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ritekg5

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ritekg5 07/09/24 20:04
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Yo sí que no entiendo tu pregunta ni planteamiento; por favor, sé más concreta y detalla mejor tu caso para una respuesta más exacta.Y no confundas solicitud inicial del IMV con cambio de empadronamiento después de tener ya el IMV, que son dos cosas distintas y acá ya se ha dicho que el cambio de empadronamiento no afecta al IMV una vez ya lo estás percibiendo, y tan solo hay que comunicar a la Seguridad Social que te cambias de dirección.Añadir a los niños (por motivo de nacimiento o adopción) no paraliza el IMV salvo uno o dos meses tras comunicar dicha variación de datos, ya que se tramita automáticamente un IMV nuevo con otras cuantías superiores por dicho motivo.
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ritekg5 07/09/24 19:52
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Bueno, es un requisito para la solicitud inicial del IMV, como te explican acá en https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/ dentro de BENEFICIARIOS, aunque creo que hay algunas excepciones que se analizan cuando tramitas la solicitud desde https://imv.seg-social.es/ que te van derivando por cada situación en cada paso
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ritekg5 07/09/24 14:04
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
No, no paralizan pagos por eso... solo paralizan pagos cuando cambia la unidad familiar (fallecimientos, nacimientos, nuevas personas empadronadas u otras que abandonan el nido) y lógicamente tienen que variar el importe mensual.
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ritekg5 07/09/24 13:47
Ha respondido al tema Devolución de mensualidades del IMV - Ingreso mínimo vital
En la última modificación legislativa del IMV (la que definió el funcionamiento del sistema de incentivos al empleo del IMV) también metieron mano al proceso de recuperar cobros indebidos en su artículo 6 disposición adicional tercera, definiendo poco más o menos que en los casos en los que la deuda contraída ya sea firme (como es el caso de lo que dice la notificación que ha aportado Estrella más arriba) y se pueda cobrar descontándose hasta el 70% del IMV que se perciba en un máximo de 12 mensualidades, se proceda directamente a NOTIFICAR y APLICAR DICHO MÉTODO que es lo que te ha pasado a ti.Si no pueden cobrárselo de esa forma, te hubiesen enviado una carta como la de Estrella, reclamándote el abono completo de la deuda.
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ritekg5 07/09/24 13:37
Ha respondido al tema Alguien sabría decirme cuando se actualiza subida de ingreso mínimo vital
Para cobrar ya este mes, tienes pocas opciones:- Hacerlo presencialmente en oficina de la Seguridad Social el mismo lunes sin falta porque en unos días cierran nóminas y se emiten las remesas bancarias, o bien autorizar a tu banco a que comunique en tu nombre tu nueva cuenta a la Seguridad Social (que no todos los bancos lo permiten) y sean diligentes en hacerlo.- También puedes bajarte este PDF https://www.seg-social.es/descarga/es/ModifDatosbancarios y, tras cumplimentarlo, remitirlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, pero claro, si no tienes certificado digital o clave permanente no podrás hacerlo.Ya lo de hacerlo a través de https://tramites.seg-social.es/ es otra opción, pero veo que para el IMV te deriva al típico de variaciones https://pssc.seg-social.es/comunicacion-variaciones-imv que no es especialmente rápida e igual te tarda la cosa uno o dos meses en aplicarse.Lo ideal es que no canceles la cuenta vieja hasta que revises que todo está cambiado a la nueva, incluso las devoluciones pendientes de Hacienda y domiciliaciones que tengas por ahí, pero vamos, es solo una recomendación personal.
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ritekg5 07/09/24 11:45
Ha respondido al tema Alguien sabría decirme cuando se actualiza subida de ingreso mínimo vital
La fecha exacta no la saben ni los funcionarios de la Seguridad Social.Aquí hemos barajado que será como en años anteriores; mi apuesta personal es que a partir del 20 de octubre podamos ver ya algunos certificados integrales de prestaciones revisados, con lo que el abono de esas cantidades se produciría en el pago del IMV de finales de noviembre (considerando que la mayoría de bancos adelantan el pago y los abonan el 24-25-26-etc).Otra posibilidad es que, si el cambio de importes (a quien le corresponda, pues no le cambiará a todos, lógicamente) lo vemos en nuestros certificados integrados de prestaciones a primeros de octubre, ese mes ya lo cobraríamos actualizado con las nuevas cantidades a finales del mismo.
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ritekg5 07/09/24 11:32
Ha respondido al tema ¿hay que renovar el certificado de los servicios sociales todos los años? No soy de oficio. - Ingreso mínimo vital
Claro, es una obligación de los Servicios Sociales que (entiendo) harán ellos automáticamente o solicitarán desde Seguridad Social... el beneficiario del IMV no tiene por qué requerir a Servicios Sociales que hagan su trabajo, ya sea de oficio (como pretende ese artículo 22) o a petición de cualquiera de las partes.Que si cada uno que esté en esa necesidad quiere hacer la gestión por su cuenta perfecto, pero por ejemplo si lees el hilo de la RVI verás que eran Servicios Sociales quienes cada año se encargaban de ello, entiendo que sin que mediase petición de los beneficiarios.
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ritekg5 06/09/24 23:26
Ha respondido al tema Devolución de mensualidades del IMV - Ingreso mínimo vital
Exacto, eso es... yo siempre he interpretado que es esa carta última que has recibido con la que ya pides el fraccionamiento... la siguiente "misiva de amor" que te mande la Seguridad Social al respecto de esa deuda ya será con intereses de demora por no haber pagado... al menos así lo he interpretado siempre.
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ritekg5 06/09/24 23:17
Ha respondido al tema IMV aprobado cuatro meses después de solicitarlo. - Ingreso mínimo vital
No, la carta la puedes perder o no recepcionar, pero es lo que te habrá querido mirar el funcionario de turno para dilucidar detalles de tu expediente (importes, si tienes complemento a la infancia, cuantas personas sois de unidad familiar, etc.) por si le preguntabas cosas. Si te aparece en el certificado integral de prestaciones a fecha de hoy mismo, tranquila que cobrarás según te comenté antes (a no ser que estén jugando con los certificados y el lunes ya no te aparezca o cosas así, que tampoco es que sea muy normal)
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ritekg5 06/09/24 22:53
Ha respondido al tema IMV aprobado cuatro meses después de solicitarlo. - Ingreso mínimo vital
Correcto, la notificación es la base de todo, sin ella vas perdido como la persona que te atendió en la Seguridad Social, pero lo más normal es que una vez emiten la notificación a los pocos días te aparezca en el certificado integral de prestaciones, por eso te dije que mirases en las notificaciones telemáticas, sobre todo revisa la pestaña HISTÓRICO yéndote incluso un mes hacia atrás con la opción que te brinda poniendo fechas, porque puede ser que la carta no se haya podido entregar o mil cosas.
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ritekg5 06/09/24 22:38
Ha respondido al tema IMV aprobado cuatro meses después de solicitarlo. - Ingreso mínimo vital
Si te sale ya mismo en el certificado integral de prestaciones, pues casi seguro te ingresen el primer abono del IMV a finales de este mes (el día depende del banco, algunos ingresan el 24, otros el 25, etc. aunque también hay algunas entidades bancarias que no lo hacen así y se esperan al primer día laborable del mes siguiente para ingresártelo en cuenta) pero para mayor seguridad mejor mira en las notificaciones telemáticas https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/NotificacionesTelematicas si tienes algo ahí con los detalles del IMV concedido.
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ritekg5 06/09/24 22:17
Ha respondido al tema Justificante Universidad IMV - Ingreso mínimo vital
Eso es porque (como ya te dije) lo tienes SUSPENDIDO desde el año pasado; tendrás que esperar a la revisión de este año ahora en dos meses, a ver si el cambio de vivienda te lo consideran ya realizado en 2023 (en lugar de hace unos meses ahora en 2024 como realmente ocurrió e hiciste) y, por tanto, te reactivan el IMV o, por el contrario, sigues otro año más en el limbo cobrando solo el complemento a la infancia.Te toca esperar y estar pendiente de notificaciones de la Seguridad Social.
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ritekg5 06/09/24 22:03
Ha respondido al tema Justificante Universidad IMV - Ingreso mínimo vital
Yo solo te explico como funciona el IMV y tan solo debes estar pendiente de recepcionar cualquier notificación que puedan hacerte, ya sea desde la sede electrónica https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/NotificacionesTelematicas o por correo certificado.Si ahora mismo no estás percibiendo IMV es porque ya te lo suspendieron el año pasado y dependiendo de la revisión que harán en dos meses, te lo reactivarán o lo extinguirán; si te lo extinguen podrás volver a solicitarlo con seguridad a partir de junio de 2025, una vez presentada la declaración de la renta, para que tengas confianza en que te miren con los ingresos de este año y no haya problemas.Sí, por el contrario, ahora estás percibiendo el IMV y en la revisión actual detectan que tienen que suspendértelo, te lo dejarán a cero un año desde noviembre 2024 y en todo caso el año que viene en noviembre te lo reactivarían si cumples los requisitos.Así funciona la cosa, es lo único que puedo decirte.
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ritekg5 06/09/24 21:12
Ha respondido al tema Justificante Universidad IMV - Ingreso mínimo vital
El IMV nunca se extingue de primeras; si la Seguridad Social detecta que se incumplen los requisitos o umbrales de renta para percibirlo, pues se SUSPENDE durante un año el mismo en la revisión anual que hacen a finales de octubre / noviembre, y, si transcurrido un año de dicho suceso (durante la siguiente revisión anual con la última declaración de la renta de nuevo en octubre / diciembre) se vuelven a incumplir los requisitos o umbrales de renta ya es cuando se extingue el derecho al IMV.
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ritekg5 06/09/24 20:43
Ha respondido al tema Devolución de mensualidades del IMV - Ingreso mínimo vital
No sé muy bien que te han dicho, pero la "tercera carta" te llegaría en unos meses cuando vean que no has pagado y llevará un RECARGO por impago, o al menos yo eso tengo entendido, aunque me puedo equivocar; convoco a @luisvaz10 por si pudiera arrojarte información al respecto.Para mí, es esa segunda carta última que has recibido (donde te solicitan el ingreso completo de la deuda) con la que ya puedes solicitar el fraccionamiento en mensualidades de la deuda. pero vamos, que si alguien puede arrojar más información perfecto, porque como digo tenía entendido que la tercera carta ya es la reclamación de la deuda con recargo.
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