Esto dice la Ley respecto al IBI:Hecho imponible del impuesto: la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles:....d) Del derecho de propiedadEs evidente que no tiene nada que ver con el negocio, dado que se devenga aunque no haya ningún negocio.
Juan Lackland16/09/26 11:05
Ha respondido al tema
Puedes el administrador irse y descontar el saldo deudor con el saldo psoitivo? - Comunidad de propietarios
Cuando dice que utilizó el saldo positivo de otros propietarios para cubrir esas deudas, entiendo que quiere decir que utilizó el excedente de la comunidad para cubrir el gasto a falta de las aportaciones de los deudores. O sea que no hubo ningún propietario que se hiciera cargo personalmente de esa carencia.Al margen de esto, el administrador al cesar tiene obligación de rendir cuentas y además de toda su gestión, incluyendo sus gestiones para cobrar a los morosos y, en su caso, llevar el asunto a la junta para que decida judicializar el cobro antes de la prescripción.Si el administrador se niega a cumplir esas obligaciones, hay que llevarle a los tribunales. Si ha habido o no administración desleal se sabrá cuando rinda cuentas, no antes.
Juan Lackland15/09/26 11:37
Ha respondido al tema
Ratios precio vivienda / Renta familiar
¿O la India?Hay que definir el entorno antes de aplicsrlo.
Juan Lackland14/09/26 11:18
Ha respondido al tema
Obligaciones - Inquilino
Puedes verlo en el art 21 de la LAU.
Juan Lackland14/09/26 09:34
Ha respondido al tema
Obligaciones - Inquilino
Todas esas averías te las tiene que pagar de inmediato el arrendador sin esperar al seguro y sea cual sea su importe.Si no te las paga de inmediato se las puedes descontar del alquiler, avisándole de la compensación.Para evitar disgustos, las comunicaciones formales, no de palabra.
Juan Lackland11/09/26 09:50
Ha respondido al tema
Obligaciones - Inquilino
Legalmente no tienes derecho a llevártelos.Dado que las reparaciones eran a cargo del arrendador tenías que haberle comunicado esas averías para que él las solucionase. Solamente si el arrendador no hubiera atendido tu aviso, podrías haberlos cambiado con cargo a él.Ahora lo más recomendable es que negocies con él la posibilidad de llevártelos o que te pague lo que te costaron.
Juan Lackland09/09/26 22:03
Ha respondido al tema
ITP Reducido y empadronamiento
Hacienda sólo entra en empadronamientos ficticios cuando se incumple alguna obligación aparejada a una desgravación fiscal. Por ejemplo en el caso de desgravarse por adquisición de vivienda (los que quedan con ese derecho) y no residen en ella.
Juan Lackland09/09/26 12:58
Ha respondido al tema
ITP Reducido y empadronamiento
Lo correcto es estar empadronado donde realmente resides. No obstante, no pasa nada por empadronarse un poco antes, por ejemplo dos meses antes, para evitar que se concentren muchas gestiones en el último momento. Creo recordar que cuando cambié de domicilio lo tuve que comunicar a unos 30 sitios y alguno se me olvidó, por lo que adelantar gestiones no está mal.
Juan Lackland09/09/26 10:25
Ha respondido al tema
ITP Reducido y empadronamiento
En el IRPF tendrás que poner el domicilio en el que tengas tu residencia en el momento de presentar la declaración.De todas formas, es muy recomendable que, cuando cambies de domiclio (por irte a la vivienda que has comprado), presentes el modelo 030 para notificarlo.https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/censos-nif-domicilio-fiscal/domicilio-ciudadanos/comunicar-cambio-domicilio-fiscal.html
Juan Lackland08/09/26 14:17
Ha respondido al tema
Seguimiento del precio de la vivienda en España
Yo tampoco pretendo crear debate, ni rehuirlo puesto que no es algo negativo a priori.Simplemente hago un aporte, dado que no todos actúan igual ante los mismos problemas. Y no lo desarrollo más porque el esfuerzo no vale la pena.