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Declaración Renta 2025

3,74K respuestas
Declaración Renta 2025
Declaración Renta 2025
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#3856

Re: Declaración Renta 2025

Presentada en Madrid (guareña) el 7 a las 15h, dev de 500, me acaba de cambiar a tramitada conforme.
#3857

Re: Declaración Renta 2025

Solo incluyendo cuota sindical
#3858

Re: Declaración Renta 2025

La mía igual,emitida transferencia esta madrugada4511eu,hijo discapacitado,conjunta,hecha el día 8 a las 00,25 Oviedo. Acepté  el borrador,vamos no movi  nada.
#3859

Re: Declaración Renta 2025

La mía sigue tramitando, en Tarragona, conjunta, discapacidad y familia numerosa, casi 6000€
La presente el dia 7 por la tarde 
#3860

Re: Declaración Renta 2025

Que suerte! Yo sigo esperando…Delegación de Pozuelo de Alarcón 😭
#3861

Re: Declaración Renta 2025

Por lo que veo, no estás en recaudación, han aceptado tu devolución, no pone comprobación ni nada. Vamos lo que entiendo yo
#3862

Re: Declaración Renta 2025

Regularización masiva de extranjería, me parecería correcto si todo se moviera por igual, no digo que no le arreglen la situación a personas que estén vulnerables, pero hay españoles, por ejemplo yo, que también soy vulnerable y aquí me tienen
#3863

Re: Declaración Renta 2025

Muchas gracias, solo me pone esto de momento
 Órgano gestor: DEPENDENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN  CL JOAN FONT, 4 28904 GETAFE (MADRID) 
 Estado de Tramitación 
  • Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.
 
#3864

Re: Declaración Renta 2025

Pero pone.
 Órgano gestor: DEPENDENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN  CL JOAN FONT, 4 28904 GETAFE (MADRID) 
#3865

Re: Declaración Renta 2025 persona fallecida en 2026.

En la declaración de la renta se toma la situación personal y familiar a 31 de diciembre; por tanto, la del ejercicio 2025 si se puede hacer conjunta. La del ejercicio 2026 que predentareis el próximo año, se tiene que hacer individual sí o sí.

Cuando tramiten la declaración que vais a presentar, una vez finalizada su tramitación estimándose conforme, figurará el siguiente texto: esta devolución está retenidaya que el titula  figura como fallecido.

Respecto al impuesto de sucesiones, hay que incluir los derechos de crédito a favor del causante, en este caso de hacienda, cuando la resolución/tramitación es firme (a partir de que figure el texto que señalé).
Es a partir de este momento cusndo los herederos ya pueden solicitar la devolución, es conveniente que alguno de ellos se dé de alta en el registro de sucesores para tener opción de ver los expedientes y realizar online determinados trámites  tributarios.
Como la devolución, si se estima conforme, es superior a 2000 € requieren entre otras cosas  que  en la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones esté incluido el importe de ese derecho de crédito. Si veis que tardan en tramitar su declaración de la renta y se os echa encima el plazo máximo de 6 meses para presentar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones, no teneis que incluirlo (solo se incluye cuándo ya es firme la tramitación de la declaración de la renta) y más adelante, cuando ya sea firne hacer una complementaria del impuesto de sucesiones incluyendo el importe de la devolución.
Además para solicitar la devolución se debe cubrir el modelo H-100 
#3866

Re: Declaración Renta 2025

No sé que decirte, porque en lo de abajo pone conforme a la devolución, copialo todo y busca en la IA , por lo que yo se, y alomejor mi ignorancia no llega pero si en hacienda no aparecen deudas, al no ser que sean de el tribunal no está en fase de apremio no te pueden quitar
#3867

Re: Declaración Renta 2025

NO si es que la cosa es que no aparece nada , por eso no entiendo que este en recaudación . Ni el tiempo que se va ha tirar hay .

Nunca me había pasado . Ojala cambie pronto.

Muchas gracias 
#3868

Re: Declaración Renta 2025

Buenas, me ha ocurrido lo siguiente con la deducción por celiaquía de Andalucía:
En las declaraciones individuales, me reparte al 50% entre la mía y la de mi cónyuge, hasta ahí bien. Pero, en el caso de mi cónyuge, no se le aplica este 50% por resultar la cuota de la liquidación autonómica a cero. La opción de la declaración conjunta no es viable por ser menos favorable. Conclusión: sólo nos podríamos beneficiar de 50 euros de la deducción en vez de los 100 euros. Existe alguna forma de arreglar esto? Gracias.
#3869

Re: Declaración Renta 2025

Llama. Y pregunta, es su trabajo, dar información clara, lo que no podemos vivir así, porque las administraciones no funcionen como toca, que pagar impuestos si que pagamos, yo estoy que me subo por las paredes, ahora 13:30 tengo cita ........ Me tomaré una tila antes de ir porque ganas de decirles 4 cosas no me faltan
#3870

Re: Declaración Renta 2025

Jajjajaja te entiendo espero que vaya bien y te den solución .