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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#3601

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Ya lo hemos comentado en diversas ocasiones, no basta con tener la "razón moral", hay que tener "la razón legal", es una putada, vale, no es justo, vale .... sin embargo solo con la razón moral para darse ánimos y convertir la razón legal en un texto dirigido al juzgado, se puede ganar el pleito, y sigo pensando, ojalá me equivoque, que en una demanada por lo penal es muy complicada, veo pocas posibilidades, salvo casos excepcionales como falsificación de firmas y alguna que otra cagada del trece, que se pueda imputar mala fe penal al comercializador de estos híbridos, recordemos que delinquen las personas, no las empresas ¿a quien imputas? a la cúpula de las entidades por una presunta maquinación para estafar a clientes ????.

Dejadez de funciones, imprevisión ... incluso falta de custodia o tutela de sus clientes, falta de advertencias, etc. etc. ... sinceramente no lo veo como penal, ahora bien si el debate es si sería lo deseable, a ver si con los ingresos en el Hotel Rejas, alguno se pone las pilas para el futuro, sería lo mas conveniente, pues, si, absolutamente si.

Salvo error, y sabiendo que wikipedia no es un dogma de fe, en España se distingue legalmente el dolo civil y el penal, puede existir dolo (mala fe) en el ámbito de una demanda civil, no tiene porque ser una "acusación" exclusiva de causas penales http://es.wikipedia.org/wiki/Dolo

#3602

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola W.Petersen,
y si se hace una demanda individual como casi todos tenemos ya previsto, por vicio de consentimiento que parece ser el unico camino disponible, y nos juntaramos muchas personas afectadas con el mismo denominador común de sentirnos engañadas y estafadas por las altas esferas de CX, y al margén de la primera dispusieramos una segunda demanda conjunta por la via penal?, argumentos no nos faltan, y es voz populi las estratagemas y argucias que han utilizado para ello,y ademas no creo que fuera incompatible con la individual ya que en la primera se persigue que nos anulen el contrato ya que no es lo que nosotros queriamos contratar.En la segunda no obstante se persiguenlos daños morales y el sentimiento de desconfianza e impotencia a la que la situación dada, nos ha creado.
son especulaciones, pero por preguntar...

#3603

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

No sé que decirte, yo como sabes no estoy afectado, pero conozco a mucha gente que si lo está, y estas cosas pues familia, amigos, conocidos ... y todos, absolutamente todos, los que tienen el asunto en manos de abogados, estos les indican que no ven muchas posibilidades en el ámbito penal. También es posible que sea la manera mas cómoda de afrontar el asunto por parte de un abogado ..... ?????

#3604

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Me da la sensación que los abogados no están con ánimos de enfrentar una demanda por lo penal, no sé si habrá coacción por parte del Colegio de Abogados, si habrán recibido insinuaciones de que no se metan en ese jardín...aquí hay que sospechar que a lo mejor las altas esferas han picado puertas para intentar parar determinada vía.
Habría que dar con el buffet que los tuviera "bien puestos". En el caso de Engañada, que lo lleva por lo penal, es contra una sucursal concreta de La Caixa.

#3605

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

En mi modesta opinión, creo que si se puede imputar a CX a partir de la:

LEY ORGÁNICA 5/2010 - MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL: RESPONSABILIDAD PENAL DE LA EMPRESA

A parte de la posible responsabilidad penal de la persona física, se podrá imponer penas a las sociedades

Art. Artículo 33.7: Se prevé la imposición de penas a personas jurídicas: pena de multa, disolución, clausura temporal, prohibición de contrataciones, inhabilitación e intervención judicial. Artículo 31bis) 1: Los administradores de derecho y de hecho, así como los trabajadores bajo la inadecuada supervisión de éstos, pueden generar responsabilidad penal para la persona jurídica.

Puede que no haya precedentes ya que la ley es relaivamente nueva, pero esta claro que si se podría aplicar en el caso CX.

Saludos

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