Bacalo
07/04/25 22:31
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Venta local comercial, comprado 1990. Ganancia regimen transitorio 1994? renta vitalicia?
lo de la amortización, creo que es obligatorio restarlo aunque no se haya utilizado, según dicta la ley:Artículo 40. Determinación del valor de adquisición.1. El valor de adquisición de los elementos patrimoniales transmitidos se minorará en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles, computándose en todo caso la amortización mínima, con independencia de la efectiva consideración de ésta como gasto.A estos efectos, se considerará como amortización mínima la resultante del período máximo de amortización o el porcentaje fijo que corresponda, según cada caso.2. Tratándose de la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas, se considerará como valor de adquisición el valor contable, teniendo en cuenta las amortizaciones que hubieran sido fiscalmente deducibles, sin perjuicio de la amortización mínima a que se refiere el apartado anterior. Cuando los elementos patrimoniales hubieran sido afectados a la actividad después de su adquisición y con anterioridad al 1 de enero de 1999, se tomará como fecha de adquisición la que corresponda a la afectación.Para calcular la amortización, pues hay que conocer cómo han ido variando los porcentajes durante todos esos años. Yo no lo controlo, en estimación objetiva creo que ahora es el 5% anual, en simplificada el 3%, si me dices que los 35 años ha estado dedicado al negocio, estaría seguramente amortizada la construcción en cualquier caso. Si dices que el valor de la construcción son 12.000, estaría amortizado, el valor de adquisición serían los 58.000 euros del terreno (o la proporción que salga de 58/70 aplicada al precio de adquisición original).Consulta de todas maneras estos 2 puntos bien (la obligación de restar la amortización, que creo no te escapas, y cómo calcularla históricamente).Las rentas vitalicias, efectivamente hubo un cambio y ahora pueden ir devolviendo una parte del capital, no sé exactamente qué márgenes hay para que devuelvan más o menos, yo las que contrataron familiares míos son anteriores al cambio y sólo pagan intereses, no devuelven nada.