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Participaciones del usuario franjgr - Subsidios

franjgr 29/04/26 17:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Por un comentario de Brandeau y tras releer la Ley y consultarlo con otras dos personas, rectifico mi mensaje.Efectivamente el derecho al subsidio para mayores de 52 años ya no se extingue por superar rentas 12 meses si el subsidio no ha llegado a reconocerse y tampoco se establece un plazo máximo para solicitarlo como pasa en el resto de subsidios
franjgr 28/04/26 22:50
Ha respondido al tema - Incapacidad Permanente Total
Una Prestación que usted no ha solicitado.Reclame, el único organismo competente para reconocer la Prestación por desempleo es el SEPE. El INSS debe reconocer la Prestación por Incapacidad Permanente y no está ligada a la duración de una prestación que da otro organismo y que usted no ha solicitado. 
franjgr 28/04/26 22:46
Ha respondido al tema Cobro subsidio por finalizacion por prestancion de desempleo.
Igual que la Prestación que ha agotado.
franjgr 28/04/26 09:38
Ha respondido al tema - Incapacidad Permanente Total
Si la empresa le despide estando de baja médica, lo que debe hacer es reclamar contra ese despido, en la mayoría de casos se gana. Estar de baja médica, por si mismo, no es causa de despido.En cualquier caso, el INSS seguirá pagando la situación de incapacidad temporal hasta que haya reconocimiento de la incapacidad permanente o denegación de la misma.
franjgr 28/04/26 09:33
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El subsidio no se puede pedir cuando la persona elija, hay que tener una causa de acceso al subsidio.Si en el momento de tener esa causa de acceso (terminar un trabajo teniendo 90 días trabajados, agotar el paro o cumplir los 52 habiendo permanecido apuntado al paro desde que se dio una de las circunstancias anteriores) se superan rentas, el derecho al subsidio quedará extinguido si no es solicitado y reconocido en los 12 meses posteriores a esa causa de acceso.Si se pasa de rentas imputando sólo el interés presunto del valor catastral de una segunda vivienda, veo complicado que no las supere con el interés presunto del dinero obtenido por la venta que, en teoría, será mayor. El interés presunto no es de ahora ni será futuro, existe desde hace tanto tiempo que no conozco su origen (o sea que desde antes de la crisis de 2008).Si tiene causa de acceso no extinguida y efectivamente con la venta de la segunda vivienda no supera rentas, quedará el último escollo que le dice Wediehard, el SEPE puede considerar que se pone voluntariamente en situación de necesidad. Estamos hablando de una prestación asistencial, debe cubrir una situación de necesidad, no es una prestación contributiva como el paro.
franjgr 27/04/26 22:51
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El criterio que en esa sentencia usa el tribunal supremo no lo defiende ni el SEPE. Es curioso.Lo normal es que no le extingan el subsidio, si lo hacen que en reclamación previa le den el subsidio, si no lo hacen, en primera instancia se lo daría el juez...
franjgr 27/04/26 15:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Lo más básico, como el caso que comenta, está el el RD 625/1985, ahí dice que los pagos únicos se dividen entre 12 y se imputan solo al momento de la percepción, solo una Ley podría contradecir esto.¿El resto está disperso en mil instrucciones, oficios y criterios? Muchos de ellos no públicosEl oficio al que hace mención había de acumular pagos únicos de la misma naturaleza durante el año natural. Una herencia no se puede repetir, si se repite es de otra persona. Por lo que no se le aplica este oficio
franjgr 24/04/26 22:56
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues vaya con la declaración de renta, acompañada de un escrito en el que declara que no tiene ningún inmueble alquilado y con eso debería ser suficiente.Para poder suspender el subsidio tienen que tenerlo claro y no limitarse a sospechas, así que no le suspenderán el subsidio salvo que tengan algo que desmienta su escrito y , por lo que cuenta, no lo hay.
franjgr 24/04/26 17:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Esta es  una pregunta para hacer a la empresa de la que tiene las acciones.La empresa no le dará ninguna información porque les da igual como se impute en un organismo de la administración, el SEPE le mandará a hablar con la empresa porque ellos no tienen información de a cuantos meses corresponde cada dividendo. Y en medio estará usted sin saber que hacer.Mi opinión es que ambos dividendos deben dividirse entre 12 y así lo hará el SEPE, probablemente, cuando lo vea en la declaración de renta del año siguiente. Pero aquí puede haber casi cualquier interpretación.
franjgr 22/04/26 12:36
Ha respondido al tema Embargo pensión
Si le embargan la cuenta corriente le están embargando un patrimonio (como si le embargarán el coche o la casa), aquí no operan los limites del SMI.Esos límites operan cuando le embargan el sueldo/pensión, que seguro que ya lo intentaron y no pudieron.Lo que suele hacer la gente es sacar el dinero de la cuenta el mismo día de cobro para evitar que se convierta en un patrimonio susceptible de ser embargado.Si ya no puede hacer eso, tendrá que esperar a que el juez dictamine si aplicar ese embargo, por esa cantidad, en este momento, es adecuado o no.