Tienes que mirar los datos fiscales de ella. Lo que aparece ahí está sujeto. Lo exento no aparece.
Suma los ingresos de trabajo, réstale los gastos de Seguridad Social y 2.000 euros fijos. Y, al resultado, súmale otros ingresos: imputaciones inmobiliarias, Intereses bancarios, etc.
Si el resultado supera los 8.000 euros, tienes que borrar la deducción del borrador.
Ten en cuenta que, el borrador, es exactamente eso: un cálculo preliminar que hay que modificar hasta obtener el resultado correcto. Que conste ahí la deducción no significa que existe el derecho; quizá la han volcado porque, en años anteriores, sí existía.