Ha respondido al tema
Tablón de anuncios del portal - Comunidad de propietarios
No, el seguro no hace mediaciones.La única forma de abordar todo eso es contratando un abogado que le dedique el tiempo necesario. Me da la sensación de que tendrá que analizar la situación por completo, además de toda la documentación.Yo procuraría contratarlo cuanto antes porque hay cosas que, con el tiempo, prescriben.
Juan Lackland10/06/26 19:56
Ha respondido al tema
Tablón de anuncios del portal - Comunidad de propietarios
Vuelvo a decir que no te preocupes por su amenaza de denuncia. No lo digo por decir sino por una doble razón en base a mi experiencia. La primera, normalmente, cuando se amenaza con eso, es porque no se piensa hacer, el que denuncia casi nunca amenaza con ello.La segunda y más importante, en el supuesto de denunciar, no tendría ningún recorrido y es más, si tuvieras un buen abogado, se le podría volver en contra.Aclarado eso, para exigirle cualquier cosa es imprescindible tener mayoría en la junta. Sin mayoría es imposible conseguir nada, salvo que se acuda a los tribunales
Juan Lackland10/06/26 09:05
Ha respondido al tema
Tablón de anuncios del portal - Comunidad de propietarios
Eso quiere decir que "sus" propiedades no son suyas, sino de varias personas. Supongo que esas personas le dan la representación en las juntas y así tiene mayoría de votos. Sigo recomendándote hacerte con la representación de los demás vecinos . Y contratar un abogado para que, a la vista de todos los papeles, vea lo que conviene hacer. Hay muy pocos abogados expertos en propiedad horizontal, por lo que es conveniente asegurarse de que quien contrates le va a dedicar el tiempo necesario, no hay cosa peor que tener un abogado con prisas.
Juan Lackland09/06/26 12:37
Ha respondido al tema
Tablón de anuncios del portal - Comunidad de propietarios
Si los demás vecinos no van a las juntas, ese señor no puede sacar adelante ningún acuerdo porque sólo votáis él y tú con lo cual hay empate de votos aunque él tenga mayoría de cuota (ya lo dije en mensaje anterior).Antes de que él consiga la representación de otros vecinos, te conviene adelantarte y conseguirla tú, así podrás conseguir que se aprueben tus propuestas, entre ellas su cese fulminante y el del gestor.Te conviene contratar un abogado (no famoso sino que le dedique suficiente tiempo) para que vea si cabe denuncia por administración desleal. Por su amenaza de denuncia no te preocupes porque no tiene recorrido. Procura denunciarlo tú a él sin decírselo de antemano.
Juan Lackland08/06/26 13:10
Ha respondido al tema
Tablón de anuncios del portal - Comunidad de propietarios
El afectado por la colocación de esos carteles, puede reclamar a Protección de Datos que sancionará a la comunidad. Si quiere ir contra el presidente, tendrá que acudir a los tribunales.El 62% no es suficiente para la unanimidad, para eso hace falta el 100%. En todo caso, las decisiones de una comunidad hay que tomarlas por doble mayoría: de votos y de porcentaje. Aunque tenga el 62%, sólo tiene un voto por lo que será decisivo lo que voten los demás copropietarios.Para lo demás, la comunidad es soberana para decidir o no si acude a los tribunales, si cesa al gestor, etc.
Juan Lackland07/06/26 18:34
Ha respondido al tema
Realojo temporal de propietario de la CP por obras obligatorias de estructura
Todas esas obras son a cargo de la comunidad, salvo que acredite la responsabilidad de un tercero, cosa bastante difícil.Si partimos de esa hipótesis, que es la más probable, la comunidad tendrá que hacer las obras, más resarcir al propietario por los daños y perjuicios. Si el propietario está dispuesto a asumir 1/3 del gasto de realojo, a simple vista no parece un mal acuerdo. No obstante, dada la complicación del caso, no tengo información suficiente como para pronunciarme con rotundidad.
Juan Lackland07/06/26 16:24
Ha respondido al tema
Realojo temporal de propietario de la CP por obras obligatorias de estructura
De acuerdo con la ley, el propietario de esa vivienda está obligado a consentir las obras. A su vez, tiene derecho a que la comunidad le resarza los daños y perjuicios ocasionados.A partir de ahí, lógicamente, lo mejor es que ambas partes lleguen a un acuerdo sobre la manera de implementar esa obligación y ese derecho. Si se trata de un inquilino, el propietario tendría que gestionar y acordar con él. La comunidad no debería relacionarse directamente con el inquilino.
Juan Lackland07/06/26 14:19
Ha respondido al tema
Reunión sin convocar al administrador. - Comunidad de propietarios
Mejor abre otro hilo y explica la problemática concreta de ese realojamiento.
Juan Lackland06/06/26 22:25
Ha respondido al tema
Tablón de anuncios del portal - Comunidad de propietarios
No se debe, salvo que resulte imposible comunicárselo.
Juan Lackland03/06/26 09:22
Ha respondido al tema
Nuevo orden del dia - Comunidad de propietarios
Claro, lo que pasa es que hay dos maneras de acordar la suspensión: Una acordando la fecha y hora de su continuación, en cuyo caso no hay nueva convocatoria porque forma parte de la misma junta y de la misma acta.Otra, acordando que se convocará por el presidente otra junta, el día y hora que decida, en cuyo caso es necesaria la convocatoria con un orden del día de los asuntos pendientes.En todo caso queda la duda de si se puede aprobar algo (la suspensión) sin que figure en el orden del día. En mi opinión se puede si hay causa de fuerza mayor.