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Cotización fijo discontinuo.
Sí, pero hay que tener en cuenta que cotizar 360 días desde que se suspendió el paro supone la extinción del mismo. Aunque la Ley permite reanudarlo si se renuncia al paro nuevo.O sea que puede encontrase en la situación de tener que elegir entre dos Prestaciones y perder una de ellas. En ese caso no habría ganado nada conservando el paro, habría perdido el dinero.Si se puede evitar esta circunstancia, sería como dices.
franjgr15/10/25 16:27
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Cotización fijo discontinuo.
Actualmente el descuento y cotización del tiempo en IT cuando después se pide el paro, también se aplica a los fijos discontinuos.Por lo tanto, cuando acuda a pedir el paro, le descontarán el tiempo de paro desde que finalizó el periodo de actividad y se lo cotizarán. Como lo tendrá cotizado por el paro no se aplicará esa ampliación de cotizaciones de los fijos discontinuos.
franjgr15/10/25 15:12
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En el IMV hay un limite del patrimonio que se puede tener. Aunque no recuerdo cuál era. No es para personas sin recursos, pero si con bajos recursos.
franjgr15/10/25 15:10
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El IMV es por unidad de convivencia, no creo que le compense, desde luego sería una disminución de ingresos muy drástica
franjgr15/10/25 12:38
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Subsidio mayor 52 años + IMV
Si, cuenta.Lo que no cuenta es el propio subsidio
franjgr13/10/25 22:25
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Renta Minima Inserción
Ahora sólo puedo decirle claramente: "lo que usted dice NO ES VERDAD"No ha cobrado a la vez subsidio y RAI o SEDNo ha desmentido lo que le he demostrado, sólo ha sacado artículo hechos por vete a saber quien con que conocimientos y afirmado que una página del SEPE dice lo que no dice.Este debate se ha acabado, porque no conduce a ninguna parte.
franjgr13/10/25 10:01
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Renta Minima Inserción
Lo siento, pero es imposible debatir con una persona que da más credibilidad a una redacción hecha por vete a saber quien y que ideas tiene de Prestaciones que a la Ley en sí misma.Los artículos, salvo el último, que está totalmente perdido, hablan sobre la causa de acceso al subsidio para mayores de 52, que es posible acceder desde la RAI y el SED si anteriormente se ha cobrado otro subsidio o Prestación Contributiva.El del SEPE está bien claro, no habla de compatibilizar en ningún momento, el segundo habla de compatibilizar cuando debiera hablar de la causa de acceso, no sabe ni la diferencia entre los dos conceptos, el tercero seguro que no sabe ni que son estas ayudas.Cuando yo hablo de artículos, me refiero a los artículos de leyes y ni usted ni estos propagadores de bulos ofrecen ni un solo artículo de ninguna Ley como argumento a sus afirmaciones ¿porqué? Porque no conocen ni que esto está articulado en una Ley.Mal vamos en este siglo XXI en el que se cree antes a un articulista, youtuber, influencer... sin pedirle referencias de sus conocimientos, que a lo que pone la Ley o las investigaciones científicas.
franjgr12/10/25 22:53
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Baja médica - Baja Laboral
El médico de cabecera debería darle de baja médica por contingencias comunes y que mientras tanto continúe con la batalla contra la mutua para que le reconozcan la incapacidad temporal por accidente de trabajo.Si el médico de cabecera se niega a darle baja médica debería preguntar en su centro de salud si tiene derecho a una segunda opinión médica, si no hay esa opción poner una queja por el comportamiento del médico y valorar el solicitar el cambio de médico de cabecera.
franjgr12/10/25 21:08
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Renta Minima Inserción
¡Que impaciente @paco50
!Ya te comenté que te iba a buscar los artículos por la tarde, que en ese momento me iba a hacer un poco de montañismo y no querrás que vaya buscando leyes y redactando texto sin mirar por donde piso en la montaña.El RD 1369/2006, de 24 de noviembre por el que se regulaba la RAI, derogado desde el 1 de noviembre de 2024 por el RDL 2/2024, decía en su artículo 10.1.b) que la RAI será incompatible con la percepción de prestaciones o subsidios por desempleo, o de la renta agraria, además el artículo 9.1.g) decía que causarían baja definitiva en el programa los que accedieran a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.b) La disposición adicional 27ª de la Ley General de la Seguridad Social, RDL 8/2015 de 30 de octubre, que regulaba el SED, derogada (la disposición adicional no la Ley) por el RDL 2/2024 el 1 de noviembre de 2024, establecía en su apartado 2.a) como requisito para acceder al SED, Carecer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial regulada en el Título III (donde están regulados todos los subsidios y el Prestación Contributiva por Desempleo).Soy tajante cuando sé que algo no es verdad "vamos mejor por aquí que ya he subido tres veces a este pico y por aquí es más cómodo" o cuando se que algo es verdad "tienes razón ese es el camino que baja hacia el hayedo" y ofrezco mi opinión sin ser tajante cuando no estoy seguro "Ese ave rapaz que nos sobrevuela me parece un Águila, pero con esa envergadura de alas tan grande no estoy seguro ¿qué opinas?"Por eso cuando alguien es tajante espero que esté seguro de lo que está diciendo y que pueda argumentarlo. No se trata de negar lo que no coincide con mi planteamiento, sino de negar lo que no es verdad.
franjgr12/10/25 08:37
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Renta Minima Inserción
Nunca fueron compatibles.Muéstreme el artículo en el que se permitía tal compatibilidad. Luego de tarde le busco yo los que no lo permitían, que ahora me voy a hacer un poco de montañismo.Y si, desaparecieron para nuevas solicitudes, por lo tanto nadie que no lo tenga reconocido puede acceder y dado el tiempo pasado, queda muy poca gente cobrandolos.