Ya estas en el taller.....!!! Pídeles la factura y que te sellen la garantía, no vaya a ser que te hayan puesto una pieza del desguace. Je,Je;Je. Compañero, espero que sea leve y te recuperes pronto.....Animo chaval, que España no puede, pero tu si.....!!!
Hola, tengo una duda sobre los depósitos portugueses en los que se indica: "Sin retencion de impuestos". ¿Eso significa que no hay que declarar nada a hacienda una vez cobres los interesés?. Muchas gracias por vuestra ayuda. Javier.
Los intereses siempre se declaran a hacienda: Los bancos con IBAN español, aplican la retención fiscal y cuando haces la declaracion de la renta, los datos ya aparecen en el borrador y no hay que hacer nada. Los bancos que no tienes IBAN español, no aplican la retención fiscal y cuando haces la declaracion de la renta los datos no aparecen en el borrador y tienes que introducirlos tu.
Los bancos portugueses aplican una retención estándar de un 28%, pero existe la posibilidad de reducir esta retención hasta el 15%. Para reducir la retención de impuestos, debe presentarse un certificado de residencia fiscal con convenio para Portugal expedido por la Agencia Tributaria. De esta manera si en Portugal te retienen el 15%, cuando hagas la declaracion de la renta en España solamente te retendrán el 4% restante hasta completar el 19% que es la retención que se aplica en España.
Pero creo que ya me han respondido en otro post: Que si el IBAN es español, entonces ya vienen incluidos los intereres y no hay que hacer nada y si no lo es, los tendría que incluir yo. De todas maneras, me surge otra duda: Si los intereses no superan un % (que ahora no recuerdo cual es), tenía entendido que no hay que declararlos en la declaración de hacienda, porque ya te los descuentan directamente al liquidarte los intereses, ¿No?. Disculpadme si os parecen dudas "un poco "ontas", pero es que soy nuevo en este mundo. Muchas gracias y un saludo. Javier. Pd: Por cierto, he dicho Portugal y quería decir Italia. Sorry...
En los bancos que no tienen iban español, y en concreto los italianos a los que tu te refieres, no aplican ninguna retención fiscal, y si no aplican ninguna retención fiscal es imposible que te descuenten nada, tienes que declararlos para que te apliquen la retención fiscal correspondiente.
En los bancos italianos tienes que ser tú el que ponga el importe de los intereses en la casilla 27 de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio en que los recibas
Os cuento cómo va el tema del depósito en Haitong. Como os dije ayer tarde en cuanto ingresó el dinero en Raisin enviaron la solicitud a Haitong y de hecho a la noche tenía un correo en el que me lo comunicaban. A esta hora todavía no lo han constituido y todavía indica la cantidad...es decir que no aparece los "ceros" en ambos sitios