Entiendo que eso no es así, no sé si alguien me puede corregir. A ver, los 6 meses se cuentan desde que hiciste la rectificación, no desde el requerimiento. Si hiciste la rectificación, por ejemplo el 10/07/25 ellos están en plazo para hacer la devolución hasta el 10/01/26. Si el en de noviembre te han hecho un requerimiento, ellos tienen 6 meses para resolver ese requerimiento, pero desde el 10/01/26 ya te tienen que pagar intereses, aunque esos intereses sea una miseria.Es decir ya están fuera de plazo claramente.Porque el plazo para tu devolución terminó en éste ejemplo el 10/01/26. En tu caso no es el 20 de mayo. Es a los 6 meses desde que hiciste la rectificación. Ya que el procedimiento se inicia con la rectificación y el requerimiento no inicia de nuevo el procedimiento.