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Abengoa levanta el vuelo

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Abengoa levanta el vuelo
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Abengoa levanta el vuelo
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#75097

Re: Abengoa levanta el vuelo

Seguro que soy un pesado y no estoy atento a las indicaciones, pero a la hora de rellenar la autorización , no se que poner en el nombre en "Autorizo a: " así como el DNI o documento de la persona a la que se autoriza. Por otro lado, la fecha de la autorización. Espero su respuesta. 
#75098

Re: Abengoa levanta el vuelo

Buenos días DJcalme

Te comento, no te preocupes.

Haces la transferencia de 30€ a esta cuenta corriente bancaria, (en concepto de: adabengoa373):

ES02 1465 0100 9220 5930 8878
 
Me remites un email a [email protected]

Entonces, ya sabré tu correo electrónico, donde enviarte el modelo de autorización,
con mi nombre y DNI ya incluido. Lo imprimes, rellenas y firmas, además del resto de documentación que detallo:
 
DOCUMENTACIÓN:

Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:

1) identidad de éstos : Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.
2) participación que ostentan en el capital social. (copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean).

3) autorización firmada por tí con tus datos personales. Yo pondré la fecha más adelante, para tod@s.

Envías el papeleo, es decir, documentos N.º 1-2-3, al apartado de correos siguiente, por correo postal  y yo acusaré recibo de ello, en tu email.

Apartado de correos 101
03770 El Verger
Alicante
 
 Cualquier duda, me contactas a través del email habilitado anterior  [email protected] , o asimismo, en el foro.
 
Gracias por sumarte a la petición.

Salud!



#75099

Re: Abengoa levanta el vuelo

Ya he realizado el ingreso y te he mandado el resguardo por correo electrónico.

#75100

Re: Abengoa levanta el vuelo

Hola, tengo un ingreso realizado, creo que es el tuyo.

Sin embargo, no me ha llegado ningún resguardo de ello, al correo electrónico habilitado para nuestra solicitud:

 [email protected]

Compruébalo, por favor, y ya me dices.




#75101

Re: Abengoa levanta el vuelo

Acabo de repetirlo.
#75102

Re: Abengoa levanta el vuelo

Ok, recibido y comprobado. 
Ahora te voy a enviar la autorización a tu email.

Gracias.
#75103

Re: Abengoa levanta el vuelo

 
Buenas tardes, compañer@s accionistas.

Una vez que el gobierno nos ha respondido, hay que actuar, es decir, iniciar la recogida de documentación para acreditar quienes somos, cuantas acciones tenemos y entregarla al ministerio de economía como ya os he indicado y transmitido en este foro y en change.org
 
Iª parte:

2ª parte:
https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true

1240 personas hemos firmado hasta el momento y subiendo....

Lo relevante es que el gobierno se ha hecho eco de nuestra solicitud, (con la ayuda del Defensor del Pueblo), lo cual acredita que el art. 373 de la ley de sociedades está vigente y es aplicable.

Los que iniciaron acciones legales pueden asimismo sumarse a la solicitud, ambas actuaciones son compatibles y en nada excluyentes.
 
CÓMO PROCEDER:

Para llevar a efecto lo que perseguimos en la susodicha petición, os solicito fotocopia de lo indicado en puntos 1 - 2- 3 siguientes, que hay que enviar al apartado de correos:

Apartado de correos 101
03770 El Verger
Alicante



DOCUMENTACIÓN:

Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto:

1) Fotocopia documento nacional de identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir
2) participación que se ostenta en el capital social: copia cuenta de valores con el extracto de participaciones/acciones que se posean, donde conste vuestra titularidad.
3) autorización firmada con mi identificación, obviamente.
(os confecciono un texto que copio más abajo)
La completáis y firmáis; no pongáis la fecha, ya lo haré yo en su momento.
Os la mandaré a vuestro correo electrónico, a los que ya habéis pagado. Hay que hacer solamente, una aportación económica de 30€, a esta cuenta corriente bancaria, en concepto de: adabengoa373.

ES02 1465 0100 9220 5930 8878

Una vez reciba toda la documentación (1+2+3), os acusaré recibo de la misma en vuestro correo email, para una mayor certeza y tranquilidad de tod@s.

Por lo que respecta a la "exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima"; yo me encargaré de redactarla, sin perjuicio de que me enviéis, bienvenidos sean, cualesquiera comentarios a la misma que incluiríamos. 
 
Cualquier duda, comentario, comunicación, me contactáis a través de este foro, o por el email habilitado:


____________________________________________________________________________________

 D. Dña.                                                          con D.N.I./N.I.F. : 
(autorizante) 


AUTORIZO a: 


D.                                                                    con D.N.I. /N.I.F. 
(autorizado representante) 


a solicitar al Gobierno la continuación de la sociedad anónima ABENGOA, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, 

y a entregar la documentación que a continuación se detalla, tal y como se nos requirió desde la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, mediante email de 25/9/2023, dirigido al correo electrónico de mi representante, habiéndose firmado por APP, del Área de Información, S. G. de Comunicación, del antiguo Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


1º) Acreditación fehaciente que la solicitud se suscribe por accionistas de la sociedad anónima que representan una quinta parte del capital social, justificando debidamente tanto la identidad de éstos como la participación que ostentan en el capital social. 

2º) Exposición las razones de conveniencia para la economía nacional o para el interés social que, en criterio de esos accionistas, fundamentan la solicitud de continuación de la sociedad anónima. 
En orden a la economía procesal del procedimiento, dichas razones, que suscribo, acepto y a las que me adhiero, se presentan a través de mi representante autorizado en documento aparte. 


Y para que conste y surta efecto, firmamos la presente. 

En Madrid, a_______de______________________de__________ 



Firma del autorizante 



Firma del autorizado 

__________________________________________________________________________________

  
 
"Y hazlo entregado a eso y en solidaridad con los demás, porque sin los demás, no somos nadie...." 

Salud!

#75104

Re: Abengoa levanta el vuelo

Buenos días Pardillo 619

Soy un afectado por la suspensión de cotización de ABENGOA. Al navegar por Internet sobre este asunto recalé en el foro de Rankia y me pareció muy interesante la labor que está desarrollando en favor de los afectados por la desaparición de esta empresa. Antes de inscribirme en la lucha por los derechos de los pequeños accionistas, quisiera que me aclarara algunas dudas que me han surgido sobre este asunto:

1-    ¿Ya se ha alcanzado la 5ª parte del capital social? ¿Qué porcentaje del capital representan los ahora inscritos (1200 aproximadamente)?
2-    ¿Hay antecedentes de que por aplicación del art. 373 del RDL 1/2010 texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se haya compensado a los accionistas por la liquidación de la empresa desaparecida?
3-    En el caso de que resultaran positivas las acciones que se pretenden llevar a cabo para la defensa de los pequeños accionistas ¿a cuánto ascendería (más o menos) el resarcimiento que obtendríamos los recurrentes)
4-    ¿Cuáles son las previsiones temporales de resolución de este conflicto, (1 – 3 – 6 años…)?
5-    Dependiendo de las respuestas a las preguntas anteriores ¿No sería más rápido e interesante económicamente intentar la venta de las acciones entre particulares, incluso entre nosotros mismos como afectados, por un importe ridículo (50€ por venta y compra de los paquetes de acciones) y así poder aflorar las pérdidas generadas que podríamos compensar con otras ganancias en estos conceptos, en la declaración del IRPF correspondiente?
6-    Si el Estado, siendo uno de los mayores accionistas de Abengoa no ha hecho valer su poder aplicando el art. 373 antes mencionado ¿por qué lo va a hacer ahora?
7-    ¿Cuáles son las diferencias principales entre la propuesta que Ud. lidera y la de los bufetes de abogados que también pugnan por luchar para resarcir a los afectados? Ya sabemos que Ud. lo hace altruistamente y los bufetes, previo pago inicial y si la cosa al final sale bien con una mordida sobre lo obtenido.

Bueno no quiero cansarle más con las dudas que tengo. Le agradezco enormemente la labor que está desarrollando para la defensa de nuestros intereses.

Un cordial saludo