Buenas noches En respuesta a su pregunta, le comento que al parecer, si ha formulado el recurso, han dado la orden , de volver a tramitar la solicitud, para su resolución.
No sé qué pasa que no me deja en la web de Hacienda tramitar el recurso. Me ayudáis pasó a paso que no me queda claro dónde tengo que poner el recurso. En la sede judicial me sale un procedimiento en estado: Trámite, Tipo: ejecución de títulos judiciales del año 2018. No puedo ver nada más, ni descargar nada, vamos que no sé de qué es.
En agencia tributaria para poner el recurso me voy a dónde? Consulta de notificaciónes y comunicaciones, pincho el n°certificado, ver comunicación y se me abre el documento con el embargo.
El recurso en donde lo tengo que hacer?. Si me voy en la web a: Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones, abajo me salen muchas opciones, cual tengo que elegir?
Buenas noches Tiene que buscar, donde dice recurso de reposición, una vez ahí , ha de poner el número de expediente, y en alegaciones ha de poner principalmente , que se trata de una ayuda, no es una devolución de hacienda , que por el decreto 4 es inembargable, y que además, no supera la cuantía del sueldo mínimo interprofesional Un saludo
Buenas noches Tiene que buscar, donde dice recurso de reposición, una vez ahí , ha de poner el número de expediente, y en alegaciones ha de poner principalmente , que se trata de una ayuda, no es una devolución de hacienda , que por el decreto ley 9/2015, artículo 4 es inembargable, y que además, no supera la cuantía del sueldo mínimo interprofesional Un saludo
Buenas noches Tiene que buscar, donde dice recurso de reposición,y vía económica administrativa, una vez ahí , ha de poner el número de expediente, y en alegaciones ha de poner principalmente , que se trata de una ayuda, no es una devolución de hacienda , que por el decreto ley 9/2015, artículo 4 es inembargable, y que además, no supera la cuantía del sueldo mínimo interprofesional Un saludo
Ok, gracias, creó que lo hice bien, y en el texto como alegaciones puse todo lo que habías dicho, supongo que solo queda esperar, eso se puede después ver en mis expedientes en trámites? Para saber el estado.