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¿Compatibilidad de Prestación Contributiva con Trading recurrente de capital propio? Dudas sobre "habitualidad"
Hola a todos,
Tengo una duda específica sobre la compatibilidad de la prestación por desempleo (el paro) con el trading intradía y me gustaría conocer vuestra opinión o experiencias previas.
Mi situación es la siguiente: Acabo de ser despedido y voy a solicitar la prestación contributiva (tengo más de un año cotizado). Soy programador informático y sigo buscando empleo activamente de lo mío. Sin embargo, en mis ratos libres hago trading con capital propio.
Mis dudas surgen por lo siguiente:
- Volumen de operaciones: Hago una media de 40-50 operaciones de compra/venta al mes.
- Ingresos: Mis beneficios brutos medios por el trading rondan los 1.500 € - 2.500 € mensuales.
- Dedicación: Le dedico unas 4 horas al día.
Sé que para los subsidios hay un límite de rentas (75% del SMI), pero al ser prestación contributiva entiendo que ese límite no aplica. Mi miedo real es que el SEPE o la Seguridad Social detecten esta recurrencia a través de los datos de Hacienda y consideren que estoy realizando una "actividad profesional habitual" (lo que exigiría alta en autónomos) en lugar de una simple gestión de patrimonio personal.
Mis preguntas son:
- ¿Alguien ha tenido problemas con el SEPE por tener ganancias patrimoniales recurrentes mientras cobraba la contributiva?
- ¿Esas 50 operaciones mensuales podrían ser calificadas como 'actividad económica' aunque no gestione dinero de terceros?
- ¿Cómo debería declarar estos ingresos en la 'declaración responsable de rentas' que pide el formulario de presolicitud del SEPE sin levantar banderas rojas innecesarias?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.