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Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

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Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
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Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
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#6041

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Entiendo que si durante el año no manejas importes superiores a 50k, no hay que hacer el modelo 720 de hacienda

Entiendo que si a final de año no tienes acciones en cartera, no hay que presentar el modelo D6 de hacienda.

Entiendo que si a final de año tienes en la cuenta de Degiro menos de 50k y no son acciones, no tienes que presentar nada a Hacienda.

¿Es así?.

Gracias por adelantado

Freedom is driven by determination

#6043

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

El punto uno es así, los punto 2, hay que mirarlo porque la declaración es a 31/12, pero no sé si hay que recoger lo de todo el año o sólo lo que tienes en ese punto.

En el punto 3 creo que si que tendrías que reflejarlo como flujo.

#6044

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Hay una escapatoria y es vender todo a 31 de diciembre y recomprar a 1 de enero. En ese caso no hay que presentar el d6.

Para unos 4-6 valores en mi caso son unos 20-40€ en la venta y otros tanto en la compra. Si llevas buenas plusvalias en los valores no me parece nada descabellado.

#6045

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Para un daytrader, igual si, pero para nosotros que manejamos poquitos valores, es echarle un par de horas y sacarte (yo lo tengo), el certificado digital, no creo que merezca la pena además hay un mes entero para hacerlo.

#6046

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Gracias, viene muy claro.

Modelo D6

Aclaraciones

Resumiendo un poco todo y sobre todo respondiendo a las preguntas más comunes que se ven por la red:

  • Es obligatorio si se tienen acciones, fondos o ETFs en brokers que no depositan los valores en España a 31 de Diciembre. Ejemplos de estos brokers son: DeGiro o Interactive Brokers.
  • Da igual si tus acciones son Españolas o no. Si las tienes en un broker “extranjero” tienes que presentar el D6.
  • Si no tienes acciones, fondos o ETFs en uno de estos brokers a 31 de Diciembre, no tienes que presentarlo. Es decir, si vendes todo antes del 31 de Diciembre, no tendrás que presentarlo aunque hayas tenido valores durante el resto del año.
  • Hay que presentarlo todos los años si se cumplen los requisitos anteriores.
  • Se puede presentar telemáticamente con el certificado digital o con el DNI electrónico

 

Modelo 720

El modelo 720 habría que presentarlo si se tienen al menos 50.000€ en efectivo, bienes inmobiliarios o valores depositados en el extranjero. Por tanto, habrá gente que no tenga que presentar ninguno (porque no tiene nada depositado en el extranjero), solo el D6 (porque tiene valores en el extranjero pero cuyo importe es inferior a 50.000€) o los dos (porque tiene valores en el extranjero por importe igual o superior a 50.000€).

 

Es decir, que si tienes menos de 50K en efectivo y ninguna acción comprada a cierre de año natural, no tienes que hacer ninguno de los 2 trámites (Modelo D6 ni Modelo 720)

 

 

Freedom is driven by determination

#6047

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

si tienes 150K a día de hoy en acciones, vendes 130K, y al final del año te quedan 20K, SI tienes q presentar 720.También, si tienes más de 50.000., si vendes acciones tienes q presentar 720, aunque no se incremente tu patrimonio en más de 20.000.

#6048

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Me estas diciendo que si tengo 15.000€ en acciones y las vendo tengo que presentar el 720?

Se habla de...