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Renta 2025: Venta de ganado como particular

4 respuestas
Renta 2025: Venta de ganado como particular
Renta 2025: Venta de ganado como particular
#1

Renta 2025: Venta de ganado como particular

Hola!! 
En en el 2025 he vendido un ternero que he criado como particular. Ha sido una venta puntual ya que no tengo actividad de ganadería con lo que no tengo ningún alta realizado hacienda.
La venta se ha realizado a una empresa que me ha emitido la factura correspondiente.
La consulta es, ¿cómo tengo que declarar esta venta en la declaración de la renta? en qué casilla debo indicarlo?.
Muchas gracias de antemano por la ayuda.
saludos.

#2

Re: Renta 2025: Venta de ganado como particular

venta ocasional realizada por un particular. En ese caso se declara como una ganancia o pérdida patrimonial derivada de la transmisión de un bien.


Tipo de elemento patrimonial



  • Clave 4. Otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas. Se marcará este apartado cuando la ganancia o pérdida provenga de cualesquiera otros bienes o derechos no incluidos en los apartados anteriores.
#4

Re: Renta 2025: Venta de ganado como particular

En Renta WEB, este tipo de operaciones suele incluirse en el apartado:

"Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales"

Respecto a la casilla concreta, Hacienda suele modificar la numeración entre campañas y además depende del tipo de elemento transmitido y de cómo se introduzcan los datos en Renta WEB. Por eso no es recomendable indicar una casilla sin ver la declaración concreta. Lo más seguro es entrar en:

Apartados de la declaración → Ganancias y pérdidas patrimoniales → Transmisión de otros elementos patrimoniales 
#5

Re: Renta 2025: Venta de ganado como particular

Valor de transmisión: debes sumar todo el dinero que pone en la factura.

Valor de Adquisición:
Es el importe real por el que compraste el animal (si lo compraste de cría) o el coste de criarlo y alimentarlo.
#6

Re: Renta 2025: Venta de ganado como particular

Discrepo de la última frase.
Si no está afecto a una actividad económica, el coste de la crianza del animal (bien mueble semoviente), sería un mero gasto de conservación (si no lo alimentas, se muere). Los gastos deducibles para ganancias patrimoniales son los de adquisición, y los de inversión, pero no los de mera conservación.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!