Bacalo
08/05/24 10:23
Ha respondido al tema Que hacer en caso de fallecimiendo de padre
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el impuesto de Sucesiones tenéis que pagarlo los 2, tu madre por el usufructo y tú por la nuda propiedad. En Madrid está bonificado al 99% la cuota que salga, así que ponte que paguéis unos pocos cientos de euros o ni eso. Aparte, hay que pagar la plusvalía municipal por la parte de tu padre que sí pueden ser miles de euros, pero si es la vivienda donde está empadronado, está bonificada al 95%.El usufructo se valora como el porcentaje (89-edad) con el mínimo del 10%.Por ejemplo, 100.000 euros de dinero y la casa se valora en 400.000 euros, y la edad de la madre son 69 años.Pues el usufructo de la mitad se valora como 20% x (200.000+50.000) = 50.000; y 200.000 la nuda propiedad del hijo (200.000x80% de la casa y 50.000x80% del dinero). Cuando fallezca tu madre, tú tienes derecho a 40.000 euros (la nuda propiedad del dinero) sin pagar nuevamente Sucesiones, es lo que te comentaba ayer: ella disfruta de todo el dinero pero tu eres el "dueño" de esa cantidad.Para la vivienda se toma un valor mínimo -el de referencia que publica el Catastro- pero te interesa un valor de mercado si es más alto, es cuestión de comprobarlo con lo que vendan por la zona, ya que no vas a pagar prácticamente nada de impuesto de Sucesiones y el valor que pongas en la herencia será el que a futuro se tomará como de compra si vendes la casa, y así tendrías menos ganancia de cara al IRPF.El notario te puede redirigir a la gestoría con la que suela trabajar, que te cobrará algo por los trámites de elaborar las declaraciones y presentarlas en Hacienda, así como hacer los trámites del registro de la Propiedad, y hay que decirle claramente a cuánto se quiere valorar el piso. Si quieres hacerlo tú, con paciencia se puede: pedir cita en la comunidad de Madrid para liquidar Sucesiones, ir al Registro de la Propiedad...