Jesúsm1
04/01/23 17:54
Ha respondido al tema Cálculo de la Plusvalía Municipal cuando se vende un porcentaje de la vivienda.
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Buenas tardes:Lo que te expreso es una opinión personal, pero puede encajar legalmente.Al extinguirse el usufructo por fallecimiento, lo tienes que integrar y en ese acto de integración se lo transfieres a otro componente de la herencia.La realidad es que en 2003 no recibiste el pleno dominio y lo recibes ahora.El usufructuario pago los correspondientes impuestos, que no se pagaron por tu parte.En ese acto de recepción del usufructo es posible transferirlo como cualquier parte en los actos de adjudicaciones de las herencias, sin que sea una ventaAl usufructo, con el paso del tiempo es posible ahora asignarle un nuevo valor, de acuerdo con el Incremento General de los precios desde 2003 al 2022.Esa parte estaría sometida al ISD y no estaría sometida al IRPF, porque no recibirías más de lo que te corresponde por la consolidación del usufructo.En otro acto, aunque sea en la misma escritura, pero claramente distinto se le transfiere la nuda propiedad, que si estaría sometida al IRPF si el importe es superior ahora en 2023 al importe del 2003 declarado.Esta transmisión tendría fecha de 2023, con lo cual correspondería a 2023Este acto es un Acto Jurídico Documentado y está sometido al AJD-2, que salvo error es del 1 %, por ser parte de un condominio y transferencia entre comuneros del condominio.No tiene plusvalía municipal, ya que el otro comunero hereda el inicio del período impositivo desde 2003 de la nuda propiedad transferida.Se ha de tener en cuenta que el usufructuario pagaría plusvalía municipal al constituir el usufructo y, por eso, no tiene ahora plusvalía municipal, ya que la pagó por adelantado.Sin embargo, si se transmite antes de 20 años a otra persona fuera de los comuneros, el inmueble habría estado sometido a dos plusvalías municipales simultáneas:La de usufructuario La nueva antes de 20 años sino se vende con pérdidas.Si vuestra madre tuvo la vivienda en propiedad más de 20 años, no generó plusvalía municipal y, si la pagastéis, la podéis reclamar al correspondiente Ayuntamiento.Saludos.Nota: quedo a tu disposición para lo que desees que te aclare, dentro de mis conocimientos.