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¿Hacia dónde vas, URBAS?

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¿Hacia dónde vas, URBAS?
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¿Hacia dónde vas, URBAS?
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#781

Convocatoria Junta General Ordinaria de Urbas (29 y 30 de junio)

Convocatoria Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Urbas Grupo Financiero, S.A.

1ª convocatoria: viernes 29 de junio (11:00h)

2ª convocatoria: sábado 30 de junio (11:00h)

Lugar: Salón de Actos del Palacio de la Bolsa, Plaza de la Lealtad, 1. 28014 Madrid

Orden del día (puntos clave)

  • Examen y aprobación de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Urbas Grupo Financiero, S.A. y de su Grupo Consolidado, así como de la propuesta de aplicación de resultados y de la gestión social, todo ello referido al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2017.

  • Ampliar, si procede, el capital social de la Compañía hasta la cifra máxima de 2.198.705,17 €, mediante compensación de créditos que cumplan los requisitos previstos en el art. 301.1 de la Ley de Sociedades de Capital, con estricta sujeción a las condiciones aprobadas, delegándose en el Consejo de Administración la facultad de ejecución del aumento de capital acordado durante un periodo máximo de doce meses a partir de la fecha de aprobación, determinando para ello la fecha de efectiva ampliación por compensación en una o varias fechas, mediante el otorgamiento de las oportunas escritura publicas de ampliación de capital.

  • Reelección y nombramiento, si procede, de la compañía ROBISCO INVESTMENT, S.L, como nuevo miembro del Consejo de Administración, con el carácter de dominical.

  • Reelección y nombramiento, si procede, de la mercantil QUAMTIUM VENTURE S.L., como nuevo miembro del Consejo de Administración, con el carácter de dominical.

  • Nombramiento, si procede de D. ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO, D. PABLO COBO DEL MORAL y D. IGNACIO SÁENZ DE SANTA MARÍA VIERNA, con el carácter de independiente, como nuevos miembros del Consejo de Administración ocupando las vacantes existentes.

Para más información, podéis ver la convocatoria completa mediante la CMNV o en su propia web.

#782

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

Buenos días.

A quienes seguís este valor, que puede significar, en la práctica, ese aumento de capital? La disolución del valor de las acciones que ya es de 0,01 las sacará del mercado continuo? Como otros muchos estoy pillado en este valor, entré en el, con ánimo de especular, y no supe salir a tiempo. Evidentemente asumo la perdida, pero las voy vendiendo poco a poco para compensar ganancias de otros valores. Si salen del mercado continuo venderlas sería mas dificil, no?

 

 

#784

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

hola, URBAS lleva más de 2 meses cotizando a 0,01€ sin moverse ni una milésima. Por encima está topada con el hecho de que hay decenas de millones de acciones a la venta en 0,01€ y no se ejecutan, solo unas pocas cada día. Muchos días unos cientos de euros o unos pocos miles. Por debajo están topadas por las reglas del SIBE que no permiten cotizar por debajo de 0,01€. 

Por tanto ten en cuenta que si esta limitación no existiera, URBAS cotizaría claramente por debajo de 0,01€.

Si yo tuviera acciones de esta empresa hace un par de meses como muy tarde que habría puesto una orden limitada de venta a 0,01€ con una duración lo más larga que me permtiera el broker (varios meses). Y a rezar para que los 50 o 70 millones de acciones que están a la venta antes que las tuyas se vayan vendiendo.

Todo esto que te cuento ya lo sabe casi todo el mundo, de ahí el hecho de que el volumen se haya secado, que haya muchas más órdenes de venta que de compra y que las de venta sean mucho más grandes que las de compra, que lleven más de 2 meses con la cotización bloqueada en 0,01€, etc...

Y aparte de todo lo comentado y que amplían capital cada dos por tres para compensar deudas, están pendientes de entrar a cotizar las chorrocientos mil millones de acciones desde hace un par de años. Y que la CNMV les ha exigido que hagan un contrasplit antes de que entren a cotizar. Y lógicamente URBAS no quiere porque se les acabaría el chollo de pagar deuda con acciones a 0,01€, que aunque parezca poco es muchísimo para la empresa que es y el enorme volumen de acciones que tiene, aunque no estén cotizando la mayoría. En Vértice360 recientemente ha pasado algo parecido.

Mucha suerte.

#785

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

Si quieres venderlas mejor a mercado que son siempre las primeras que se venden o se compran,el mayor problema actualmente de urbas es que está inmersa en un juicio ,en teoría por sobrevaloracion de los activos de alza,me da que hasta que no dictamine el juez poco que hacer,así que a esperar y que la suerte acompañe.

#787

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

yo no quiero venderlas porque no las tengo, contestaba a otro forero

#788

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

AL FIN!!!! 

http://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/9310331/08/18/La-Bolsa-terminara-con-el-bloqueo-de-Abengoa-Vertice-360-y-Urbas-reduciendo-el-precio-minimo-de-cotizacion.html

A petición de la CNMV, Bolsas y Mercados Españoles (BME) ha anunciado que decidido reducir a 0,001 euros el precio mínimo de cotización de las acciones desde los 0,01 euros actuales. El cambio se comenzará a implementar desde el 6 agosto pero no será hasta el 28 de septiembre cuando se haga oficial. Actualmente, los títulos de Abengoa, Vértice 360 y Urbas se encuentran bloqueados en 0,01 euros.

El 28 de septiembre se resuelve la farsa de Urbas cotizando a 0,01€ y podrá seguir bajando hasta un 90% más. ¡Ya era hora!

#790

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

TOD@S A ESCRIBIR AL TRIBUNAL DE JUSTÍCIA DE LA UNIÓN EUROPEA

https://curia.europa.eu/jcms/jcms/T5_5133/es/ OS PONGO MI ESCRITO:

AYUDA URGENTE POR FAVOR.

Hola, buenos días. El BME y la CNMV quieren incumplir normativa europea Mifid europea. Quieren poner a cotizar acciones de la bolsa española a peniques 0,0010€, moneda que no existe en la zona euro y lo hace de manera incorrecta a través de un aviso   https://twitter.com/search?f=tweets&vertical=default&q=vertice360&src=typd.
Eso es ilegal. Lo dice bien claro la normativa que EL PRECIO MINIMO POR VALOR SERA DE 0,01 EUROS : VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN (TICK) 

Conforme al Reglamento Delegado (UE) 2017/588 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados, los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de cotización que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. 

También incumplen el punto 5.7 de la Circular 1/2017 de Sociedad de Bolsas Española, que pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. Por lo que les ruego que procedan de oficio a impugnar ese aviso para que no puedan hacerlo y sancionar al Gobierno de España, al BME y a la CNMV por incumplimiento grave de la normativa europea Mifid. En ningún país de la Unión Europea pasa esto, por lo que esto se podría denunciar en varios tribunales españoles y europeos, hasta se podría reclamar en el Tribunal de Derechos Humanos. 

Es que la CNMV y el BME no tienen corazón, hay muchos foros de gente arruinada que está al borde del suicidio por culpa de ellos. El BME y la CNMV lo hacen, presuntamente por forrarse cobrando muchos más canones de bolsa y por estar supuestamente pagados por fondos buitres bajistas. Muchas gracias de antemano. Saludos cordiales.

He inundado a mensajes los emails del BME  [email protected]
[email protected]
[email protected]
Aunque también estaría bien inundarles su twitter de mensajes    https://twitter.com/GrupoBME
Podrán haber ganado la primera batalla, pero no han ganado la guerra. Les derrotaremos. 

#791

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

CONTESTACIÓN TRIBUNAL DE JUSTÍCIA DE LA UNIÓN EUROPEA RESPUESTA A: AYUDA URGENTE POR FAVOR (BME Y CNMV) Agradezco su correo electrónico de hoy, 3 de agosto, y le comunico que ha sido remitido a la Unidad de Prensa e Información del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, encargada de suministrar información acerca del funcionamiento y la composición de dicho Tribunal.

Es mi deber poner en su conocimiento que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no puede dar curso a una denuncia dirigida directamente por un particular contra otra persona (física o jurídica -en su caso, el BME y la CNMV) o contra un Estado Miembro. Los ciudadanos sólo pueden impugnar directamente, ante el Tribunal General, una decisión adoptada por una institución, un órgano o un organismo de la Unión Europea de la que sean destinatarios o que les afecte directa e individualmente (como, por ejemplo, una decisión de la Comisión que impone una multa a una empresa), o  un acto reglamentario de la Unión que les afecte directamente y que no incluya medidas de ejecución. Me temo que no es su caso.
 
Lo único que puedo decirle es que, en caso de que un individuo considere que un Estado miembro ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Derecho de la Unión Europea, puede  presentar una denuncia ante la Comisión Europea. Ésta  examina la denuncia y, si la considera fundada, inicia un procedimiento por el que se requiere al Estado miembro para que responda a las imputaciones. Si tras este procedimiento el Estado miembro no pone fin al incumplimiento, la Comisión puede interponer ante el Tribunal de Justicia un recurso por vulneración del Derecho de la Unión Europea. Si el Tribunal de Justicia declara que se ha producido un incumplimiento, el Estado de que se trate está obligado a adoptar sin demora las medidas necesarias para ponerle fin. Si después de serle sometido de nuevo el asunto por la Comisión el Tribunal de Justicia reconoce que el Estado miembro de que se trate no ha cumplido su sentencia, podrá imponerle el pago de una cantidad a tanto alzado o de una multa coercitiva (no obstante, hay casos en los que el Tribunal de Justicia puede imponer sanciones pecuniarias desde el momento de la primera sentencia por incumplimiento, sin que sea necesaria una segunda sentencia).
 
Para más información acerca de cómo  presentar una demanda ante la Comisión, consulte la página web: https://ec.europa.eu/info/about-european-union/problems-and-complaints/how-make-complaint-eu-level/submit-complaint_es
y https://ec.europa.eu/assets/sg/report-a-breach/complaints_es/. También puede ponerse en contacto con la Representación de la Comisión en España, que podrá suministrarle detalles adicionales (para más información y detalles de contacto de las Representaciones de la Comisión en los Países Miembros, consulte la web: http://ec.europa.eu/spain/index_es.htm).
 
 Atentamente, 
 

Miembro del gabinete de prensa
Unidad de Prensa e Información
Célula España, Portugal y América Latina
Dirección de Comunicación
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
L-2925 Luxemburgo
Tel : (+352) 4303 3667

#792

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

SOLUCIONADO ¿Cómo derrotar al BME? Buenas noches amig@s de Urbas.   https://www.esma.europa.eu/about-esma/esma-in-short/complaints            

QUEJA SOBRE UNA AUTORIDAD NACIONAL COMPETENTE Utilizando el Formulario de reclamo de la autoridad nacional competente https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/form_to_be_completed_for_submission_of_request_to_investigate_nca_under_article_17_of_esma_regulation-1.docx

Enviarlo rellenado al email   [email protected]  Yo ya lo he enviado. Muchísima suerte a tod@s.

#793

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

¿CÓMO RELLENAR LA QUEJA EN LA ESMA? ESMA ES LA MÁXIMA AUTORIDAD BURSATIL DE EUROPA, ESMA PUEDE SANCIONAR A LA CNMV POR NO CUMPLIR LAS LEYES EUROPEAS. CASILLA 1: Poner nombre y apellido

CASILLA 2: Poner quién os representa

CASILLA 3: Dirección

CASILLA 4: Telefono/fax/e-mail

CASILLA 5: BME (Bolsas y Mercados Españoles)  Palacio de la Bolsa, Plaza de la Lealtad número 1, 28014 Madrid,España  CIF A83246314

CASILLA 6: Yo he puesto lo siguiente:  “REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados”

CASILLA 7: Yo he puesto lo siguiente:  “VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN (TICK). Conforme al Reglamento Delegado (UE) 2017/588 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados, los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de cotización que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros.  Es ILEGAL querer bajar de 0,010 a 0,0010 el precio mínimo de las acciones. El BOE publica la  Directiva Europea que he citado: Variación mínima de cotización de las acciones, recibos de depositario y fondos cotizados : (Artículo 49, apartados 1 y 2, de la Directiva 2014/65/UE)  El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2016. Por la Comisión El Presidente Jean-Claude JUNCKER https://www.boe.es/doue/2017/087/L00411-00416.pdf   También incumplen el punto 5.7 de la Circular 1/2017 de Sociedad de Bolsas Española, que pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones.   http://www.bolsamadrid.es/docs/regula/SBolsas/esp/circulares/2017/Circular_1-2017_normas_funcionamiento_SIBE.pdf

5.7. Variación mínima de precios Los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de precios que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. Incumplen queriendo bajar de 0,010 a 0,0010.  Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica.     

Según el Reglamento delegado (UE) 2017/588 de la Comisión de 14 de Julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE en lo que respecta a las normas técnicas de regulación referidas al régimen de VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN APLICABLE A LAS ACCIONES, en vigor desde el 3 de enero de 2018, es ILEGAL la reciente implantación por la empresa BME  de los 4 decimales. Los 4 decimales implican variaciones INFERIORES A LAS MÍNIMA entre dos  niveles de precio de órdenes tramitadas.  Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica.     

Al margen de su improcedencia manifiesto que contraviene la directiva europea cuyo plazo de transposición a la legislación  nacional ha vencido con creces y su aplicación es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO. El artículo 93 de la propia Directiva 2014/65/UE, fija el plazo máximo de entrada en vigor en los Estados miembros del Reglamento que la desarrolla en la fecha límite del 3 de enero de 2017. Luego es un  Reglamento VIGENTE y de OBLIGADO CUMPLIMIENTO en todo el territorio español, independientemente de la naturaleza jurídica del organismo regulador. “

CASILLA 8: Yo he puesto lo siguiente:  “Reclamaciones al BME por email, teléfono, burofax, cartas certificadas, etc.”

CASILLA 9: Yo he puesto lo siguiente:  “BME no me ha proporcionado ninguna  referencia asignada a las reclamaciones que le he hecho. ”

CASILLA 10: Yo he puesto lo siguiente:  “ http://www.bmerv.es/docs/regula/SBolsas/esp/avisos/2018/AVISO_LOTES_CONTRATACION_20180730.pdf Mi reclamación se basa en el aviso del BME, en el que dice que bajará a partir del 28 de setiembre el precio mínimo de las acciones de bolsa de 0,010 a 0,0010, es decir de un centimo de euro a peniques que no existe en ningún país de la zona euro ni de la Unión Europea. Además incumple el REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados”

CASILLA 11: Si queréis que Esma difunda vuestros datos como reclamantes a la BME ponéis una equis mayúscula en la primera, si no lo queréis ponéis una equis mayúscula en la segunda.

 

CASILLA 12: Tenéis que poner el lugar , la fecha y la firma. Yo he puesto la firma escaneando en grande una firma mía y después dando desde ese documento control c, control v a la hoja de la queja.

#794

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

Yo ya he puesto la queja. A ver si sirve para algo. Suuerte.

#795

Re: ¿Hacia dónde vas, URBAS?

Hola, buenas tardes. ¡Muy bien, mucha suerte! Saludos cordiales.

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