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Lo primero, esto NO es un consultorio sino una conversación entre inversores habituales en la que los ya iniciados en el negocio de las subastas hablamos sobre nuestras cosas, intercambiamos buenas y malas experiencias y opinamos sobre algunas de las subastas en curso.

Las consultas básicas sobre las subastas en general y sobre cualquier subasta en particular NO son bienvenidas.

Porque esto NO es una escuela de primaria de subastas.

Ni aquí queremos darle munición a los paracaidistas para competir en subastas con inversores ya iniciados que luchan con sus propias armas.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Y por último, como medida de precaución para que nadie tenga la tentación de utilizar este chat como medio para resolver sus dudas particulares, voy a proponer una única regla básica:

Que todo lo que se comente sobre cualquier subasta en curso tenga que ser aportando el código de la subasta. 

Jejeje, un pequeño misil en la línea de flotación de quien esté investigando su particular El Dorado.

Iniciemos la conversación.

 

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  1. en respuesta a alexon1234
    -
    Top 100
    #1520
    23/10/18 11:46

    Si realmente quieres aprender más tendrás que dedicarle tiempo y rascarte el bolsillo:
    https://subastanomics.com/triunfa-con-las-subastas/

  2. Nuevo
    #1519
    23/10/18 11:10

    Buenas,
    Estoy interesado en las subastas de inmuebles, teneis algun link o sitio donde se pueda aprender mas sobre esto?
    Muchas gracias

  3. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #1518
    22/10/18 23:02

    Este es un banco o un fondo de inversión. Hasta ahora no sabían ni lo que tenían. Y a mi me han llegado a vender pisos vacíos que ellos creían que estaban okupados. Últimamente se está poniendo de moda cuando han formado un lote que van a vender, hacerle una ficha a cada activo para comprobar su situación real antes de aceptar la oferta del lote. Están aprendiendo, los pillines.

  4. #1517
    22/10/18 22:23

    La delegación de Baleares de la asociación de subasteros está contratando personal y yo sin enterarme!:

    https://www.infojobs.net/palma-de-mallorca/gestor-informes-presenciales-quot-menorca-ibiza-quot/of-i81077d06114c128a31da3a59ef854c

  5. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #1516
    22/10/18 19:37

    Completamente de acuerdo con Jotaerre.

    Pero en cuanto a la pregunta de Goroan sobre si tendrá problemas con la inscripción, decirle que lo que nos ha contado y nada es lo mismo. Asusta ver lo asustado que está por apenas nada. Siempre que lo que nos ha contado sea una radiografía exacta de la realidad, algo que no suele ser así porque ya nos tienen acostumbrados a una primera intervención bastante enredada y que luego van aclarando en sucesivos comentarios según le vamos tirando de la lengua.

    Por este motivo, opino que si están tan asustado, Goroan, te leas la siguiente sección: https://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/3825152-colaboradores-lujo-blog

    y en un alarde de despìlfarro contrates a Jotaerre para un pequeño intercambio de correos que te aclaren la situación.

    Te comento esto solo por lo apurado que parece que estás. Porque si te estás pensando si rematar o quebrar una subasta judicial digo yo que estarás acojonado. Yo lo estaría. Y las pocas veces en que he estado en esa situación he gastado lo que hiciera falta en buscar un buen asesoramiento.

  6. en respuesta a Goroan
    -
    #1515
    22/10/18 19:29

    Hola, Goroan, la inscripción es consecuencia directa de la certificación de cargas, y todo lo que haya tras esa fecha se cancela.
    Digamos que es como si se congelara el tiempo desde la fecha de esa certificación, pendiente de que finalice la ejecución.
    Saludos,

  7. en respuesta a Hotwu
    -
    #1514
    22/10/18 19:26

    Es que Goroan ha dicho "compraventa particular", que no necesariamente significa "contrato privado anterior a la hipoteca y elevado a público luego", y, aunque así hubiera sido, se siente, pero se come la hipoteca, su ejecución y consecuente cancelación de su inscripción, porque se deduce que es posterior a la certificación de cargas.
    Aparte de que, si al registrar ves que hay un embargo posterior a tu título y no presentas en plazo una tercería de dominio, se acabó lo que se daba.
    Y la LEC ya contempla esa figura, la del "tercer poseedor" (el que compra pendiente la ejecución), y sus posibilidades de pagar la deuda.
    Así que el Registrador solo puede liarlo si se le ocurre acordarse de las RDGRN contrarias a la Sentencia "San Fermín" que, en todo caso, no es aplicable a las hipotecas porque no caducan como los embargos.
    Saludos,

  8. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1513
    Hotwu
    22/10/18 19:18

    No me refería a que defienda que alguien intente alegar indefensión (ad infinitum) por el hecho de tener un contrato anterior a la misma, sino que el que inscribe se subrroga en la posición del inmueble (ejecución incluida), en el momento de elevar a público y registrar su compra - venta, salvo claro está, la inscripción de la misma por compra-venta judicial y su correspondiente cancelación de cargas posteriores por efecto de la ejecución.

  9. en respuesta a Goroan
    -
    #1512
    Hotwu
    22/10/18 19:17

    Creo que esa cuestión quien mejor te la va a resolver, es el registrador de turno del registro en cuestión. Pide cita con el y planteale el caso.

  10. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1511
    22/10/18 19:05

    Hola Jotaerre, perdona mi ignorancia pero entonces si pago el resto cuando me den el decreto de adjudicación no tendré problemas a la hora de inscribirlo?

  11. en respuesta a Hotwu
    -
    #1510
    22/10/18 18:50

    Claro que sí, tu teoría llevaría al absurdo de que se pudiera vender hasta el infinito la finca, y cada comprador alegar indefensión...

  12. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1509
    Hotwu
    22/10/18 18:46

    Entiendo que al pedir la certificación, que confirmaba al ejecutado, se anotó con la misma la ejecución en el registro. Solo queda que alguien elevase a público un contrato de compra-venta anterior a dicha ejecución, pero claro está la ejecución seguiría en vigor . ¿ O no es posible ?

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #1508
    Hotwu
    22/10/18 18:41

    A parte de sembrar el dinero, tienes que regar con mimo tus conocimientos legales, y de la materia (hay por ahí un curso en la materia bastante riguroso), procurarte un buen exterminador de plagas (AKA abogado especializado), y cruzar los dedos, para que los tiempos judiciales, no te arruinen la cosecha. Además sobre todo lo anterior, saber, que no se pueden recoger tomates, si plantas en secano y no tienes suficiente agua para regarlos.

  14. en respuesta a Hotwu
    -
    #1507
    22/10/18 18:38

    ¿Perdón?
    Si se ha subastado, es porque la certificación confirmó que estaba a nombre del ejecutado, así que (como sí bien dices), todo el que inscriba después va a perder la finca. Punto.
    O, hablando en plata: a ese tercero, ni agua.
    Saludos,

  15. en respuesta a Goroan
    -
    #1506
    Hotwu
    22/10/18 18:30

    Buenas Goroan,

    Resulta un tanto rocambolesco :

    La investigación de una subasta ha de realizarse a priori, es decir, antes de comprometer dinero alguno. Dicho lo anterior, esperar a "que llegue a tus oidos que un bien pertenece a otro", se resuelve como no podía ser de otro modo, pidiendo como mínimo una nota simple, aunque lo ideal es una certificación de dominio y cargas, lo más actual posible, que no siempre facilita el juzgado.

    En cualquier caso, dado que es una ejecución hipotecaria, lo que se ejecuta es la hipoteca, independientemente de quien la suscribiera o se subrrogara en la misma a posteriori o durante su ejecución.

    Si había contrato de compraventa particular, y tu has tenido noticia del mismo por nota simple, es que dicho contrato se elevó a público y se registro en el registro oportuno. Esto significa ni más ni menos, que quien comprase , desde el mismo momento de ser titular, se subrrogó en la posición del vendedor y por ende de la posición de este con respecto al bien adquirido y sus posible cargas.

    Yo en tu caso , y viendo que las dudas que planteas son peligrosas para tu integridad financiera, me personaría con abogado y procurador desde el minuto cero.

  16. en respuesta a Goroan
    -
    Top 100
    #1505
    22/10/18 17:57

    Ay, ay, amigo Goroan, esto de las subastas es un negocio muy sencillo, no hay más que elegir una subasta a nuestro gusto, siembras el dinero y unos meses después ese dinero crece como por ensalmo. Solo que no es así.

  17. en respuesta a Hotwu
    -
    #1504
    22/10/18 17:07

    Los clientes no se dieron cuenta hasta tiempo después, cuando quisieron vender, puse la demanda y transamos precisamente porque ya tenían compradora, y el "listillo" se conformó con poco (> más que nada con costas).
    Si no, pues lo que tarde un ordinario.
    Saludos,

  18. en respuesta a Jotaerre
    -
    #1503
    Hotwu
    22/10/18 16:43

    Y en el caso que comentas ¿ Que tiempo llevó resolver la demanda o apertura de incidente para anular por mala fe ? Es decir, cuanto tiempo se tiró empantanada la adjudicación mientras se resolvía esta cuestión.

  19. #1502
    22/10/18 16:40

    Hola amigos, llevo unos días dándole vueltas varios días a lo que me ha ocurrido en la adjudicación de una subasta y no se que hacer. Resulta que me han adjudicado un bien en un procedimiento larguísimo (ejecución Hipotecaria)del año 2008 y que se ha resuelto hace unos días. La sorpresa es que tras indagar un poco sobre el bien, vino a mis oidos que ya no pertenecia al ejecutado porque lo compró otra persona en el 2010. 8 años después sale a subasta y me lo adjudico ( a falta de pagar en 40 días que dan). Como no me fiaba voy y pido una nota simple y resulta que estaba a nombre de esa otra persona desde el 2010 por contrato de compraventa particular. Como puede el Juzgado sacar un bien a subasta de otra persona?, como no han mirado eso antes de sacarlo?. La cuestión es, que harias vosotros? Hay posibilidad de pagar y luchar por quedármelo? Hay alguna responsabilidad para el Juzgado? Yo aun no he informado al Juzgado. Que harias vosotros? Un saludo y gracias.

  20. en respuesta a clanderjander
    -
    #1501
    22/10/18 15:24

    Gracias Clander!


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