Si en la escritura hay compromiso de pago, cobras seguro, el problema es que "por las buenas" probablemente no paguen, obligandote a ti a poner una demanda judicial qué, seguramente será a través de un procedimiento monitorio, que es de lo más sencillo.
Si la deuda es inferior a los 2.000 euros no hace falta abogado y procurador, pero claro hay que tener un poco de idea de como hacerlo. Si supera los 2.000,01 euros si necesitas abogado/a.
Dudo que esta reclamación llegue a una sala de juicios, si ante notario reconocieron la deuda, estos depositan el dinero en el juzgado a la recepción de la demanda. Pero cuentan que si no pagan a "ni Cristo", mucha gente no iniciará demanda judicial, porque habrá costes de abogados que nunca se recuperarán si ellos al recibir la demanda, depositan antes de 20 días contados desde la recepción de tal demanda, con lo cual hacerse "los remolones" les sale a cuenta solo con unos pocos cientos de compradores que no acudan a reclamar judicialmente.