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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#3593

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Lo mismo

#3594

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Lo del arbitraje como funciona? Quiero decir, es un juez también el que hace el veredicto en el arbitraje?.

Por internet he leido que tardan menos que en un juicio normal en dar el veredicto. ¿Por que los bancos quieren hacerlo, que hay más posibilidades de que ganen ellos con el arbitraje?

#3595

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

El juez Bermúdez y el abogado Diego de Ramón no opinan lo mismo.

Yo tampoco estoy de acuerdo en lo que dices de que "los acontecimientos nos han llevado ahí". La culpa no es del viento. La avaricia, la falta de previsión, el desempeño negligente de cargos pagados a precio de oro nos han llevado ahí. Si alguien cobra cien millones de pesetas al año por hacer un trabajo y lo hace mal para ganar tiempo y seguir ganando esa pasta a costa de arruinar a miles de familias, eso es una conducta dolosa tipificada.

Otra cosa es que se vayan de rositas porque han ganado suficiente dinero para pagar a muchos buenos abogados, tienen muchos amigos y se enfrentan a una panda de arruinados. Pero aprovecharte de un cargo sólo para ganar mucho dinero a costa de los demás, sin cumplir tus funciones de forma diligente, está penado. Aunque en la práctica no llegue a estar castigado.

Igual que ahora hay miles de personas que tienen que demostrar que no son avezados inversores, los cargos de las cajas tendrán que demostrar que no son malos, sino simplemente estúpidos. Pero ganando cien millones de pesetas al año, ¿cómo puedes demostrar que eres estúpido?

PD: no soy el mismo forero que cabreado76, o tal vez sí y lo disimulo muy bien;-)

#3596

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

No es un juez. Es un árbitro (un ser imparcial que entiende del tema). El resultado es un laudo arbitral. Se supone que tarda menos, pues los juzgados están colapsados, pero pronto tal vez los árbitros lo estén...

Los bancos (cajas) ahorran dinero en abogados (suyos y de la parte contraria si son condenados en costas) en casos que saben que tienen perdidos judicialmente. Si todos demandaran en los juzgados de lo civil, el banco no daría a basto, y muchos juicios los perderían por no poder ni siquiera presentarse (podrían tener varios juicios a la vez y no se aceptan más que un par de aplazamientos). Tal vez sea una buena estrategia presentar las demandas al mismo tiempo...

#3598

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Pues me he explicado mal, disculpa, vamos a ver …. “avaricia, falta de previsión … desempeño negligente …” en esto estamos de acuerdo, sin embargo esto no supone que fuera con ánimo de estafa, de ahí que yo (que no pinto un cuerno en todo esto) no vea muchas posibilidades en una demanda por lo penal tal como está nuestro ordenamiento jurídico ….. ¿Qué no debería ser así? Obviamente que si estoy en lo cierto, la ley fue pensada con el culo, y éste de vacaciones.

A esto me refería a las posibilidades reales, y te aseguro que me encantaría que el Juez Bermúdez y el abogado Diego de Ramón, consigan su propósito, a ver si al final si empiezan a invitar a alguno al Hotel Rejas, las cosas empiezan a cambiar de una vez por todas.

#3599

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Con todos mis respetos y a falta de opiniones mas cualificadas, yo no creo en los arbitrajes para temas de importes relevantes, en primer lugar porque no hay juez, hay un árbitro que suele ser un funcionario público de alto rango, conocedor de nuestro ordenamiento jurídico, pero no es juez, luego que si se acepta el arbitraje no hay apelación posible, lo que se dicta como laudo arbitral es lo que es, punto final. Además a diferencia de las sentencias judiciales estos "laudos" no son públicos, no se pueden conocer los argumentos de la resolución, por tanto la ventaja que un abogado tiene de revisar sentencias anteriores, las motivaciones .... y con ello hacer un planteamiento u otro, me parece que no cabe en esto, si no sabe que ha ocurrido en temas similares pues .....

Además creo que el perfil del árbitro es extremadamente técnico, por tanto tenderá (repito, creo) a tomar en consideración los documentos, no sé hasta que punto (tal vez ni se haga) una vez aceptado el arbitraje el demandante puede convocar a los testigos y que el arbitro les escuche ¿que pasa si no se personan? un juez les puede declarar en rebeldía, creo que un arbitro no ...imagina que tu convocas al director y al apoderado que te vendieron esto ¿que ocurre si no se personan? la verdad es que yo no lo sé, y si si no hay declaraciones supongo que el arbitro se limitará a ver los documentos .... cosa que no es suficiente ....

Ventajas: Pues que es barato y rápido.

#3600

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

“La culpa no es del viento. La avaricia, la falta de previsión, el desempeño negligente de cargos pagados a precio de oro nos han llevado ahí. Si alguien cobra cien millones de pesetas al año por hacer un trabajo y lo hace mal para ganar tiempo y seguir ganando esa pasta a costa de arruinar a miles de familias, eso es una conducta dolosa tipificada. “

Perdona que me entrometa , pero esa actitud que tanta rabia te da ( con mucha razón por cierto) la actuación negligente ,para que lo entendamos los “arruinaos” seria muy parecida a la que nos comentaba el “insider “ del foro sobre el señor aquel jefe de zona de Valencia que practicaba el sexo en un utilitario que tanto le indigno.¿no?...¿Hay tambien entrarían las noches parisinas de Todó,,,?

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