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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
¿Han puesto seguimiento de las presolicitudes por la sede electrónica? Eso es nuevo Tengo que echarle un vistazo.
franjgr09/01/26 12:43
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
¿Donde dice que si?Una presolicitud tampoco es una solicitud. Ni presolicitudes ni declaraciones estáb recogidas en la Ley de procedimiento administrativo como de obligada notificación
franjgr08/01/26 22:57
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Ya le he respondido que las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a que corresponden y se imputa el cociente a cada mes. y que los depósitos son un ejemplo de renta periódica.Y todas las rentas se miran por el importe bruto
franjgr08/01/26 22:47
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
DAR es la abreviatura de "Declaración Anual de Rentas" Usted declara que mantiene los requisitos, si el SEPE lo considera correcto el seguir cobrando es respuesta suficiente. Sólo tienen que comunicarle si hay cualquier cambio.
franjgr08/01/26 16:17
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
No, es una declaración, no una solicitud.Si no supera rentas no recibirá ninguna respuesta.
franjgr08/01/26 12:41
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a qué corresponde y se imputa el cociente a cada mes. Aquí entran intereses de cuentas, dividendos, depósitos, alquileres...Los pagos únicos se dividen entre 12 y el cociente se imputa solo al mes que se percibe. Aqui entran sorteos, promociones, venta de patrimonio, fondos de inversión, letras del tesoro...El límite de ingresos mensual es de 888 euros al mes.Por un pago de 200 euros (que debe dividirse entre 12), no le van a suspender el subsidio, salvo que tenga otras rentas que sumadas lleguen a 888 euros mensuales.
franjgr07/01/26 23:01
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Si no se superan rentas ningún mes no hay problema aunque no se declaren las rentas exactas.Si se supera rentas algún mes hay plazo para comunicarlo hasta la siguiente DAR, pero el SEPE contabilizara los ingresos mensualmente y eso puede implicar la suspensión de varios meses, según cuantos meses haya superado rentas.
franjgr03/01/26 11:00
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Herencia piso y subsidio +52
El interés presunto siempre es sobre el valor catastral. En el resto está en lo cierto.Efectivamente lo de no tener en cuenta como renta el valor de una propiedad inmobiliaria en el momento de la herencia es por sentencia, pero el SEPE ha adoptado este criterio como propio hace años, el último criterio a este respecto es de febrero de 2024. Sin embargo las instrucciones para los subsidios nacidos después del 01/11/2024 vuelven a las andadas con el criterio anterior a la sentencia por lo que, es en estos casos cuando habría que pelearlo en el juzgado y, en mi criterio, volverán a ganarse.
franjgr02/01/26 15:17
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Herencia piso y subsidio +52
Si el subsidio es anterior al 01/11/2024 en el momento de la herencia no se tiene en cuenta la propiedad inmobiliaria, el interés presunto sobre el valor catastral (la parte de su mujer), se tendrá en cuenta a partir del mes siguiente y en el momento de la venta solo considerarán renta el beneficio que dé (diferencia entre precio de venta y el precio declarado al hacer la adjudicación de herencia).Sí el suicidio es posterior al 01/11/2024 el valor declarado en la herencia de la propiedad inmobiliaria se considerará renta, el interés presunto también existirá, y en el momento de la venta también se considera renta la diferencia entre el precio de venta y el declarado en la herencia.
franjgr29/12/25 15:23
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Subsidio 52 años combinado con convenio especial
Es que la orden TAS/2865/2003 que regula el convenio especial no habla ni de "nuevo trabajo" ni de "nueva contratación", sino de "nueva actividad" y "encuadramiento en algunos de los regímenes de la seguridad social"Me temo que ha sido su empresa quien no le informo bien de cómo funciona este convenio especial.