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José Luis 54
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José Luis 54 21/02/26 15:03
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hasta que no tengas la resolución no puedes poner reclamación previa, tienes 30 días hábiles para ponerla que empiezan a contar desde el día siguiente a qué recibas la resolución.Es muy importante tener el informe de síntesis para saber qué reclamar y que informes aportar, es bueno tener asesoramiento.Un saludo 
José Luis 54 21/02/26 12:38
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola, en qué provincia o comunidad vives, en algunas tardan 3 o 4 meses pero en otras se puede alargar hasta casi un año.Cuando se abrió el expediente de oficio? Me imagino que has estado 545 días de baja antes de abrirse o lo han hecho antes?Un saludo 
José Luis 54 21/02/26 12:36
Ha recomendado Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total de Fjavie
José Luis 54 21/02/26 12:34
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, si se generan vacaciones durante toda la IT, en tu caso hasta el 17 de febrero, aquí lo puedes ver explicado Devengo continuo: Se siguen acumulando días de vacaciones (habitualmente  días por mes) como si el trabajador estuviera en activo. Esto aplica durante toda la IT, incluidos los periodos de "demora en la calificación" tras agotar los 545 días.Si el contrato continúa: Si tras el proceso de incapacidad el trabajador se reincorpora, podrá disfrutar de las vacaciones pendientes. Estas deben disfrutarse dentro del plazo legal, que es de 18 meses a contar desde el final del año en que se generaron.Derecho irrenunciable: Este derecho no desaparece ni prescribe mientras el contrato esté suspendido. Si la empresa indica que no genera vacaciones, es una información incorrecta, ya que la jurisprudencia española confirma que la suspensión del contrato no interrumpe el devengo de este derecho laboral básicoUn saludo 
José Luis 54 21/02/26 09:21
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de Raquelle
José Luis 54 21/02/26 08:14
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si y no, lo ha explicado @alex7676 en su último mensaje, la empresa puede darte de alta con la fecha del 18 de febrero y poner que estás de vacaciones desde ese día, pero no tiene obligación de hacerlo, es lo que tú acuerdes con ellos y lo que ellos también quieran. Ellos están respetando no darte de alta en la empresa hasta que no estés oficialmente comunicada del fin de tu baja laboral pero hablando con ellos les puedes pedir que te den de alta el día 18 como vacaciones, normalmente las empresas lo suelen hacer pero parece que en la que tú trabajas no está por la labor o no lo quiere hacer hasta que tú no tengas oficialmente la comunicación. Porque no vas a un Caiss o ICAM y pides la resolución, se acabaría el problema rápido.Un saludo 
José Luis 54 21/02/26 08:04
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Alex7676
José Luis 54 21/02/26 08:03
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Alex7676
José Luis 54 20/02/26 20:27
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Karen, esto ya le ha pasado a más personas por aquí. Interpreto que tu alta médica es del día 17 de febrero pero no entiendo porque la empresa no quiere darte desde ese día y te dice que tiene que esperar a que tu recibas la resolución. Si tienes el alta es que obviamente se ha denegado la IP.La mutua o el INSS (quien te estuviera pagando) te tiene que abonar hasta el día 17 y la empresa desde el 18 en adelante pero como no te puedes reincorporar todavía por no tener resolución lo más lógico es que les digas que estás de vacaciones desde el día 18 para no quedarte sin cobrar.Por una parte entiendo lo que te dice la empresa y es lógico, tú no tienes resolución, pero por otra parte o lo hablas así con ellos o te quedas sin cobrar desde el 18 hasta que recibas la resolución y te puedas reincoporar.También habla con ellos para pasar el reconocimiento médico no obligatorio pero si aconsejable después de una baja larga.Un saludo 
José Luis 54 20/02/26 17:28
Ha recomendado Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total de Lola.S
José Luis 54 20/02/26 14:45
Ha recomendado Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total de Porras2608
José Luis 54 20/02/26 14:31
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de Benjaoriol
José Luis 54 20/02/26 14:02
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Rectifico un poco lo dicho antes, las vacaciones deben de empezar a contar desde que recibes la resolución pero te quedarías en el limbo desde la fecha de alta hasta la resolución y la empresa no tiene porqué pagarte. Es mejor decirles que empiecen a contar desde el día del alta que les ha llegado a ellos y que el INSS te debería de haber comunicado a ti, aunque fuera por mensaje.Un saludo 
José Luis 54 20/02/26 13:59
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Karenkaren20
José Luis 54 20/02/26 13:59
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Normalmente coger las vacaciones y mientras tanto que vayan moviendo el que pases el reconocimiento médico.La carta certificada con la resolución puede tardar 2 o 3 semanas a no ser que vayas tú al INSS y pidas que te entreguen la resolución allí, te harán firmar como que te lo entregan y ya la tienes.En notificaciones telemáticas de la seguridad social no puedes entrar?Un saludo 
José Luis 54 20/02/26 13:53
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola, pues muy bien entonces, te han concluido el punto 3, el 4 ya lo tenías, sin ser automáticamente denegada así que pinta muy bien. Espero que tarden poco en calcular la pensión, las firmas, repasen el expediente y tengas la resolución.Un saludo 
José Luis 54 20/02/26 13:50
Ha recomendado Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total de Porras2608
José Luis 54 20/02/26 13:49
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Benja, a mí no me vio nadie, me valoraron por los informes y desde que hizo el inspector el informe de síntesis para la revisión hasta que lo vio el EVI y resolvió pasaron dos semanas.Cuando dicen que está pendiente de valorar por el EVI no me queda muy claro si ya han hecho el informe de síntesis, espero que haya sido así y que tengas la resolución en unos días.Un saludo 
José Luis 54 20/02/26 13:46
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de Alberto Castilla
José Luis 54 20/02/26 11:09
Ha recomendado Re: Mutualistas: devolución del IRPF de Javi Falonsma
José Luis 54 19/02/26 13:57
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de Patricio13
José Luis 54 19/02/26 12:26
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Pues puedes hacer dos cosas, lo más rápido es ir a pediro directamente a una oficina de la seguridad social y te lo imprimen y te lo dan en mano si es que lo han hecho, si todavía no lo han hecho pues te lo dirán y no te podrán dar nada (es lo que ha explicado @alex7676 antes)La segunda es pedirlo vía telemática en este enlace https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Familia/INSS_2.37En observaciones pones que pides el informe de síntesis de la revisión de oficio correspondiente al expediente de incapacidad permanente xxxxxxxx.Y ya a esperar, si no te envían nada es que todavía no está hecho.Un saludo 
José Luis 54 19/02/26 11:57
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de Santi 80
José Luis 54 19/02/26 11:27
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
En que provincia vives, Raquel?Un saludo 
José Luis 54 19/02/26 11:27
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de Alex7676

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