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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#481

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero la diferencia que comentaba de más de 400€ es mensual, así que si multiplicas por meses y años ...
#482

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esto es justo lo que yo quería explicar con el ejemplo que comentaba. 
No tiene ninguna lógica que hayan cambiado la forma de realizar el cálculo, ya que efectivamente puede beneficiar a mucha gente, que roce la pensión máxima por encima. 
La idea que yo entendía es penalizar año a año la pensión máxima de los que se jubilan de forma anticipada, del 4% del 2023 al 5.5% del 2024, e incrementar gradualmente hasta alcanzar el 19% dentro de 10 años, cuando se acaba el período transitorio.
#483

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo que debemos distinguir dos aspectos aquí.

El primero es que, durante meses, no teníamos claro como se iba a aplicar la DT34 en este año de 2024, para los que pensamos jubilarnos anticipadamente en los próximos meses. Ahora, ese tema está claro y espero que todos los participantes en el hilo no tengan ya ninguna duda al respecto.

El segundo, es si nos parece bien, mal o regular. O que va a pasar en el 2025. Asuntos sobre los que se puede tener un largo debate, pero ya con la tranquilidad de saber la realidad de lo que va a ocurrir este año.
#484

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Bueno, pues como os comentaba, ayer tuve una cita telefónica con el INSS, la persona que me atendió estaba al tanto de todo y conocía perfectamente la "cosa"
Me confirmó que para 2024, el punto 1 de la DT34 queda sin efecto ya que consideran para todo este ejercicio que se dan las circunstancias para aplicar el punto 2 de la DT34, esto es, aplicar coeficiente reductor de 2024 dentro de las tablas progresivas, si "pensión inicial" superior a P.Máx. En mi caso, un 4,90% sobre 3.175,04€ si me voy este año.
Pensión inicial: BR x %años computables, en mi caso ... BR x100x100 = BR equivale a pensión inicial y ésta es > a Pmáx de 2024.
En cuanto al simulador, evidentemente no recoge nuestra casuística y me confirman que están haciendo a mano los cálculos de los que se jubilan anticipada y voluntariamente en 2024, cuando su Pensión Inicial supera la Pmáx.
Espero habarme y haberlo aclarado coincidiendo con vosotros, que lo tenéis muy trillado.
Saludos,
#485

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hay un bunner en la web de la Seguridad Social anunciando tareas de mantenimiento mañana sabado. Será para actualizar el simulador? 
#486

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si. Es asi, siempre que cumplan los criterios de JAVoluntaria (años de cotizacion, que creo que son 35, y adelanto de 24 meses como máximo) y si BRx%cotizado>Pmax se aplica la DT34.
Siempre ha sido posible, pero nunca habia sido más favorable JAV que JAInvoluntria. (solo lo es ahora en algunos casos, con una BR no muy alta).
Esto significa que si te despiden o te vas del  trabajo, no te pongas a cotizar como un loco en un Convenio Especial, con que tu BR sea superior a Pmax, ya te vale. Pero si te pasas por debajo, has pringao.
Nuestros hijos te agradeceran que cotices mucho. 
#487

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para que hgais cuentas... La BR es la suma de cotizaciones ponderadas con el IPC dividido por 350. Eso quiere decir que si cotizas 350€ más, tu BR aumenta 350/350=1€. Para aumentar 10€ necesitas cotizar 3500€ más. y la cuota que tienes que pagar por ello en un Convenio Especial por ejemplo es de aprox 3500x0,266€=931€. Vale mucho la pena.
#488

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Supongo que solo actualizarán bien 2024. En las simulaciones a partir de 2025 seguirá saliendo la coletilla que salía antes… A falta del Criterio de gestión 2025…
#489

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te has explicado perfectamente. Para que comparéis que existen dos mundos o más,  os cuento mi experiencia de esta mañana que también tenía solicitada cita presencial con el CAISS de mi ciudad. Casualmente me ha atendido el mismo funcionario que la vez anterior. Resumiendo: 1/El simulador no está preparado (me dijo que han tenido problemas de acceso estos últimos dias, lo que me hace sospechar que lo están tocando para adaptarlo a la DT 34). 2/No tenía conocimiento del Criterio 04/2024. 3/"Le sonaba" la DT 34 porque les habían remitido un mensaje interno centralizado en el sentido de que "ojo con los cotizantes con  BR>PMax que el simulador da cifras erróneas", pero no los han formado para hacerte el cálculo a mano. Anécdota: se hizo una copia del Criterio para pasárselo a los demás compañeros incluida la directora del CAISS. Resumen: les informé yo más que ellos a mi. Triste verdad. 
#491

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues yo considero que si, de hecho indica que si es involuntaria no se puede ver perjudicada frente a la voluntaria. ¿Que pensáis los más expertos?
#492

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias!
Pues habrá que ver cómo queda el lunes, después de los fallos que corregirán el domingo! 😜
#493

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo opino, pero no como experto, que conste, que la involuntaria se calcula sobre BR me refiero a los CR, y ni que decir tiene si es por ERE de 2022 hacia atrás. Aún así dirán esto que apuntáis a modo de salvaguarda en algunos casos.
Entran en juego cosas como haber cotizado o no tras salir de la empresa, haber estado en el paro….
En muchos casos les aplican un 0,5% por trimestre adelantado y bla bla…
#494

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esto va para Werner Pauli y  algunos pocos más que han defendido esta opinión desde el principio. Os copio un enlace de un artículo asertivo en este sentido, si bien,  esta sesgado ideológicamente (de manera injusta contra los que llevamos sobrecotizando un montón de años),  pero que si sabéis leer entre líneas veréis de la injusticia que pueda suponer 1 euro arriba o abajo. Me recuerda a la película de Woody Allen Match Point y la influencia de la aleatoriedad en nuestras vidas. Es decir, como un criterio interpretativo e injusto de la administración puede fastidiar a más de un administrado.
https://laboralpensiones.com/interpretacion-final-de-la-confusa-dt-34-sobre-las-pensiones-de-las-jubilaciones-anticipadas-voluntariasas/
#495

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Es que de algo esencialmente injusto como es la sobrecotización nada justo puede salir. La sobrecotización no solo no es proporcional, es que ni siquiera es progresiva. Todo, TODO lo cotizado por encima de la Pmax va a solidaridad impuesta, ni un céntimo para mejorar la pensión del trabajador. Y encima tenemos que aguantar que los apóstoles de la justicia nos llamen privilegiados.