Puedes dejar de cobrar un mes cuando se ponen ya con el expediente a hacerte el cambio, pero no siempre ocurre que acontezca... lo que ocurre es que puedes mandar la documentación en enero 2026 y la Seguridad Social ponerse a hacer el ajuste pasado un año por ejemplo, y si coincide que paran tu IMV para hacer el ajuste poco antes de emitir las nóminas, pues ya para ese mes no cobras ni el IMV "viejo" ni el IMV "nuevo" porque tu nómina se queda para el mes siguiente que cobrarás "el mes" más el mes anterior ¿comprendes?
Lo que de verdad es de traca es que se tiren uno o dos años para añadirte el bebe, eso si.