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Participaciones del usuario franjgr - Subsidios

franjgr 24/12/25 11:38
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
Pero ¿de quien es ese dinero? El SEPE no tiene la competencia en materia de hacienda, el SEPE sólo tiene la competencia en materia de Prestaciones por Desempleo, si usted le dice que tiene ese ingreso puntual, harán lo que dice Wediehard porque es lo que debe hacer cuando un subsidiado le comunica que ha tenido un ingreso puntual. Y el subsidio se suspende un mes y no hay razón para que al mes no se pueda reanudar.Pero ¿se trata realmente de una renta? Eso no lo debe decidir el SEPE, quien tiene que saberlo, en principio, es la persona.Olvidese de autorizados, titulares, cuentas, eso se lo tendría que explicar a hacienda llegado el momento (si de diera el caso) ¿de quien es el dinero? Si es suyo nada que declarar no ha tenido ninguna renta ¿Es de otra persona? Entonces hay que mirar en que concepto se lo da a usted ¿es una donación? Pues deberían declararlo en hacienda para pagar el impuesto de donaciones y luego comunicarlo al SEPE para que le suspendan un mes ¿es un préstamo? No hay nada que declarar porque ha tenido un ingreso y ha contraído una deuda por el mismo importe por lo que no se le ha supuesto ningún beneficio.
franjgr 19/12/25 23:36
Ha respondido al tema Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Es lo que hay.Cuando el organismo no es claro con los criterios, surge la incertidumbre.Me gustaría poder decir "esto es lo que hay que hacer", pero me limito a decir lo que ponen las instrucciones del SEPE:
franjgr 19/12/25 17:37
Ha respondido al tema Cobrando el subsidio de mayores de 52 años y tener un ingreso extra.
Y si se superan rentas, el plazo para declararlo es hasta la siguiente DAR, reanudación o prorroga.
franjgr 19/12/25 17:15
Ha respondido al tema Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
A las dos primeras preguntas ya he respondido. No, salvo que en la herencia haya dinero aparte de la propiedad inmobiliaria.Por supuesto, esta propiedad tendrá un rendimiento presunto una vez que pase a ser suyo (salvo que el usufructo sea de otra persona domo dice Alex7676). Y en el momento en que se venda tendrá un rendimiento explicito por la diferencia entre venta y compra.
franjgr 19/12/25 14:48
Ha respondido al tema Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Exacto, la sentencia del supremo que menciona el abogado es la clave.Propiedades inmobiliarias se declaran como ganancia patrimonial en el momento de la venta.En los subsidios a partir del 01/11/2024 el SEPE insiste en volver al criterio antiguo y obligarán al supremo a pronunciarse dentro de X años. Pero en los anteriores a esa fecha está claro.
franjgr 17/12/25 12:15
Ha respondido al tema Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
En esto siento discrepar, si la persona hace declaración del impuesto de sucesiones es precisamente porque si hay ese incremento patrimonial.Otra historia es que ese patrimonio sujeto a usufructo no tendrá rendimiento de ningún tipo, ni presunto, ni explicito
franjgr 17/12/25 12:11
Ha respondido al tema Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Releyendo el mensaje caigo en la cuenta de que si ha hecho la DAR en febrero del 25 es que está cobrando el subsidio desde antes de noviembre del 24.Lo que herede de propiedades inmobiliarias está exento, solo importaría si heredará dinero.
franjgr 16/12/25 23:09
Ha respondido al tema Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Las instrucciones del SEPE no son claras sobre que hacer cuando no hay adjudicación de herencia.Hablan de que se tendrá en cuenta lo que venga en la escritura de adjudicación de herencia y que sino se hace (y pasa a enumerar los casos en los que este documento no es obligatorio), se use lo que figure en el impuesto de sucesiones. Sin entrar en aquellos casos en los que se hace la declaración del impuesto, sin adjudicar la herencia.Lo que si deja claro es que si no se ha declarado en la siguiente DAR a este momento (incierto), se puede sancionar.Para cubrirse las espaldas lo mejor es que lo declare ya, aunque no haya adjudicación de herencia,
franjgr 14/12/25 23:45
Ha respondido al tema Vender 2 fincas cobrando el subsidio de mayores 52 años
Sí por supuesto, otra interpretación perjudicaría a quien vende en diciembre frente a quien vende en enero.
franjgr 14/12/25 23:30
Ha respondido al tema Ayuda duda suspensión subsidio mayores 52 por incremento de patrimonio
Puede ser que sí y puede ser que no.Todas las enajenaciones de patrimonio (entre las que están las ventas) son pagos únicos, tanto la venta del apartamento como la venta de las acciones entran en este apartado. Con los pagos únicos la ganancia se imputa al día de la venta y no al mes natural.Si el subsidio se interrumpe por superación de rentas, podrá reanudarse en cualquier momento en el que el mes anterior a la solicitud no haya superado rentas.Por ejemplo, si vende el apartamento el 21 de diciembre y las acciones el 28 de diciembre y solicita la reanudación del subsidio el 23 de enero, habrá pasado un mes desde la venta del apartamento y ya no lo tendrán en cuenta, pero no habrá pasado un mes de la venta de las acciones y le tendrán en cuenta esta renta, junto a las otras que tiene de computo mensual. Si esta suma supera el 75% del SMI, el subsidio no podrá reanudarse hasta pasado el 28 de enero, habiendo estado suspendido más de un mes.