Bacalo
05/06/25 22:01
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Se confunden en hacienda ¿QUÉ HAGO?
el programa no te impide incluir a tu madre como ascendiente, se pase de ingresos o no; eso lo comprueban a posteriori cuando ya ha pasado el plazo de presentación de las declaraciones, y es entonces cuando te dirán que no tienes derecho. Puede que te retengan la devolución hasta que te manden la rectificación, o que te la abonen y luego te exijan pagar todo, pero dudo muchísimo que cuele.Con la pensión mínima de viudedad, que no está exenta del IRPF en ningún caso, efectivamente se pasa de los 8.000 euros netos (pensión bruta-2.000 euros) desde hace 2-3 años ya que dicho umbral no se actualiza, es el umbral máximo para que tú tengas derecho a incluirla en tu declaración. En casos como el tuyo, la diferencia es notable, pagas las supuestas subidas de las pensiones de tu madre y de unas cuantas jubiladas más, bastante triste, que vayan cacareando que mantienen el poder adquisitivo de las pensiones y que solo suben impuestos a los que tienen Lamborghinis.