Cachilipox
10/05/26 22:07
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Epígrafe para videografo/filmmaker/director de foto
Efectivamente, la actividad empresarial va sin retención.Otra cosa es que quizás debieras entonces hacer pagos a cuenta, mediante el modelo 130.El epígrafe artístico lleva la misma retención IRPF que la profesional, actualmente el 15 %.Puedes hacer tres cosas, todas legales. La que sea más correcta ya depende de la realidad de tu actividad económica:a.- Permanecer como hasta ahora, declarando y subsumiento en el epígrafe artístico-artesanal toda tu actividad, aunque sea un poco "ley del punto gordo".b.- Analizar si lo que mejor describe la esencia de tu actividad es "la elaboración del producto en sí" (actividad empresarial), o bien "tu especial talento y habilidad personal y creatividad" (artividad profesional), o realmente eres prioritariamente un "operador técnico cualificado, al servicio de producciones de terceros" (actividad artística).c.- Darte de alta censal en los tres epígrafes, y llevar tres contabilidades diferenciadas, declarando en el IRPF las tres, según la actividad desarrollada y el cliente.