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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3496

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El importe anual de la pensión el SEPE lo convierte a renta mensual, es decir lo divide entre 12.
Si que se puede renunciar al complemento a mínimos.
#3497

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente, SEPE tiene en cuenta las pagas extraordinarias: por tanto mensualidad bruta X 14 dividido entre doce, a efectos de calcular las rentas mensuales de un solicitante del subsidio. Y por otra parte, tener en cuenta, el apunte de Euroramón al respecto.
#3498

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 A mi parecer :

 NO se computa como renta la ganancia patrimonial por vender tu vivienda ""habitual"".
 SÍ se computa como renta el rendimiento (efectivo o presunto) del dinero que obtienes tras pagar la hipoteca. 

En tu ejemplo:

  • Precio venta vivienda: 250.000 €
  • Cancelación hipoteca: 150.000 €
  • Saldo resultante: 100.000 €
  • Como estás en gananciales → tu parte: 50.000 €

Lo que el SEPE mira no son esos 50.000 €, sino el rendimiento de esos 50.000 €.

Qué dice exactamente la norma del SEPE:
La Instrucción de Rentas es clarísima:

  • EXCLUIDO de rentas (no cuenta nunca):  La ganancia patrimonial por vender la vivienda habitual, aunque no reinviertas el dinero.  Esto quiere decir que recibir 100.000 € por la venta NO es renta

SÍ computa como renta:

Los ""rendimientos"" del dinero obtenido con la venta.

  • Si lo tienes en el banco sin generar nada → el SEPE aplica rendimiento presunto:
    3,25 % anual / 12.
  • Si genera intereses reales → se usa lo real (si es superior al presunto).


#3499

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si vas a decir lo que dicen "exactamente" las instrucciones del SEPE, hazlo copiando/pegando de las mismas. No de lo que dice una IA. Esa información que has puesto es incorrecta.

Si existe rendimiento explícito el cálculo de rentas se hace con este independientemente de si es inferior al presunto.
#3501

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente donde digo
 
  • Si genera intereses reales → se usa lo real (si es superior al presunto).

 Es incorrecto , en el momento que existe un rendimiento explicito, por infimo que sea sin ser superior al presunto se utiliza el obtenido y no el presunto...

Gracias por la observación ya que eso no es lo que queria decir...
#3502

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola. Hace ya 2 meses que puse reclamación al SEPE por la denegación del subsidio y no me han contestado. Me podéis decir que opciones tengo a parte de seguir esperando a que resuelvan?
#3503

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El plazo legal es de 45 días hábiles desde que presentas la reclamación para que te den una respuesta, de momento no tienes más opciones, en todo caso si es que no lo has hecho consultar con un abogado o un graduado social para acudir a la vía judicial, por si la contestación vuelve a ser la de denegación o no te contestan en el plazo mencionado.
Saludos.
#3504

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si. Los 45 días hábiles ya han pasado. 
#3505

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si ya han pasado los días del plazo sin contestación puede considerarse desestimación, de todos modos también podrían contestarte más tarde, si no es así no te queda otra que consultar a un abogado o graduado social, para que te mire si tienes alguna posibilidad de que se pueda pelear por vía judicial.
Si decides la vía judicial, te comento que resulta cara y muy larga ya que el SEPE, suponiendo que en una primera instancia te dieran la razón a ti, por sistema siempre recurre a una tribunal superior.
Saludos.
#3506

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias. A ver cómo acaba la cosa. 
#3507

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Suerte compañero 🍀.
#3508

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos dias, estoy cobrando el sub52.
He recibido como heredera, la modificacion de la renta de mi padre fallecido del año 2021,  son 1.100 euros, pero somos dos hermanas, así que me corresponderian 550 Euros, 
Pero me faltan de rectificar los años 2020 y 2019, que no sé cuando lo haran.
Esto cuenta como ingreso para el subsidio?? Cuando hay que declararlo, cuando te hacen la rectificación? o cuando te hacen la transferencia?
#3509

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Siendo beneficiaria del subsidio sí computa cómo renta. Por ese importe no estaría obligada a notificar nada a SEPE. Sí quiere hacerlo, para su tranquilidad, tiene cómo fecha límite el momento en tramitar su Declaración Anual de Rentas (una vez esté en su CC dicho importe vía transferencia).
#3510

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Ah vale, cuando la tenga en el banco, gracias