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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 28/04/24 20:10
Ha respondido al tema Imputacion fiscal rescate plan - IRPF
Si la gestora ha liquidado las participaciones el 2 o el mismo 3 de enero, entonces corresponde a 2024. Pero si las liquidó el viernes 29 de diciembre y por tratarse de días festivos o a medio gas, no te llegó el dinero a la cuenta hasta el 3, corresponde al ejercicio 2023.Pero tú mismo, si vas a ser tú el perjudicado si no lo haces bien, como puedes entender, el resto no sacamos nada en este negocio. La interpretación de la ley te la he explicado en el anterior mensaje. Si en tu información fiscal viene que la gestora las imputa a 2023 y tú te empeñas que lo vas a declarar en 2024, creo que vas a tener un pequeño problema con Hacienda.
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Bacalo 28/04/24 18:41
Ha respondido al tema Imputacion fiscal rescate plan - IRPF
no entiendo muy bien el lío que estás montando....dices que tu caso se rige por la "regla especial E" para planes de pensioneshttps://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c03-rendimientos-trabajo/imputacion-temporal-rendimientos-trabajo.html" los rendimientos del trabajo derivados de estas prestaciones deben imputarse al período impositivo en que se perciban, aunque este no corresponda con aquel en el que se produjo la contingencia. "Esa norma se refiere a que si se produce la contingencia de jubilación en 2023, lo mejor fiscalmente es esperar al año siguiente para rescatar el plan, ya que se supone que los ingresos por la pensión son menores.Entonces, si yo me jubilé en noviembre de 2023 pero no pido que me empiecen a pagar una mensualidad del plan hasta el 1 de marzo de 2024, por ejemplo, esa norma lo que dice es que fiscalmente se imputa a 2024.Pero el que a ti te hayan abonado el dinero en cuenta el 3 de enero,  puede ser que el rescate del plan haya sido efectivo el 2 de enero, o lo fuera el 31 de diciembre y ha tardado en llegar la transferencia, como te han dicho. El certificado fiscal de la gestora debería aclararlo, o mirando los movimientos de la gestora, deberías ver la fecha. Yo movilicé mi plan de empresa en su momento porque cambié de trabajo, y en el extracto de movimientos viene bien clarito los días de las aportaciones mensuales mientras trabajaba, así como  el día en que se produjo el traspaso de salida, que no fue el día que di la orden, ya que en aquella época tenían cerca de un mes para transferir un plan de empresa, actualmente  creo que el plazo de rescate son 7 días:" Los derechos solicitados deberán ser abonados dentro del plazo máximo de 7 días hábiles desde que el partícipe presente la documentación acreditativa correspondiente. "https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-1832Por tanto, si lo pediste el 28/12,  el 3 de enero estaba dentro de la ventana de 7 días, pero también el 31 de diciembre. repito, compruébalo en los extractos si sigues teniendo acceso a la cuenta de la gestora del plan, y en la información fiscal.
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Bacalo 28/04/24 09:52
Ha respondido al tema Fiscalidad de los préstamos y créditos - Dudas
efectivamente en los préstamos que hacen las empresas a los empleados de varias nóminas sin intereses o intereses bajo, la diferencia entre el tipo legal del dinero y ese interés es un rendimiento en especie del trabajo, debe venir en el certificado de retenciones. Otra cosa es que pidas por adelantado la parte transcurrida de la paga extra, por ejemplo, que es un derecho y no genera intereses.Como te dicen, los intereses pagados en operaciones de bolsa -tomar valores en préstamo para ponerse corto, o apalancarse- no se deducen. Sin embargo, si recibes intereses por prestar tus valores a los cortos, sí hay que declarar esos intereses como si te los pagara el banco por un depósito bancario.Si tienes alquilada una vivienda, se pueden deducir como gastos los intereses del préstamo hipotecario con el límite de los rendimientos del alquiler. Esto es así, a diferencia de lo anterior de la bolsa, porque está reconocido explícitamente en la ley como gasto deducible en los rendimientos del capital inmobiliario.Y de forma general, los préstamos no suponen un aumento del patrimonio, ya que se bien recibes un dinero o un bien comprado con financiación en tu "activo", en tu "pasivo" aparece una deuda, con lo cual el resultado es neutro. Solo los intereses tienen impacto fiscal, según lo explicado, o una posible condonación total o parcial de la deuda, que es una ganancia patrimonial en la base general al no derivar de una transmisión, igual que si prestas dinero y no te lo devuelven, es una pérdida patrimonial.
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Bacalo 28/04/24 09:21
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
si efectivamente devuelves el producto, entonces no tendrías que declarar la ganancia patrimonial por todo el valor, sino por la valoración del uso durante ese tiempo.Se podría tomar por ejemplo el criterio que aplican a los coches que las empresas ceden a sus empleados y que estos pueden usar no solo para el trabajo, sino para su vida privada: un 20%  del valor como rendimiento anual . Luego si devuelves el producto a Amazon o al proveedor a los 6 meses, se podría tomar un 10% del valor.Pero tienes que demostrar que has devuelto el producto.
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Bacalo 26/04/24 09:11
Ha respondido al tema Renta 2023 Viudo y deducción vivienda
yo creo que sigues deduciendo sobre el 50%, ya que diría que por el usufructo no se puede deducir por adquisición de vivienda habitual, y en cualquier caso ha sido adquirido después de 2013 y el precio real pagado por el usufructo será lo que haya costado los trámites de la herencia (impuesto de Sucesiones, notario, registro,etc; no en lo que se haya valorado).
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Bacalo 26/04/24 09:07
Ha respondido al tema Impuesto a pagar en herencia grupo 4
El tipo de interés de demora en 2024 es del 4%. Ahora bien, empezaría a contar al acabar el plazo de 6 meses de pago voluntario del Impuesto de Sucesiones y hasta que se pague la cantidad pendiente; si se apuran los 6 meses de prórroga, entonces cobrarían el 2% (por todo el año el 4%, luego por 6 meses la mitad).Como alternativa, se puede intentar pagar el impuesto contra el dinero heredado disponible en la cuenta corriente del fallecido, pues el banco puede extender un cheque a favor de la Hacienda autonómica, o presentar primero una liquidación parcial del impuesto declarando solo el dinero del banco, y cuando se recibe este,presentar una complementaria por los inmuebles, que puede ser lo más caro, sobre todo si hay una vivienda con plusvalía municipal...
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Bacalo 25/04/24 21:47
Ha respondido al tema Compra VPO
tendrás que ver los requisitos de la convocatoria de la ayuda que quieras pedir. A veces es una cantidad del valor de la vivienda, con lo que da igual cómo lo pagues, pero en otra pueden estar financiándote los intereses de la hipoteca, con lo que si pagas al contado, no hay ayuda.
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Bacalo 25/04/24 21:45
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
así es, da igual la casilla del apartado "ganancias patrimoniales que no derivan de transmisiones": la de premios (que me parece un poco estrambótico ponerlo en esta casilla), la de otras ganancias patrimoniales (que me parece lo correcto).... va todo al tipo marginal de la base general, que, dependiendo de lo que ganes en el trabajo, comienza en el 20% y puede llegar al 45% o más en alguna Comunidad Autónoma.
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Bacalo 25/04/24 21:24
Ha respondido al tema Doble imposición internacional
Vamos a ver, la deducción por doble imposición no se puede arrastrar a otro año. Y lo que dice exactamente la ley es:art 80 se deducirá la menor de las cantidades siguientes: a) El importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero por razón de un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a este impuesto o al Impuesto sobre la Renta de no Residentes sobre dichos rendimientos o ganancias patrimoniales. b) El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de base liquidable gravada en el extranjero. 2. A estos efectos, el tipo medio efectivo de gravamen será el resultado de multiplicar por 100 el cociente obtenido de dividir la cuota líquida total por la base liquidable. A tal fin, se deberá diferenciar el tipo de gravamen que corresponda a las rentas generales y del ahorro, según proceda. El tipo de gravamen se expresará con dos decimales. Es lo que he tratado de explicarte antes: no siempre se deduce el 15% (apartado a, se toma el impuesto pagado en el extranjero con el límite de lo que marca el convenio de doble imposción); si bien  suele ser lo habitual, porque el tipo medio de la base del ahorro del IRPF español (límite que impone el apartado b) ) suele ser el 19%. Por tanto, al ser 15% menor que 19%, se deduce 15%Pero hay casos en que ese tipo medio del IRPF es menor, es el caso que te he comentado antes de compensar pérdidas con parte de los dividendos, que el tipo puede quedarse en el 14%.o directamente, si tu mujer, tú o yo no tenemos ingresos del trabajo, solo dividendos del extranjero de 3.000 euros por ejemplo, es que al restar los 5.500 euros de mínimo personal, sale una base imponible/liquidable de 0, el impuesto en España es 0, el tipo es 0%, por tanto Hacienda te devuelve lo que te haya retenido en España, el 19% de lo que llega de Italia; pero no te devuelve ni puedes restar  un euro de lo retenido en Italia, la deducción por doble imposición internacional es 0, te dice que vayas a reclamar a Italia.Por ello, dependiendo de tus ingresos, y de los de tu mujer, pues si sigues cobrando esos dividendos a futuro, habrá años en que deduzcáis el 15% , y años en que deduzcas menos del 15%  o nada.
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Bacalo 25/04/24 21:12
Ha respondido al tema Dudas fiscales con bebé y conveniencia o no de matrimonio, etc
depende, hay deducciones como la que cité de gastos educativos en Madrid que si tienes una pareja con 1 hijo en la que si cada uno gana 50.000 euros puedes aplicarla, pero casados no.... en otras deducciones/comunidades autónomas el umbral puede ser más bajo.En general, estar casado para usar la declaración conjunta interesa, como dije, si uno de los 2 no ingresa nada (que no se sabe si será esa situación para siempre) o con una discapacidad muy gorda, que resta bastante de los ingresos.Luego la gente no casada a veces también se aprovecha bastante de ayudas en las que la mujer se presenta como madre con cargas familiares,  incluso para conseguir viviendas en alquiler o en propiedad, te lo digo porque he vivido en una vivienda que fue adjudicación pública y "casualmente" la mayoría eran propiedad de mujeres que vivían con su pareja, porque puntuaba bastante el tema de ser madre soltera... Pero luego en otros temas como pensiones, herencias o permisos laborales puede ser mejor estar casado.Cada situación tiene sus pros y sus contras.
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