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Relato pormenorizado de una subasta curiosa

Hola de nuevo, Tristán. Hace tiempo contacté contigo para consultarte si debía aceptar un pacto lamentable con un deudor al que conseguí trabarle una finca. Tu respuesta fue de gran ayuda. Ahora te cuento el último capítulo de este sainete que dura desde el 2008.

La historia es la siguiente:

Se despacha subasta por 28.000 € más el 30% de rigor, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Presentes en la sala de subastas el procurador del ejecutado (el ejecutado es una S.A. y tiene procurador pero no tiene abogado), mi procuradora, mi abogado, yo y una señora muy modosita ella, que resulta ser una subastera forrada de pasta (tiene una SL con 3,5 millones de euros de capital social).

La finca está tasada en 300.000 € y consta en el edicto de subasta que tiene ocupantes, aunque en realidad no los tiene.

Se inicia la subasta. La Sra. Subastera ofrece 41.000 €. El bocazas de mi abogado dice que esta cantidad es insuficiente y que por lo menos tendría que ser 43.500 €. La Sra. Subastera sube hasta los 45.000 € y se cierra la subasta.

¿Que por qué apenas asistieron subasteros? El edicto se llegó a publicar en la web de subastas del ministerio, pero en lugar de poner 300.000 euros de valor de la finca corrieron la coma y publicaron 30.000.000 € (treinta millones de euros!!!), con lo cual no vino nadie a la subasta.

La subasta era para el 24 de septiembre. Era viernes como todas las subastas de ese juzgado. Al quedar desierta (quien va a poder consignar el 5% de 30 millones por 4 hectáreas de rústica y una masía) el cachondo del Juez la aplazó un mes, pero la Secretaria se equivocó con el cortar y pegar y en lugar de poner 24 de octubre (también viernes), en el nuevo edicto puso 24 de noviembre (lunes) y además aparecieron unos ocupantes que no existen y que no estaban en el primer edicto.

Al ser la subasta en lunes en un juzgado donde siempre se celebran en viernes, los subasteros habituales pensaron que era un error y no vino ninguno. Si alguno pensaba venir, le disuadió el hecho de que hubieran aparecido "ocupantes" donde antes no los había. Gran diferencia entre la deuda y el valor del inmueble (28.000 euros frente a 30 millones) y además hay ocupantes = esto tiene lío.

¿Y cómo se enteró la subastera? Muy sencillo, como está forrada de pasta y por lo tanto es una cliente respetable, recibió el chivatazo del chollo. El soplón fue el director de la oficina de CaixaBank en la que la SL del hijo del ejecutado estaba tramitando el crédito de 52.000 €, que es la cifra que nosotros le habíamos dicho que acabaríamos reclamando cuando llegara el momento de hacer todos los cálculos. Para joderle con elegancia el director de la oficina le aprobó el crédito pero no por 52.000 que necesitaba sino solo por 44.000 €. Que casualidad, la subasta se cerró por sólo 1.000 € más.

De manera que todos los presentes firmamos el acta.

A la mañana siguiente el procurador de la S.A. ejecutada presenta su dimisión.

En el acta de la subasta la Sra. Secretaria judicial hizo constar (y firmamos todos) que ha habido dos postores que formulan sucesivamente tres posturas (41, 43,5 y 45), aprobándose el remate en favor de la mejor postura que es 45.000 €.

Dos meses después (si, si, dos meses, no diez días útiles), aparece un abogado por los juzgados que se presenta en nombre del ejecutado y también de un tercero que mejora postura en 100 €, ofreciendo 45.100 euros.

Para mi asombro, el susodicho abogado no aporta poderes del demandado (una SA) sino solo de una S.L. de la que el hijo del administrador de la SA es administrador único  desde 2008 (ya se que es un lío, pero es tal cual). Es la SL del hijo la que ofrece mejorar la postura.

El demandado no se ha presentado en ningún momento, ni ha dicho ni pío. Además ya no tiene ni abogado, ni procurador, ni nadie que le represente.

El hecho de que no tenga abogado ni procurador es tan sólo una estratagema para demorar notificaciones y alargar el proceso. Mientras en el juzgado les vaya dando pena.... Ha tenido ya cuatro abogados diferentes y el mismo procurador le ha representado y dimitido luego otras tantas veces. Cuando toca un trámite que le va a favor tiene procurador, cuando tiene que recibir una notificación el procurador le dimite y tenemos que llegar hasta los edictos. Y así pasan los meses.

 

                                              

 

El recién llegado abogado pide a la Secretaria judicial que nos obligue a valorar el total de lo adeudado y hace constar que, en cualquier caso, sea lo que sea nuestra valoración, su cliente (la S.L.) también la mejorará en 100 € . Chulito el tío.

Sorpresa, la Secretaria Judicial le admite el escrito y nos da traslado para que valoremos nuestras costas.

Mi abogado presenta dos escritos. En el primero presenta recurso de reposición contra la presentación de este "tercero" y de "su" abogado, puesto que no es parte en el procedimiento, ni tampoco aporta poderes del ejecutado. En el segundo valora principal + intereses, costas y gastos del ordinario + intereses, costas y gastos de la ejecución. En total valora la deuda en 52.000 € (ojo, la mejor postura de la subasta había sido de 45.000 euros).

El abogado del "tercero" me convoca a una reunión en una cafetería. Me dice que va a consignar 46.000 € en la cuenta del juzgado en nombre de su cliente y que, o le retiro el recurso de reposición o se dedicará a tocarme los huevos hasta el día del juicio final. De entrada me impugnará la tasación de costas. Tengo que aceptar que, con los 46.000, me hace un favor o eso dice.

Evidentemente, cuando acabé de descojonarme le pagué el café en agradecimiento al buen rato que me había hecho pasar, le estreché la mano y no le di un beso en la frente porque me pasa 30cm.

 

No seas tonto, me dijo al despedirnos, si no aceptas cobrarás sólo los 45.000 de la adjudicación y perderás 1.000 €.

No seas iluso, tu perderás una finca de 300.000 €" le respondí yo.

 


Nueva sorpresa, el tipo llama a mi abogado y por lo que se ve, le convence. Realmente le ha acojonado hasta el punto de que rectifica la tasación de costas y la reduce a 46.000 €. Luego me llama y me dice que es para acabar rápido, cobrar y blablablá. Además me propone, para facilitarle la vida a la Secretaria Judicial y para permitirle fallar en favor de este "falso tercero", que le autorice a retirar el recurso de reposición.

Evidentemente me niego. Prohibido retirar el recurso y prohibido desglosar la valoración de costas hasta que la Secretaria judicial resuelva el recurso y aclare si el recién llegado es parte en el proceso o no.

Que decida la Secretaria lo que le apetezca, pero yo no voy a ser cómplice de lo que se me antoja como una apropiación indebida por parte del administrador de la SA demandada.

Porque obviamente, la presentación de un mejor postor es una martingala del administrador de la SA demandada para pasar la finca a nombre de su hijo, mediante una SL. Está actuando en perjuicio de los accionistas de la SA (administración desleal, apropiación indebida, etc.). En lugar de vender la finca y pagar la deuda, aprovecha el embargo para acabar de desplumar a la SA. Lo más triste es que el Juez es un membrillo y la secretaria una incompetente y le están allanando el robo.

Llegados a este punto, estoy tan harto de todos que me planteo tres opciones:

1.- Despedir a mi abogado y contratar a otro que se vea capaz de llegar al 671 de la LEC y me consiga la finca, amén de denunciar al "tercero" por fraude procesal y a la Secretaria por prevaricación, si fuese el caso.

2.- Contactar con el "tercero" y ofrecerle la retirada el recurso de reposición y la firma de un acuerdo transaccional ante la Secretaria Judicial por el que renuncio a la totalidad de costas y me allano a los 46.000 €, a cambio de que el "tercero" me haga entrega de una cierta cantidad en efectivo por el hecho de "facilitarle la faena".

3.- Contactar con la subastera y ofrecerle el mantener el recurso de reposición, merendarnos al "tercero" y presentar un desglose de costas que sume menos que los 45.000 , a cambio también de una cierta "propina".

La pregunta que te hago es: ¿Tengo posibilidades reales de llegar hasta el final y pedir la aplicación del 671 de la LEC?. ¿Le ofrezco colaboración a la subastera?.

Mi abogado me dice que soy muy fantasioso y que lo que va a ocurrir es que la secretaria judicial se cargará al "tercero" y cerrará el remate de la subasta en favor de la subastera puesto que los 45.000 cubren, al menos, la cantidad por la que se ha despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas (28.000 x 1,30 = 36.440€), todo según art. 670, punto 4, párrafo 3 de la LEC.

Lo cierto es que han pasado ya dos meses más (cuatro desde la subasta) , la Secretaria no ha resuelto nada y el Juez (he ido a hablar con él) me cuenta que al ser el "tercero" el hijo del ejecutado preferirá hacer justicia e impedirá, en cualquier caso, un enriquecimiento ilícito por mi parte.

Digo yo: ¿Las Sociedades Anónimas tienen hijos? ¿No es más ilícito el enriquecimiento de la SL del hijo del administrador de la SA que el mío. ¿No se enriquecerá más la subastera por 45.000 que yo por 52.000??

Jolines, ¡¡yo por lo menos soy el acreedor!!, con sentencia firme del ordinario y puteado desde el 2008.

¿Qué hago?

 

Respuesta de Tristán: ¿Que qué haces? Lo primero, cambiar de abogado. Tu necesitas a...   JOTAERRE

 

                                                             

 

 

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  1. #40
    10/03/15 17:37

    Pues sigamos descartando sospechosos:

    La SJ, por lo que se deduce, no ha "resuelto" tampoco aún si acepta la mejora del tercero o no, sólo leemos que ha aceptado el escrito por el que se pide la tasación de costas.
    De hecho, ni siquiera sabemos de qué resolución hablamos, se supone que de una DO, contra la que cabe el recurso de reposición que se menciona, pero resuelve la propia SJ, no el Juez; en todo caso, cabría recurso de revisión ante el Juez una vez resuelva la SJ.

    Lo que sí ha hecho hasta ahora es aprobar el remate a favor de la subastera, por una cantidad que cubre el importe por el que se despachó la ejecución. Recordemos el art. 670.4, 3r párrafo:

    "Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate en favor del mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por ciento del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas."

    Pero sigamos leyendo:

    "Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos, el Secretario judicial responsable de la ejecución, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista..."

    Así que, como la mejor postura cubre ese requisito, la SJ no tiene nada que decidir al respecto, simplemente aplicar la LEC, y, en consecuencia, ni nueva subasta, ni remisión al 671, lo siento, Tristán.

  2. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #39
    10/03/15 17:11

    Por ahora estamos de acuerdo

  3. #38
    10/03/15 16:59

    Jejeje, tampoco es éso, al fin y al cabo, Keiser comoseescriba no tenía la culpa de haberse vuelto tan malo...

    Podemos empezar, como Poirot, descartando sospechosos:

    El Juez: no lo es, porque aún no ha decidido el recurso, y no me creo que admita que un simple abogado sin poderes pueda comparecer en nombre del ejecutado presentando un tercero, sea el hijo o la mascota de aquél, y aún menos pasados los 10 días hábiles según se afirma en el relato.
    Si fallara a favor, por algún detalle que se nos escapa, tampoco se trataría de un enriquecimiento injusto ni alzamiento de bienes, pues la LEC permite presentar un tercero, familiar o no, y en muchas ocasiones se consigue así cancelar cargas posteriores, con lo que la maniobra es aún más descarada, pero sigue siendo legal.

    Aquí la sospechosa pasaría a ser la SJ, que debería haber requerido la subsanación de los poderes o rechazar el escrito de plano...

  4. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #37
    10/03/15 16:39

    Ostrás, Keyser Söze. ¿Tan grave está la cosa?

  5. #36
    10/03/15 16:37

    Me conoces bien, pero ha coincidido que llevo dos días liado, y ayer empecé a leer cuando ya llevábais bastantes mensajes.
    En todo caso, dejaré la sorpresa final (saber quién es el Keyser Sozé de entre todos los sospechosos habituales de esta historia, por ejemplo) para éso, el final.
    A fin de cuentas, recomendaste al consultante contratarme, y aún estoy esperando...;)

  6. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #35
    10/03/15 16:34

    Además, conociéndote, seguro que estás deseando entrar en tromba. ¿Te has atado con esposas para evitar la tentación de responder?

  7. en respuesta a Exiliado
    -
    Top 100
    #34
    10/03/15 16:32

    Ni loco me apunto a tu teoría conspiranoica, Exiliado. A los jueces no les hace falta que les unten para sentenciar gilipolleces a trote y moche. Se bastan ellos solitos.

  8. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #33
    10/03/15 16:30

    Jotaerre, ahora si que me pica la curiosidad. Saca el fusil de una vez y dispara.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #32
    10/03/15 15:26

    Como bien dices es posible que el togado sea un iluso que se pone bruto leyendo Robin Hood y que sueña con la justicia poetica, pero tengamos en cuenta que se describen en esta historia una retahila de "errores" que dieron como resultado acumulado la ausencia casi total (se les colo la subastera local gracias al bocazas del banco, lo cual no se pudo preveer desde el juzgado) de postores. Ese acumulo de errorcillos son de los que son muy faciles de cometer sin querer queriendo, sobre todo por personal que tenga algo que ganar en ello. A mi me resultaria bastante creible que el papi y su nene pudieran tener en nomina porcentual al togado y a su secre, y que la aparicion de la SL del retoño y la predisposicion de su señoria a tragarse el sapo fuera para cubrir la pifia de que se les entrometio la vieja de los millones.
    Por supuesto esto es solo un ejercicio intelecto-masturbatorio de ficcion supositoria (a introducir segun prospecto) y debe de leerse con todo tipo de presuntos y presuntas señorias y señorios interpuestos, pues es claro que jamas osariamos nos suponer una posible criminalidad intencionada en los doctos que nos so juzgan. Hasta ahi podiamos llegar ...

    Cagentoo, Jotaerre; nos vas a fastidiar el linchamiento con tanto melindre ;)

  10. en respuesta a Exiliado
    -
    #31
    10/03/15 15:18

    Me temo que servidor debe estar aquí de convidado de piedra, en vista de la directa, que no indirecta, de Tristán.
    Me abstengo, pues, como diría Loquillo, "con elegancia", lo que no obsta para que tenga cosas que decir (como ya sabe tonigs), incluso contradiciendo al propio Tristán...
    Saludos,

  11. en respuesta a Exiliado
    -
    Top 100
    #30
    10/03/15 13:32

    Completamente de acuerdo.

    Pero es que tú, Exiliado, hace ya mucho que dejaste las subastas patrias para poder disfrutar de las auroras boreales. Ni te imaginas lo aficionados que se han vuelto los jueces actuales al llamado ejercicio creativo del Derecho. Yo estoy alucinando con algunas cosas que me han intentado hacer y con otras que están haciendo a algunos amigos. Ya sabes que este mundo es un pañuelo y que al final todos nos acabamos enterando de todo.

  12. #29
    10/03/15 13:06

    Recordemos que el acreedor se ha entrevistado con el juez, el cual le ha dicho que por ser "el tercero el hijo del ejecutado, preferira hacer justicia e impedir un enriquecimiento ilicito" del tal acreedor. Osea, que su señoria se inclina por que la finca pase a manos de la sociedad del hijo; no es esto acaso un evidente intento de levantamiento de bienes fraguado entre padre e hijo para descapitalizar una empresa con deudas? y si esto es asi, no esta acaso su señoria cometiendo un delito de prevaricacion?...

    ...Jotaerre, MANIFIESTATE

  13. #28
    10/03/15 11:50
  14. #27
    10/03/15 08:01

    Haber si me aclaro:

    Un deudor que no paga sus deudas e intenta retrasar todo lo que puede el proceso.

    Un Acreedor que pide recuperar lo suyo, pero finalmente le ciega la avaricia y le jode que se lo quede otro.

    Un hijo de deudor que aparece por ahí "suplantando" funciones que no le corresponden mediante una SL cuando la deuda es de una SA.

    Un procurador que constantemente entra y sale del juego para retrasar los procedimientos.

    Un abogado de tercero que busca resolver amenazando al deudor.

    Un abogado del acreedor que acepta ponerse de acuerdo con el abogado de tercero en contra de los intereses de su defendido o poniendo los suyos en primer lugar.

    Un bancario haciendo uso de informacion privilegiada para un buen cliente. A mi no me ofrecen chollos cuando voy al banco. De hecho siempre llevo las manos en la cartera por que a la primera de cambio me la quitan.

    Una subastera que se aprovecha de dicha informacion privilegiada (por tener dinero) mientras que otros subasteros tienen que sudar entre papeles buscando buenas ofertas.

    Y con toda esta jauria debo competir en libre competencia? Estoy pagando mis impuestos para que este atajo de impresentables atasquen la "justicia" con autentica desfachatez y luego todos estén llorando de lo injusta que es la Justicia?

    Si yo soy Juez que debo hacer? Aplicar la ley o aplicar Justicia? Porque haga lo que haga siempre habrá alguien, sino varios, que se han visto perjudicados.

  15. en respuesta a Laija
    -
    Top 100
    #26
    10/03/15 07:46

    No la descarto porque conozco de sobra el estado de descomposición de la judicatura, con unos jueces que se dedican a hacer en sus juzgados lo que les sale de las narices, independientemente de la Ley.

    Y otra cosa, este procedimiento, por lo que manifiesta el acreedor en su primera frase, no parece ser una ejecución hipotecaria, sino una ejecución de títulos judiciales.

  16. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #25
    10/03/15 01:44

    Vayamos por partes. Supongo estamos de acuerdo que éste procedimiento hipotecario se ha llevado como el cu.. y no tiene ni pies ni cabeza. En él, la Secretaria Judicial ha metido bastante la pata, por decirlo fino.

    Entiendo que la Secretaria Judicial debería haber aprobado el remate a la subastera, que aunque su postura no cubría la deuda, tenía potestad para ello, según el tercer párrafo del 4º punto del art.670 LEC:
    "...Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos (se refiere a que cubra la cantidad por la que se ha despachado la ejecución), el Secretario judicial responsable de la ejecución, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias del caso...."

    Pero claro, como ya aceptó una mejora de postura por tercero (equivocándose) creo que es más probable que dé una patada hacia delante y apruebe el remate a la mejora aceptándole los 52.100 euros.

    La verdad, con esos precedentes, dudo que la Secretaria Judicial deniegue la aprobación del remate, anule las posturas, declare desierta la subasta y permita que el acreedor se acoja al art. 671 LEC adjudicándose la finca por solo la deuda en vez del 60% o 70% del valor del bien, basándose en que no es vivienda habitual al ser la deudora una S.A.
    Tengo en cuenta lo comentado por el Juez al acreedor en cuanto a que no le va a permitir enriquecerse ilícitamente.

    Tristán, me refería con realizar otra subasta, a que tal y como están las cosas en el procedimiento, tras la solicitud de alguna de las partes que no le interese el resultado final adoptado, el Juez dictamine la anulación de actuaciones y retrocedan en el procedimiento.
    Parece descabellado, pero lo veo como una posibilidad.
    Por tu experiencia...... ¿Descartas esa posibilidad?

  17. en respuesta a tonigs
    -
    #24
    09/03/15 23:23

    No digo que esté mal ser acreedor y adjudicarte un inmueble. En muchas ocasiones no queda otra si quieres cobrar. Lo que está mal es que tengas la posibilidad de cobrar y no quieras porque tu intención es apropiarte lo ajeno. Si no ves la diferencia tienes un problema. En cuanto a tu afirmación en tono plural mayestático de que SE PRESTA (no tú, claro) con la intención de quedarte un inmueble, sin comentarios.

  18. en respuesta a Crayola
    -
    #23
    09/03/15 23:18

    Pues como todos los que estamos aquí... yo he sido acreedor y me he adjudicado la finca, ¿por que no me la tendría que adjudicar? En muchos casos se presta con la intención de quedarte la propiedad... no sería ni la primera ni la última vez que me pasa...

  19. en respuesta a Fcalvo
    -
    #22
    09/03/15 22:53

    Comprendo que tu concepto de la moralidad es distinto al mío. Inmoral porque el ejecutante es acreedor, y fuerza la subasta para cobrar lo que se le debe. En este caso tiene esa posibilidad en su mano y renuncia a ella porque quiere aprovecharse de una circunstancia que propiciaría un enriquecimiento injusto. Es inmoral. Legal, claro. Pero este tipo no quiere cobrar lo que se le debe, busca pegar el pelotazo.

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