Hola buenas chicos, me sumo al post, y por aportar algo. Tengo entendido que si las acciones son fraccionadas, no pueden estar a nuestro nombre. Ahora bien, es posible tener alguna al contado si tenemos invertido un valor superior al de la propia acción?
Creo que lo mejor es hablar con un gestor u hacienda, etoro no va a meterse en estos temas, parece vaya...
Honestamente para mi es un coñazo, tengo como 130 operaciones abiertas, y además no tengo forma de ver cuanto era el flotante de cada acción a 31 Dic, porque el extracto de cuenta solo muestra lo abierto y lo cerrado. Luego sumale el coñazo de buscar el ISIN uno por uno, y seleccionar el tipo de entidad que es cada una. Madre mía, llego a saberlo y cierro todo el 31 Dic como aconsejan en algún que otro blog.
Aparte me parece que es algo que se está intentando impugnar ante los tribunales europeos, la comisión critica esas sanciones por “desproporcionadas”, que cargan contra todo el sistema alegando que supone vulnerar cuatro libertades comunitarias y poner coto al espacio económico europeo.
No lo entiendo la verdad, podrían ser más claros. Yo siempre procuro hacer las cosas bien, pero es tan confuso que me planteo pasar del tema, al final, como lo van a saber, si tenía o no posiciones abiertas el 31, si no lo encuentro ni yo.
Un saludo