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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

17,3K respuestas
Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
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#17536

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Hola ,una duda mi hijo nació el 20/05/2025,tengo 4 hijos el último nació en mayo,y pedí incluirlo en la ayuda de imv pero después de un año,nada de nada se qué suele tardar pero ya a pasado un año y nada,alguien me puede ayudar!gracias
#17537

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Como se ha comentado por acá de tiempo atrás, están tardando mucho tiempo en hacer esas modificaciones... aparte de esperar puedes llamar al 020 a preguntar como está tu tema o acercarte a una oficina de la Seguridad Social y preguntarles, pero tampoco esperes milagros.
#17538

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Ya he llamado y me dicen que vaya a una oficina ya que lo hice por allí,y que ellos me lo mirasen!!voy a ver y coger cita!! Pero están tardando mucho la verdad!!
#17539

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Vale, pues a ver que te dicen en la oficina y espero nos digas algo de lo que te digan que pueda ayudar a otras personas en situaciones similares con tu experiencia... suerte!
#17540

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes actualizo, ayer fuy a otro ayuntamiento diferente y el padron que me dieron al principio esta bien es historico y colectivo aunque en ma cabezera ponga
AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA 
CERTIFICADO HISTÓRICO DE DOMICILIOS
Hoy fuy a la seguridad social y la persona que me atendió me dice que el padrón esta bien que la persona que lo denegó no lo miro bien, pero ella no podía modificar y que fuera a los juzgados.
Le he dicho que me eche uno nuevo y a puesto la referencia del que tengo denegado por si pudieran poner la fecha del primero que solicite.
Lo que no me llego ningún correo para poder ir mirando yo el proceso solamente puedo ver el antiguo.
Un saludo
#17541

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Estamos apañados si los mismos funcionarios de la Seguridad Social que revisan las cosas que piden lo hacen mal 🙆‍♂️

En resumen, que quien te atendió tampoco podía hacer nada y que reclames judicialmente ... y luego dicen que es país va de cine 🙈 y que todo funciona fabulosamente bien 👀
#17542

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Hola! A ver si alguien puede ayudarme.
Yo estoy cobrando el IMV desde el año pasado. Ahora esta semana he hecho la renta ( no me la han mirado ni nada aun, solo la he enviado) y me sale un bruto muy superior al año pasado pero un neto inferior incluso al año pasado .
Alguien sabe si en el caso de los autonomos miran el neto? O si miran el bruto, que pasa si te quedas fuera del rango? Te piden que lo devuelvas en la siguiente renta? O que hagas un ingreso en cuestion de un mes desde que te lo notifican? 
Hracias por la ayuda
#17543

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

El IMV no se declara en el IRPF (es una renta exenta, ergo no debe aparecer salvo que hubieses cobrado más de 1'5 veces el IPREM -que son 12600€ actualmente- que entonces el exceso que supere dichos 12600€ tienes que reflejarlos como ingresos en rendimientos del trabajo).

Siendo autónomo se revisan tus ingresos netos (al menos esa es la teoría según el artículo 20 de la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital).

Si tus ingresos superan el umbral de renta garantizada, se te suspenderá el IMV cuando se te revise (solo IMV, si tienes CAPI asignado, lo seguirás cobrando sin problemas mes a mes), y si al año siguiente tus ingresos siguen superando tu renta garantizada, entonces el IMV se extingue.

Si en los cruces de ingresos detectan se ha cobrado de más en algún periodo anterior (lo sabes porque tu IMV en la revisión de octubre te confirman que es inferior a lo que venías cobrando en enero/febrero/etc.) te lo notifican pasado un par de años y te indican como devolver ese dinero cobrado indebidamente.
#17544

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Hola rite,

Gracias por tu respuesta.

El tema es, siendo autonomos tengo un bruto muy alto, dobla el del año pasado, pero como es compra-vente, el beneficio es poco, y el neto es incluso menor que el del año pasado y me he asustado pensando que mirarian el bruto cuando me miren la eenta de este año y me quitarian el capi por eso ( el imv no lo cobro) y me he agobiado tanto que lo he consultado por aqui, porque seria injusto si miraran el bruto ya que ahi está gastos y todo, lo real en un autonomo es el neto pero buscando info en internwt no me quedaba claro.

Entonces es el neto, verdad? Y  sabrias decirme cuanto es el tope siendo dos adultos y tres menores? Gracias
#17545

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Para 2026, la renta garantizada del IMV para tu unidad de convivencia formada por dos adultos y tres menores son 19367,04 € anuales, más aparte el CAPI cada mes que va en función de las edades de los menores.

Si todos vuestros ingresos del año pasado (trabajo, rentas inmobiliarias, intereses bancarios, ganancias patrimoniales, etc.) no superan dicha cifra de 19367,04€ anuales, tienes derecho a IMV de la diferencia de dichos 19367,04€ menos los ingresos obtenidos el año pasado (además del CAPI, claro), pero si vuestros ingresos superan los citados 19367,04€ no tendrás IMV, pero sí CAPI.

Asimismo, si vuestros ingresos del año pasado superan tres veces vuestra renta garantizada del IMV (hablamos de 58101,12€) en vuestro caso perdéis el CAPI también.
#17546

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Vale, pero entonces, en autonomos miran que la suma del NETO no pase esos 58.000 euros no?
#17547

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

...entonces, en autonomos miran la suma del NETO...  
Es el criterio que dictamina el artículo 20 de la Ley 19/2021 de 20 de diciembre, que define el IMV https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007 pero también te digo aquello de que si lo aplican bien o no, ya es cuestión de mirarlo con lupa cada uno... por ejemplo, el año pasado, metieron bien la pata con las revisiones del IMV en unas simples operaciones de sumas y restas con algunas revisiones del IMV como ya se comentó en www.rankia.com/foros/economia/temas/7043222-errores-calculos-notificaciones-imv-ingreso-minimo-vital?page=1

Si lo quieres más mascadito acá te lo explican mejor https://www.supercontable.com/informacion/laboral/Articulo_20_Ley_19-2021-_de_20_de_diciembre-_por_la_.html

#17548

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Solo con teniendo la capi se puede estar mas de 15 dias en el extranjero? 
Gracias 
#17549

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Sobre las salidas al extranjero cobrando el IMV se ha comentado tiempo atrás varios escenarios (menos de 15 días, de 15 a menos de 90 días y 90 días o más) y, aunque en principio la normativa define comunicar SI o SI cuando sean más de 90 días naturales al año, una consulta reciente profundizando en el tema sintetiza que es conveniente comunicarlo a la Seguridad Social si son 15 días o más como expliqué en www.rankia.com/foros/economia/temas/6006064-viajar-fuera-espana-cobrando-imv-ingreso-minimo-vital?page=3#respuesta_7311122 con un ejemplo.

Resumiendo:
>> salidas al extranjero de menos de 15 días no hace falta comunicar nada.
>> de 15 días a menos de 90 días es conveniente comunicarlo.
>> de 90 días o más es imprescindible comunicarlo.

Siempre hablamos de días naturales por año. La comunicación se puede hacer desde https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Otros+Procedimientos/INSS_2.37 siendo conveniente detallar fechas concretas de salida y regreso a España y si se desea incluso más detalles como el medio de transporte usado, motivo del viaje, etc.
#17550

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Buenos días me acaba de llegar esto