
    Ahora tengo miedo de seguir haciendo retenciones, me voy a quedar sin dinero y tengo que hacer 3 más la que me han birlado (de momento).

    ¿Hay alguien por ahí?.

    Me voy al dojo Sensei.

    UUUUUUUUUss.

  9. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #932
    22/03/18 12:17

    Te lo diré el lunes, que tendré tomate.

  10. #931
    22/03/18 11:57

    ¡¡ATENCIÓN!!
    No quiero ser portador de malas noticias, pero quisiera saber si es a mi sólo al que está pasando: Hago ingreso para participar en subasta en el portal AEBOE, me da error del sistema y me dá como no tener hecha dicha retención, pero miro en CC bancaria y la retención me la han hecho.
    Lo dicho lo he hecho en dos usuarios y cc totalmente distintos, sin conexión entre ambos y en los dos casos me ha pasado lo mismo, así que es un error del BOE-AEAT y un problema para mí.

    Esto es un blog de subasteros ¿a alguien le está pasando, o es a mi únicamente?

    Saludos.

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #930
    22/03/18 10:46

    Repito una vez más y juro por lo que considere yo más sagrado que es así: en los años 2.001 hasta el año 2.010 íbamos a ciertos juzgados que al terminar la subasta redactábamos a la funcionaria/o el acta de terminación de la misma. Lllegamos a tal extremo que muchas veces nosotros hacíamos las veces de secretario/a y a los subasteros más viejos nos pedían permiso y opinión de como debían de actuar, en muchas ocasiones nos íbamos sin firmar el acta de subasta y el funcionario llamándonos por los pasillos para que firmáramos: "yo me voy que tengo mucha prisa, mañana ya firmaré...".

    En la actualidad cuando pido el Testimonio del decreto de adjudicación siempre hago incapíe en que venga firmado y sellado, que conste la firmeza de dicho documento. La respuesta de los funcionarios: "eso ya no hace falta, va con CSV" y yo: "si, si, pero que conste todo eso", no lo hacen y al final siempre tengo que aportales la calificación negativa del RP, pero ellos siguen diciendo: "pues ya no hace falta, pero.....", saben más que el señor registrador de la propiedad, que dura tienen la mollera algunos/as y yo que agusto me he quedado, porqué llevo toda la mañana llamando a dichos organismos para saber de lo mío, de los plazos y sus prolongaciones y he llegado a la conclusión que estos funcionarios me han tomado por el protagonista de "FOREVER".

    Saludos de un mortal.

  12. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #929
    22/03/18 09:39

    Sí, me suena eso de guardar las cosas en un cajón cuando no tienen ni idea de cómo proceder.

  13. en respuesta a mfmelo
    -
    #928
    22/03/18 09:12

    Pues sí, tienes toda la razón. No sé que es mas deprimente, si constatar la realidad que expones, o leerles en sus foros peleandose por defender quien tiene y quien no atribuidas las labores de escanear, o leer como leía yo el otro día a uno diciendo que le habían entrado un par de procedimientos que no tenía ni puta idea de como tramitar, y que como no sabía como proceder, llevaban en el cajón un año criando polvo, tremendo....

  14. en respuesta a clanderjander
    -
    #927
    22/03/18 07:59

    Artículo 670.1: "....en el mismo día, o al día siguiente.....", jamás lo hacen, yo tengo una adjudicación de 2.016 superando el 70% y aún no me han aprobado decreto de remate.

    Artículo 666.1: "...avaluo hecho por el perito y descuento de las cargas..... .2: si estas fueran superiores al valor dado al bien, este no se sacara a subasta....." en los procedimientos ETJ/ETNJ, a veces no hacen dicho descuento, otras sacan los bienes a subasta por valor de tasación - cargas de 300 €, siendo la reclamación de 50.000 € y los I+G+C de 10.000 €. O lo más frecuente: NO CONSTA, pero señor/a funcionario si tiene que haber tasación incorporada: LOPD, no podemos dar información por teléfono y si vas al juzgado, no te pueden atender, además ahora es raro ver a alguien por los pasillos de los juzgados, o, lo más frecuente: EL EXPEDIENTE LO TIENE EL LAJ en su mesa.

    Artículo 675: Posesión judicial y ocupantes del inmueble. Nunca cumplen lo que dice dicho artículo, has de pedirlo y suplicarlo, e incluso demostrarlo.

    Artículo 704. Ocupantes de inmuebles que deban entregarse. Idem, no hacen nada en forma correcta y a voluntad, has de implorarles.

    Por último y en especial los artículos:

    132, 133 y 134.

    El que más me gusta con mucha diferencia y que todos valoramos y apreciamos es el...
    Artículo 132. Plazos y términos.
    1. Las actuaciones del proceso se practicarán en los términos o dentro de los plazos señalados para cada una de ellas.
    2. Cuando no se fije plazo ni término, se entenderá que han de practicarse sin dilación.
    3. La infracción de lo dispuesto en este artículo por los tribunales y personal al servicio de la Administración de Justicia de no mediar justa causa será corregida disciplinariamente con arreglo a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin perjuicio del derecho de la parte perjudicada para exigir las demás responsabilidades que procedan.

    QUÉ GRACIOSOS SON.

    Todos de la Ley de Enjuiciamiento Civil y por hoy he hecho los deberes del curso de subastas y me doy un aprobado, al menos que haya entes superiores que opinen lo contrario, que de todo hay en la viña...

    Saludos.

  15. en respuesta a mfmelo
    -
    #926
    21/03/18 22:10

    Si, sé que es así como dices pero lo que no entiendo es entonces porque no aplican la LEC como deberían.

  16. en respuesta a clanderjander
    -
    #925
    21/03/18 19:48

    Pues no es así, yo voy siguiendo algunas que tienen más del año y tú lo sabes también.

    Saludos.

  17. en respuesta a mfmelo
    -
    #924
    21/03/18 18:51

    Pues no entiendo nada entonces:

    "669.4: La reanudación de la subasta suspendida por un periodo superior a quince días se realizará mediante una nueva publicación del anuncio y una nueva petición de información registral, en su caso, como si de una nueva subasta se tratase."

  18. en respuesta a clanderjander
    -
    #923
    21/03/18 18:47

    Se puede suspender o más bien quedar en "pausa" por años, hay varias de ellas que están en ese estado, las reanudan y las vuelven a dejar en "pausa", me imagino que tendrá sus costes, pero que lo están haciendo es seguro, seguro, porqué yo las sigo.
    Los 15 días son para devolver las retenciones que se hayan practicado, pero tampoco es una regla cierta y segura, ya que si no pides la devolución, también te quedas en la espera, al igual que tus dineros.

    Saludos.

  19. #922
    21/03/18 18:38

    Una pregunta / curiosidad. Se supone que una subasta no puede suspenderse más de 15 días porque lo contrario resultaría obligatoriamente en un nuevo anuncio y por consiguiente nuevo código en el BOE (Art 669.4).

    Entonces como es posible esto: SUB-JA-2017-47646

    Ha estado 290 días según fechas de inicio y finalización. ¿Acaso la fecha de inicio la toma de la anterior anuncio de la subasta suspendida y no del nuevo anuncio que se supone se han vistos obligados a hacer?

    Pura curiosidad vamos.

  20. en respuesta a mfmelo
    -
    #921
    21/03/18 18:06

    Dudo mucho que tus lectores, entre los que me incluyo, pudieran considerar mis experiencias más interesantes...
    De hecho, ni lo dudo.
    Saludos expertos,

Nueva Sección
Ventas Desesperadas