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Participaciones del usuario Cachilipox - Fiscalidad

Cachilipox 15/02/24 17:14
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Una consideración acerca de haber o no haber comunicado datos fiscales a Amazon (y en base a eso, eludir la obligación de declarar lo correspondiente a 2023).¿Estáis seguros, pero seguros seguros, de que Amazon no conoce vuestros datos fiscales?Porque una cosa es no haber hecho la comunicación "formal" del programa Amazon Vine, y otra cosa MUY DIFERENTE que Amazon ignore vuestros datos identificativos fiscales.Solo con que el usuario que os identifica sea el mismo usuario que alguna vez haya solicitado factura completa a Amazon (y por tanto, haya facilitado los datos fiscales), Amazon ya tiene los datos fiscales.Pudiera ser, pero me extrañaría que Amazon tuviese usuarios "anónimos", a los que además, les envía cosas, incluso de valor elevado.Nota: Amazon se está jugando en este asunto dos cosas de mucha enjundia tributaria. La consideración de gasto deducible en el ISoc (para ellos) de todas estas entregas, y la no consideración de base imponible e IVA devengado en estas entregas. Entre una cosa y otra, podríamos estar hablando de cerca del 40 % del valor asignado a la operación. Que en acumulado total, ES MUCHO DINERO. Por su "40 % de ahorro tributario", Amazon es perfectamente capaz de hacer cualquier cosa con tal de obtener vuestros datos fiscales -si es que no los tiene ya...-.
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Cachilipox 15/02/24 11:12
Ha respondido al tema Ayuda con paralela de hacienda apuestas deportivas - Declaración de la Renta
Para ese tipo de ganancias, no procedentes de transmisión, van a la base general como si fuesen un salario más, por decir algo.Toca pagar lo que corresponda según el resto de tus rentas generales.Si tu sueldo bruto anual está entre esos umbrales, de 20.000-35.000 €, lo que toca pagar por es ganancia del premio de apuestas está alrededor del 30 %.Y lo de la sanción, es una posibilidad. Primero se cerrará el expediente de la renta no declarada. Luego te llegará una notificación con la posible sanción. Eso es seguro. Ya luego que la den por firme, o la archiven, es otra cosa. 
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Cachilipox 14/02/24 23:54
Ha respondido al tema Ayuda con paralela de hacienda apuestas deportivas - Declaración de la Renta
Parece una tarifa normal para rentas del tercer tramo, entre 20.000 y 35.000 €.El tipo promedio general es del 30 %, pero depende de tu autonomía.Por lo que dices, te sale como un 32 %.Además de la cuota defraudada, cuenta que posiblemente te aplicarán una sanción. En principio, podría ser incluso del 50 % de la cuota, o sea, unos 300 € más.
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Cachilipox 14/02/24 11:37
Ha respondido al tema Deducir gastos de comidas preparadas como autónomo
La Ley dice literalmente "establecimientos de restauración y hostelería".El gasto deducible no es "por comer", sino por los gastos de manutención en esos lugares y en esas circunstancias. Y precisamente por eso mismo que indicas, que es mucho más caro consumir en esos lugares que no una simple compra de comida en el super.
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Cachilipox 10/02/24 13:20
Ha respondido al tema RETENCIONES ALQUILER LOCAL.Impago de alquiler y retenciones no figuran en Hacienda.
Correcto.La mecánica de las declaraciones de recuperación será tal que así:IRPF 2023 (a presentar este año 2024)Sumas 8 meses de alquiler (enero-agosto)Deduces 2 meses de impago (mayo-junio)Contabilizas 4 retenciones (las que fueron abonadas y deberían figurarar en la AEAT, enero a abril).IRPF 2024 (a presentar en 2025)Sumas "lo que haya" de 2024, si hay algoDeduces 2 meses de impago (julio-agosto 2023)IVA 1T2024Deduces por rectificación de bases imponibles mayo-junio 2023IVA 2T2024Deduces por rectificación de bases imponibles julio-agosto 2023Nota: Si resulta cuota negativa, a devolver, podrás solicitar la devolución mediante el modelo IVA 4T2024.En el balance global de toda la operación, resulta:Te pagaron 4 meses de alquilerDevengaste 4 meses de IVATuviste 4 meses de retenciones IRPFNota: Respecto de las retenciones de enero-abril 2023, se aplica plenamente el precepto de contar como efectivamente practicadas, haya hecho lo que haya hecho el inquilino moroso. Como hubo satisfacción o abono de renta, ya existió la obligación de practicar retención. Y por tanto, respecto de ti se aplica literalmente el párrafo 2º del punto 5 del artículo 99 de la Ley IRPF.Nota: Importante, la modificación de las bases imponibles por crédito incobrable en el IVA, además de la deducción mediante modelo 303, deben ser comunicadas a la AEAT mediante el modelo 952.
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Cachilipox 09/02/24 15:38
Ha respondido al tema ¿Cuánto paga un autónomo en diferentes países?
Siempre y cuando se añadiese y tuviese en cuenta también lo que se adquiere por las cotizaciones.Si no, es una falacia comparar lo que no es comparable.Ya te añado yo de cosecha propia que si sumas lo que suma, y restas lo que resta, a igualdad o similitud de derechos y obligaciones, presentes y futuras, o te quedas más o menos por igual, o incluso en el caso de España resultas sumamente beneficiado.
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Cachilipox 09/02/24 15:33
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Premisa de partida:Ley 35/2006, del IRPFArticulo 42. Rentas en especie"1. Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, ..."Por tanto, a la vista del precepto legal:1º Utilizar, disfrutar, consumir, incorporar, obtener "algo", ya implica la calificación legal de renta en especie. A partir de aquí, puede estar sujeta, exenta, ser calificada de rendimiento o de ganancia. Pero renta es renta.2º El IP grava "la tenencia" de determinados bienes o derechos patrimoniales. Pero no entra a sujetar al impuesto su ganancia, obtención o incorporación. Ese origen es gravado, en el caso, o por el ISD (adquisiciones lucrativas) o por el IRPF (adquisiciones no-lucrativas u onerosas), que son mutuamente excluyentes.3º El acto propio de utilización de bienes de consumo es precisamente consumirlos. Son bienes de un solo uso. Además, la propia normativa legal menciona de forma explícita el "consumo".4º Lo de las 30 operaciones o el volumen a partir de 2.000 € no se para que lo utilizará la AEAT. Aun no hay una normativa expresa y explícita. En el caso, para mi (mera opinión de veterano), lo utilizará como indicio (ojo, solo indicio, no prueba) de desarrollar una actividad económica. Eso ni quita ni pone IRPF, ya que en el IRPF lo que no sea "rendimiento" (de una actividad económica, por ejemplo), debe ser una "ganancia".
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Cachilipox 09/02/24 12:08
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Mapa de ideas:.- Ser un Viner implica RENTA, con independencia de si además eres Wallapoper o no..- Esa RENTA equivale a "la entrada de algo en tu acervo privado para su utilización"..- La cuantificación de esa RENTA, al ser en especies, por normativa legal debe hacerse "desde el valor de mercado"..- Amazon declara importes, en base al valor teórico de catálogo, y desde el momento de salida de sus almacenes..- La clasificación de esa RENTA, a falta de otros indicios o evidencia, NO CORRESPONDERÍA a Rendimientos. Por tanto, por defecto u omisión, serían GANANCIAS, que en principio general es lo menos gravoso para el declarante.A partir de aquí, para disminuir/minimizar el posible impacto, varias posibilidades:(Nota: no hay que olvidar que en base a la LGT y asentada jurisprudencia, la propia autodeclaración del obligado tributario ES PRUEBA. Prueba que puede ser destruida, pero que también puede ser reforzada.....)a.- Esa ganancia de la que Amazon declara, nunca existióSería el caso, por ejemplo, de que algo que salió de los almacenes de Amazon nunca llegase a entrar en mi acervo privado para su uso. Extravío o destrucción catastrófica.b.- Esa ganancia de la que Amazon declara, sí bien existió "en potencia", nunca fue real.Sería el caso, por ejemplo, de que algo que salió de los almacenes de Amazon sí llegase a mi domicilio, pero que su estado de uso implicase un riesgo o impacto inasumible. Si la base legal para la renta en especie es el posible uso, si este uso deviene imposible, no habría renta. Bienes y demás elementos con fallos o no conformidades tal que su uso implique riesgo, y deben ser eliminados.c.- Esa ganancia de la que Amazon declara, si bien existió, y resultó utilizable, para nada se corresponde la valoración ficticia declarada.El valor fiscal de los bienes en especie corresponde a su uso en base a su valor de mercado. El valor de mercado está descrito en la literatura jurisprudencial. No corresponde para nada con el valor sobre inflado de un supuesto precio de catálogo. Amazon declara sobrevaloraciones (en directo perjuicio de los Viners) buscando impunemente aumentar sus propios gastos deducibles. Y lo hace con absoluta impunidad, al no tener que soportar siquiera el peaje del pago a cuenta del IRPF. Bienes cuyo valor de catálogo sea totalmente absurdo y disconforme con otros de igual o similar categoría, incluido por supuesto los mismos bienes vendidos por los mismos comerciantes a precios reales (de mercado) muy inferiores.
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