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Participaciones del usuario Cachilipox - Fiscalidad

Cachilipox 15/06/25 23:00
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Tu interpretación será todo lo razonable que quieras.Pero la Ley no dice eso.Y respecto de la web en concreto, el artículo principal iba solo de lo de Vine.Lo de Wallapop solo se comenta en un comentario anexo. Y lo que dicen no es correcto.O sea, si eres viner, ganancia patrimonial no procedente de transmisión, base general, por el valor de mercado de los bienes o servicios recibidos.Si además eres wallapoper, ganancia patrimonial SÍ procedente de transmisión, base del ahorro, por la diferencia entre precio de venta - coste de adquisición.
Cachilipox 15/06/25 19:36
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
El cuerpo principal de ese artículo solo habla del programa Vine de Amazon.Y muy correctamente, lo referencia a "valor de mercado", sin entrar en mayor detalle.Más abajo, en las respuestas a los comentarios, alguien o algo identificado como "La Nube Fiscal", en una respuesta del 22 de noviembre de 2024, a las 8:14 am, dice algunas cosas sobre ser wallapoper una vez ya eres viner.Varios comentarios:.- Lo que dice no es correcto, pues no es coincidente con lo que dice la normativa (Ley IRPF). Expone que en una ganancia patrimonial procedente de transmisión onerosa, como valor de adquisición se utiliza el valor de mercado. Y eso no es así, en base al articulo 35 Ley IRPF.Es más, precisamente lo que dice dicho artículo es que si vendes POR DEBAJO de ese valor de mercado, debes declarar al menos como precio efectivo de venta el valor de mercado.O sea, ventas a la desesperada en Wallapop, debes declarar no por el importe vendido, sino por el valor de mercado de dichos bienes. Así que mejor no remenar en exceso este punto..- El tal "La Nube Fiscal", una de dos, o es directamente un amable bot (un ChatGPT muy bien entrenado), o es un humano que usa con profusión dicha ayuda. Dicha aplicación es fantástica y extraordinaria, pero ni acierta siempre ni por ahora crea doctrina nueva, ni siempre busca recursos en las fuentes mejores. Si dicho artefacto encuentra una información errónea en una fuente aparentemente fiable (un blog de un despacho fiscal, por ejemplo), replicará dicho error como si de la verdad mas absoluta se tratase.Un humano prudente y concienzudo, si lee algo chirriante o sorprendente en una fuente fiable, irá al BOE a contrastar. ChatGPT no hace eso.
Cachilipox 13/06/25 18:42
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Es perfectamente válido este criterio de extremar prudencia frente a hacienda.Pero tiene su riesgo.Te aconsejo estudiarte la Sección II del Capítulo II de la LGT. No solo la dicción literal de los artículos, sino cierta jurisprudencia que ya existe al respecto.Traducido al "rankiano normal": Cuando se trata de una declaración que elabora el propio declarante, los hechos y datos que cada uno declara, se presumen CIERTOS, y con validez como PRUEBA,salvo:.- Error material manifiesto (me equivoqué al calcular tal o cual gasto deducible....).- Omisión no culpable (me olvidé de poner las cuotas del sindicato...).- Otra PRUEBA que destruya la anterior (declaré que vendí un apartamento por 100.000 €, pero en las propias escrituras sale que eran 100.000 € + 20.000 € por "el mobiliario y la reforma de la cocina"......)Por lo tanto, si cualquier declarante IRPF viner, declara que ha recibido xx.xxx € de Amazon (dato además, coincidente con lo declarado fiscalmente por Amazon), eso es una PRUEBA VINCULANTE, según la LGT.En primer lugar, antes de cualquier reclamación o solicitud de ingresos, un viner debería AUTODESTRUIR su propia prueba, y ya luego podría tener derecho a reclamar y esperar una devolución.O sea, sí, es cierto, es una estrategia legítima y prudencial, para evitar daños económicos frente a hacienda. Pero..... A su vez, hacer eso implica que el propio viner constituye prueba documental contra sí mismo.Personalmente (y por supuesto, todo es opinable), pienso que el momento procesal óptimo para discrepar es ahora, antes de presentar la declaración del IRPF. Y que lo que se presente, vaya ya justificado con unos números y unos cálculos del valor de mercado razonables.De esa manera, se pasa la pelota al tejado de la AEAT, y son ellos los que están obligados a destruir dicha prueba documental, demostrando que el valor de mercado es otro distinto.Nota final: Alguno podría considerar que la estrategia adecuada es similar a la que siguieron los mutualistas, primero declarar todo y pagar por todo, y ya luego reclamar. Y al final, les salió ideal.Pero este caso es distinto.Nadie dudaba del importe de las pensiones cobradas. Lo que se discutía era si esas pensiones de X euros (hecho cierto e incuestionado), debían tributar por su integridad, o debían tributar con una reducción.Pero en este caso ya existe de partida un hecho NO DETERMINADO:Cual es el importe de la ganancia patrimonial recibida de Amazon. Sabemos la valoración fiscal según Reglamento IRPF, aplicable para rendimientos del trabajo, que es el PVP nominal, aunque permite aplicar hasta un 15 % de descuento.Pero no sabemos a que valor de mercado equivale eso, que es lo que se debería declarar como ganancia patrimonial según la Ley IRPF.
Cachilipox 12/06/25 17:32
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Me sorprende mucho tanto el aparente conformismo de una parte de viners afectados (declaro lo que Amazon dice, sin más, y apañado, aunque sepa que es injusto), como la temeridad rayana en la estupidez de otros que por pura rabieta, simplemente deciden (veremos si osan hacerlo), no declarar, aunque estén obligados.Meterse en pleitos y fraudes fiscales contra hacienda, a sabiendas, NUNCA es aconsejable. Además, es ilegal.Y me sorprende porque el palo económico en muchos casos es muy significativo, TENIENDO en la normativa legal herramientas más que suficientes como para pelearlo de forma razonable y razonada.El asunto está, como algún forero ya ha comentado, en poder justificar y acreditar de manera suficiente el VALOR DE MERCADO de los bienes recibidos. Eso y no otra cantidad es lo que cualquier viner amateur de andar por casa debiera declarar en su IRPF.Y claro, ser viner no es solo recibir "regalos" y "regalos", es también hacerles seguimientos, reseñarlos, valorarlos.... Vamos, convertirte en un casi "experto pericial".O sea, cualquier viner que se precie, y lleve un control mínimo adecuado (o sea, ludópatas impulsivos excluidos), podría acreditar mediante una razonada Declaración responsable, que donde Amazon dijo 47.836 € (precio PVC "nominal" a salida de producto), realmente corresponderían 18.359 € (verdadero valor de mercado, justificado por ... y por .....).¿Es que Amazon nos tiene manía, y/o declara mal los importes?No, para nada. Como la cosa es muy novedosa, Amazon se limita a seguir lo que establece el articulo 48 del Reglamento del IRPF.Y es válido, para establecer el importe base a declarar (con alguna salvedad).PERO.....ESE ARTÍCULO COMO TAL ES SOLO VINCULANTE Y DE APLICACIÓN PARA LAS RENTAS DEL TRABAJO!!!!!!!!!En este caso, cualquier viner normalito no declara rentas del trabajo de Amazon, sino ganancias patrimoniales no procedentes de transmisión.Y ahí, la Ley del IRPF, artículo 43 y vinculados, dice muy claramente que el importe de la ganancia patrimonial es EL VALOR DE MERCADO!!!!!!Sr./Sra. Viner esquilmada, justifique ud. un Valor de Mercado razonable y acreditable, que necesariamente será inferior al valor PVP nominal de Amazon (que es el dato fiscal declarado que consta en la AEAT), y pagará impuestos, por supuesto que sí, pero pagará los impuestos justos y legales.Y sobre todo, CUMPLA LA LEY.
Cachilipox 05/06/25 20:02
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Con todo el respeto, llevarlo por lo de consumidores no tiene absolutamente ningún sentido, pues nadie ha sufrido perjuicio en su relación, como consumidor, con el comerciante Amazon.Puede que haya desilusión o frustración por la calidad de algunos "regalos", pero perjuicio, ninguno.Los daños, económicos, se producen solo en sede fiscal, y en relación con la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF. Y respecto de eso, nadie es "consumidor", sino obligado tributario.El mismo hecho, la entrega por Amazon de unos bienes, si cambia la normativa tributaria, cambia el impacto y daño económico. Ni los servicios de consumo autonómicos o locales, ni las asociaciones de consumidores son competentes para un pleito fiscal contra la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF (que es un mandato del legislador....)
Cachilipox 04/06/25 19:30
Ha respondido al tema Requerimiento declaracion IRPF 2020
Efectivamente, el plazo de 4 años de revisión es mutuo. De ellos hacia ti, o de ti hacia ellos.Y en este caso, aunque sean en capítulos diferenciados (rendimientos del capital inmobiliario, vs ganancia patrimoniales), ambos dos aspectos versan sobre realmente lo mismo, la correcta declaración de datos y hechos respecto de propiedades inmobiliarias y su repercusión en el impuesto.Los datos de amortizaciones que da el RentaWEB son todo lo correctos que pueden ser si los datos que le das al programa son correctos.Si hay errores, comete errores.Por ejemplo, quizás en el RentaWEB "rendimientos del capital inmobiliario" considerabas un determinado valor de adquisición, y al momento de declarar la "ganancia patrimonial", diste otro dato diferente. En tal caso de discrepancias de valores de adquisición de un mismo elemento, hay que comprobar cual puede ser el correcto.Yo tiraría por lo del principio de regularización íntegra, y además de aportar los datos requeridos, realizaría también la solicitud de rectificación por el error material en la imputación de rentas.
Cachilipox 03/06/25 22:45
Ha respondido al tema Requerimiento declaracion IRPF 2020
4 años desde que finalizó el periodo de declaración.Lo de 2020 se declaraba en primavera 2021. El periodo de declaración (que no el periodo de devengo), finalizó el 30/06/2021.Por días, estaban en plazo.
Cachilipox 02/06/25 21:28
Ha respondido al tema Tríbutar herencia sin repartir
xxx es Herencia.Se llama Herencia yacente, que es cuando una comunidad hereditaria permanece en indiviso sin aceptación. Es un tipo especial de comunidad de bienes (entidad en atribución de rentas).Las rentas y beneficios de dicha herencia yacente se atribuyen a los co-herederos (comuneros), en proporción a su % de participación según testamento (o según ley si no hay testamento).
Cachilipox 01/06/25 14:19
Ha respondido al tema ¿Qué epígrafe del IAE corresponde a mi profesión?
Yo diría que la diferencia entre el 863 y el 864 es cuando eres solo aportador de contenidos para que ciertos medios elaboren el producto final  (863), o cuando eres ya el elaborador final de la propuesta, aunque el formato pueda variar (864).También se insinúa una diferenciación entre autores de material escrito que verse sobre realidad y actualidad, o sobre aspectos más de ficción.
Cachilipox 31/05/25 17:51
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Aquí te dicen donde y cuanto declarar:www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6086929-tributacion-productos-amazon-vine-entrada-vigor-dca7?page=120#respuesta_6854021