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Muy típico en las adjudicaciones directas de la AEAT

Nuevo adjudicatario en problemas que me envía el siguiente mail:

Hola Tristán, buenos días: Mira, he comprado en adjudicación directa tres trasteros en muy buena zona. El problema (o la suerte) es que se encuentran en el interior de tres sendos áticos, con su propia referencia catastral. Hablando con el administrador de Fincas del edifico me dijo que era un marrón y tal, que están enterados de la existencia de los trasteros y que intentaron solucionar el asunto con el promotor pero éste desapareció y todo quedó pendiente. 
Ahora no sé muy bien como negociar con los propietarios de los áticos, para venderles la parte de su propia vivienda que yo he comprado. Me han comentado que los trasteros no son habitables ni tienen acceso propio y que solo se puede acceder a ellos desde las viviendas.
Por favor, a ver si me puedes orientar y echar una mano. Sé que es un tostón, pero llevo dándole vueltas un tiempo y no sé muy bien por donde agarrar al toro. Muchas gracias. Un saludo.

Y aquí mi respuesta:

¡¡Menudo marrón!! Solo se me ocurre que lo negocies con los propietarios de los áticos con la idea de perder tanto dinero como haga falta. Pero que sepas que si yo fuera uno de ellos no te daría nada o como mucho un par de cientos de euros. El caso es que la única manera de demostrar que esos señores están habitando los trasteros es entrando en las viviendas y eso no se puede hacer más que con una orden judicial. Y aún así, suponiendo que la consiguieras tras dos o tres años de pleito, si yo fuera uno de esos señores, diría que sí, que está bien, que lo voy a tapiar y que dejaré de usar el trastero. Pero luego haría lo que me diera la gana y tú nunca lo sabrías. Y desde luego ni cuentes con que te den una servidumbre de paso a través de la puerta de la casa y del salón de esos señores.

Que no, que lo tienes más que perdido.
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  1. en respuesta a Sáenz
    -
    #23
    19/12/13 22:40

    Brillante

  2. #22
    18/12/13 22:17

    No veo por qué los propietarios de las viviendas van a querer negociar, así que el consultante lo tiene crudo. Si yo fuera él, optaría por la solución contraria: huir.

    Y creo que tiene una buena baza. Si el edificio está en propiedad horizontal, el art. 396 Cc y 1 LPH exige que los elementos privativos tengan salida a la vía pública o un elemento común. Como no es el caso, creo posible poder pedir la nulidad de la adjudicación por error (si la descripción no lo menciona) o por falta de objeto (ya que las prestaciones no sólo han de ser físicamente posibles, sino también legalmente posibles).

  3. en respuesta a qarles
    -
    #21
    17/12/13 20:55

    Gracias, qarles. Pues si, es la mejor opción, el préstamo puente no me convence nada y, por suerte, entre unos y otros pueden dejarme el dinero.

    Eso sí, hasta que no salga de la Notaría con la Escritura de préstamo hipotecario no me creeré nada de ningún director de oficina...

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