Acceder

Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

3,44K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Página
233 / 235
#3481

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Para el cálculo de rentas al SEPE solo le interesa si el bien está exento de generar rentas o si estás son efectivas. En ausencia de las dos anteriores aplicará rentas presuntas.
Un inmueble o es vivienda habitual o no lo es. No existe la figura de que en un futuro lo vaya a ser. Por lo tanto si no lo es y no hay rentas efectivas, aplicará presuntas. Y si lo es, estará exento.
#3482

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En teoría el dinero y los inmuebles heredados son bienes privativos y sus rendimientos se consideran diferente por parte del SEPE y de la AEAT:

SEPE: Los rendimientos (intereses, alquileres...) se distribuyen entre los cónyuges si están en gananciales.
AEAT: Los rendimientos los declara el propietario, no se distribuyen. (Me imagino que si los divides y no es mucha cantidad la AEAT no haga nada).

Si no hay rendimiento  explícito (dinero) o alquileres (inmueble) se considera el rendimiento presunto, y al no considerarse explotación del bien se valora la renta presunta, la cual se imputa exclusivamente a su propietario (la persona que ha heredado).
#3483

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Que existen precedentes en materia fiscal (que si afectan al sepe)  y patrimonial, tanto de la Administración Tributaria como del Tribunal Supremo, que reconocen el derecho a un período de transición razonable entre la venta de la vivienda habitual y la adquisición o construcción de la nueva.
    Por ejemplo la Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de junio de 2022 (STS 2544/2022) admite que puede considerarse habitual una nueva vivienda aunque no se haya vendido aún la anterior, siempre que exista una intención real y justificada de cambio de residencia.

    Aunque se trata de un pronunciamiento en el ámbito tributario, su razonamiento es plenamente trasladable al ámbito del SEPE, en tanto que no existe rendimiento real ni presunto cuando se mantiene un uso personal y un propósito legítimo de traslado de vivienda, sin finalidad de lucro ni generación de ingresos.

Es decir como ud. bien dice el nuevo bien contituye igualmente vivienda habitual y  precisamente la reglamentación del SEPE lo indica esta exentas de rendimientos presuntos, lo que no contadice loq ud . indica.
 

#3484

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Según esto os comento mi situación.  Estoy en gananciales y soy perceptor del subsidio para mayores.  Voy a comprar una vivienda que cuesta 400.000€ para la cual voy a pedir una hipoteca de 150.000€.   Cuando me traslade a la nueva vivienda habitual (inmediatamente) pondré en venta mi anterior vivienda habitual.  Si por la vivienda que desalojo me dan 250.000€ y con esos cancelo hipoteca me quedaran 100.000€.  Mi pregunta es si estos 100.000€ son renta a tener en cuenta por el SEPE.  Como estoy en gananciales supongo que se me imputan 50.000€ a mí.  Y esto no es una herencia.  Qué pasa entonces con mi subsidio, se extingue?  
#3485

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Vamos a tener en cuenta la Instrucción de Rentas de SEPE sobre este particular:
 
 3.6.2. RENTAS EXCLUIDAS

Las que procedan de la vivienda habitualmente ocupada por el trabajador. Por tanto, no
computará como renta 
 
b) - La ganancia patrimonial derivada de la enajenación de la vivienda habitual, con
independencia de que se invierta o no en la adquisición de una nueva. No
obstante lo anterior, sí se computarán a efectos del subsidio por desempleo, como
rendimientos de capital mobiliario, los rendimientos efectivos, o en su defecto los
presuntos, de la cantidad total obtenida como consecuencia de dicha enajenación  de la vivienda.
 
Por tanto, dependerá del rendimiento efectivo o presunto que obtenga del dinero de esa venta tras la cancelación de la hipoteca,  a efectos de estar iincluido o no en un supuesto de suspensión del subsidio. Salvo mejor opinión.

#3486

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

¿Puedes publicar la sentencia a la que haces referencia? 
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de junio de 2022 (STS 2544/2022) 
#3487

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Saludos Buscadores del Duro

Caso practico agradecieno de antemano respuestas

Una familiar mia percibe la ayuda de mayores de 52, vive con su madre (viuda) a la que cuida,

Su anciana madre tiene una edad y estan pensado en hacer donacion en vida a sus dos hijas, del piso donde viven. El padre fallecio hace dos años y de cuando se hizo la testamentaria se le puso un valor de 260.000 euros y se pagaron impuestos por ese valor.

Mi familiar pierde la ayuda por recibir la mitad del piso (valorada de 130.000 )donde ademas reside hace años cuidando a su anciana madre????

Ya me estoy leyendo hacia atras, para enterarme de eso de la renta que hablais al recibir algo que no sea dinero....a ver si me aclaro. Se sabia que no se podia recibir rentas de 888 euros mensuales....pero se desconocia complentamente lo de renta esa de la que hablais por tener un % de un piso.

Gracias a los que participais en el foro por vuestras aportaciones

Un abrazo
#3488

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tratándose de la vivienda habitual ningún problema, está exento. Como también lo estaría si fuera en el momento de la herencia.
#3489

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Saludos Buscadores del Duro:

Muchisismas gracias Franjgr por tu aclaracion

Un abrazo
#3490

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Querria hacer una pregunta, para pedir el subsidio para mayores de 52 años tienes que sobrepasar los 888 euros al mes. yo tengo una pensión de viudedad de 730 euros pero tengo un deposito en el que me generara unos 1200 euros de intereses, 2 meses ante de solicitar por primera vez el subsidio, estos intereses contarían para que me dieran o denegaran el subsidio.
Gracias
#3491

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No tienes que sobrepasar los 888 € al mes de ingresos, si estás hablando del un depósito que te genera 1200 € de intereses al año, estarías muy justo para no sobrepasar los 888 €.
Efectivamente los intereses cuentan juntos con otros ingresos que puedas tener.
#3492

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Claro pero mi duda es al pedir el subsidió que miran los ingresos de un año pasado o los que voy a tener desde que pido el subsidio, ya que los intereses del deposito son de antes de solicitarlo el deposito y ya no voy a tener mas ingresos de intereses ya que el deposito desaparece y solo tendré los de la pensión de viudedad.
Gracias
#3493

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Los ingresos que le van a tener en cuenta son los del mes anterior a la solicitud (siempre que los siga manteniendo). En el caso que describe y referido a los intereses del depósito, NO afectan para nada a efectos de solicitar el subsidio.
#3494

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias
#3495

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

¿Y cómo tiene en cuenta el SEPE las pagas extraordinarias, las prorratea con lo que, en este caso, la pensión sería de 851€ mensuales o los meses con paga extraordinaria los suspende por superar rentas?

Por otro lado, en las pensiones con complemento a mínimo se puede suspender el cobro de este para así cumplir el requisito de rentas.