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Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

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Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.
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Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.
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#526

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Buenas tardes, 

Estoy realizando la declaración de la renta y tengo 2 dudas. Me he metido en la página web de la Agencia Tributaria con mis datos y los de mi esposa y me salta un mensaje indicando que hay dos datos que no han sido trasladados. Los ingresos se limitan a la pensión por jubilación. Uno es la venta de unas acciones y otro me indica que un terreno urbano que tenemos no está trasladado a la declaración ( no lo entiendo porque lleva años en nuestro poder )....

1ª Duda: Creo que está resuelta pero lo consulto para asegurarme. 

Vendimos unas acciones de Telefónica. Como cuando las compramos no sabíamos demasiado del tema, y las compramos a través del Banco Zaragozano ( que ya no existe ), no tenemos ni la fecha de compra ni el importe, por lo que en una consulta que hice me dijeron que pusiera el importe ganado en la venta como ingreso y nos evitamos problemas. Son 200 euros así que hemos puesto en la casilla 310 el importe de 200 euros. Nos pide la denominación que es TELEFÓNICA S.A. y como importe de compra pongo 0. Pone como beneficio los 200 euros y asunto solucionado.

 

2ª Duda. Esta es la que me hace dudar.

Tenemos una casa que es donde vivimos que sí que está incorporada a la declaración, y un terreno urbano que indica que no está trasladado a la declaración ( aunque accediendo a la parte de datos no trasladados sí que aparecen todos los datos ). No entiendo cómo no están trasladados cuando es un terreno que tenemos desde hace más de 20 años pero bueno.... ¿Cómo los incorporamos? En la información que nos da en los datos no trasladados nos indica la referencia catastral, el valor catastral total, etc. 

 

Gracias de antemano. 

#527

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

la imputación de rentas en el IRPF se hace para inmuebles construidos, un terreno sin edificar no produce ninguna renta, por tanto no tienes que incorporar nada.

#528

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

sí, tendrías que presentar una complementaria a través del rentaweb de 2016, ya que seguramente te va a salir a pagar una cantidad (las rectificaciones de autoliquidación son cuando te van a devolver dinero: una deducción que olvidaste incluir, por ejemplo).

#529

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Quería consultaros, si se vende una vivienda protegida que en su día se habían recibido ayudas económicas al ser de suelo protegido, como no había pasado el plazo en años, se devuelven esas ayudas para poder vender la vivienda. ¿Esa cantidad de dinero en concepto de ayudas, se puede computar como pérdida patrimonial y restarlo al precio de la venta del piso?.

Ej: la vivienda costó 100.000 euros, se reciben 5.000 euros en ayudas. 

¿la vivienda se vende por 120.000, en el apartado de valor de transmisión se le puede restar los 5.000 euros?.

O por el contrario, ¿la devolución de las ayudas no se puede aplicar como pérdida patriomonial?

 

Gracias

#530

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Gracias por la respueta, Bacalao, pero ¿ Por qué me indican al inicio de ver el borrador que hay una referencia catastral no trasladada al borrador? Por si te sirve de algo es un terreno pero tiene un techado para meter un coche ( cuatro postes y un techo, nada cerrado )

 

Gracias de antemano. 

#531

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

no, las ayudas devueltas con sus intereses son una pérdida patrimonial  que van en la base imponible general en el apartado "Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales” .

Mientras que la ganancia/pérdida por la venta de la vivienda van en la base del ahorro. Lo que sí puedes restar del precio de venta son los impuestos asociados a la descalificación, además de aplicar la deducción por vivienda por esos impuestos, si tenías derecho a ello.

Puedes chequear estos criterios de Hacienda en los siguientes enlaces, por ejemplo:

https://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0032-11

https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC11F?REFERENCIA=0126881

 

 

#532

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

tendrás que chequear si esa construcción tiene asignado algún valor

#533

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

¡Muy buenos días!

Una última duda tengo...

En principio la exención está pensada, según tengo entendido, para personas que han sido desplazadas por su empresa al extranjero (para fomentar la internalización de empresas españolas), de ahí que me quede con la duda de si en mi caso, que no he sido desplazado sino que voluntariamente me he ido a trabajar a una empresa extranjera, que nada tiene que ver con la empresa para la que trabajé anteriormente en España, sería aplicable la exención...

Lamento ser insistente.

Gracias por su tiempo

#534

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

la exención, tal como está redactada la ley aplica a:

*Personas que han trabajado con contrato en el extranjero en  una empresa no residente. Sería tu caso. Da igual que hayas estado trabajando en el McDonalds en Londres que vendimiando en Francia que desarrollando software en una empresa alemana.

*Personas con contrato con una empresa española, que es enviada al extranjero para trabajar para una empresa situada allí. Sería el caso de la gente que ha ido a construir el AVE a la Meca o el canal de Panamá.

*Personas con contrato con una empresa española, que es enviada al extranjero a trabajar en una filial u otra empresa del grupo, si el resultado del trabajo beneficia a esa empresa asociada extranjera.

Aunque el propósito de la norma parece que eran los 2 últimos casos,como bien dices, para favorecer la internacionalización y que a las empresas les resulte más económico enviar a sus trabajadores,  tal como está redactada, también tiene cabida el caso 1 y está admitido por Hacienda. En el siguiente artículo por ejemplo citan 2 resoluciones vinculantes de la Dirección general de Tributos que así lo confirman:

http://lexpat.es/2016/12/28/aplicar-exencion-7p-empresa-espanola/

 

 

 

#535

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Gracias,

Una duda relacionada con lo mismo, en el año 2016 devolví las ayudas, la persona que me hizo la declaración me dijo que es al año siguiente, es decir en esta declaración, y lo que ha hecho es restarlo del precio de transmisión de la vivienda... por lo que estoy vivendo me la ha liado bien.

Iré a hacienda a que me hagan una rectificación, pero en relación a las ayudas del 2016, al haber pasado ya un año, las puedo rectificar en la declaración del 2016 o ya no puedo?

 

Gracias

#536

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Buenas tardes,

Tengo un problemilla. En año 2016 empece a trabajar con multiples contratos temporales en una unica empresa cubriendo periodos vacacionales y bajas por enfermedad temporal. Al hacer la declaracion de la renta, me dijeron que estaba exenta ya que no superaba el minimo (22.000€) teniendo solo un unico pagador. En marzo del 2017 con esa misma empresa, firme un contrato indefinido a tiempo parcial (16 horas/semanales). Al llegar el periodo vacacional me ampliaron el horario a jornada completa hasta septiembre. Y despues a mediados de octubre me volvieron a ampliar el horario a jornada completa hasta fin de año para cubrir  una baja por enfermedad temporal de una compañera. A hacer la declaracion de la renta este año me han dicho que al haber habido "cambios en mi contrato" estoy obligada  a hacer la declaracion y como mis ingresos totales anuales superan los 12.000 € me corresponde pagar 351€. ¿Es esto correcto? ¿No sigue siendo solo un pagador, siendo un unico CIF del que recibo ingresos?

Un saludo y gracias

 

#537

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Es como dices. Si sólo has tenido un pagador (mismo CIF en todas tus nóminas) y no llegas a los 22.000€ no estás obligada a presentar la declaración.

Saludos

#538

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Muchas gracias por contestarme tan pronto.

Otra cosita... sabrias decirme ¿que constituye un "cambio en el contrato"? Es que quiero volver donde me hicieron la declaracion y me gustaria ir con toda la imformacion posible.

Un saludo y gracias deantemano

#539

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Buenas tardes.

Me ha surgido una duda y es la siguiente:

Está claro que cuando tienes dos pagadores o mas, el tope que te obliga a declarar son los 12.000€, pero mi duda es ¿Qué sucede cuando los pagadores son la misma empresa?

Es decir, si has tenido varios contratos con la misma empresa en el mismo año y en el resumen fiscal que envian ha hacienda identifican de forma indendiente cada una de las contrataciones como si hubieran sido empresas distintas (aunque son la misma empresa, mismo nombre, mismo cif...etc?

Si esos dos pagadores son la misma empresa ¿Estaría obligada a declarar en función de los 12.000€ o los 22.000€?

Gracias

#540

Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.

Hola he vendido unos terrenos rústicos y he tenido pérdidas pero al hacer la declaración tengo que pagar lo mismo como si no hubiera tenido pérdidas,

Mi pregunta es que si tienes pérdidas estas no te desgravan

Gracias