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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 20/04/24 12:56
Ha respondido al tema Bonificacion IRPF por discapacidad del cónyuge
modificándo online la declaración del marido para esos años (rectificación de la declaración) y adjuntando una explicación, o presentando un escrito de rectificación en una delegación, explicando igualmente lo que se pide y por qué: que doña xxxx tiene una discapacidad de tal grado reconocida desde tal fecha, que sus rendimientos netos no superan los 8.000 euros y que su esposo yyyy tiene derecho a la deducción por cónyuge con discapacidad a cargo, deducción que no aplicó en los ejercicios fiscales 202x, 202y,etc , y por tanto solicita que se rectifiquen sus declaraciones de esos ejercicios.
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Bacalo 20/04/24 12:50
Ha respondido al tema Residencia fiscal de la familia de un inmigrante para incluirla en la renta
umm, entiendo el argumento del gestor, puede ser un poco enrevesado: por un lado, la propia Agencia Tributaria dicehttps://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/tengo-que-presentar-declaracion/declaracion-individual-conjunta/que-unidad-familiar.html" La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año. "Pero por otro, la ley del IRPF dice:artículo 83 " Las personas físicas integradas en una unidad familiar podrán optar, en cualquier período impositivo, por tributar conjuntamente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con arreglo a las normas generales del impuesto y las disposiciones de este título, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por este impuesto. "Creo que el gestor se refiere a que el cónyuge no tendría la residencia habitual (fiscalmente hablando) en España al no haber pasado 183 días (la mitad del año) en 2023 en España y por tanto, no procede presentar la conjunta este año.Pero es que hay otro criterio para ser residente fiscal:" Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, resida habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél "Aunque este criterio se aplica normalmente a la persona española que viaja a trabajar al extranjero y se queda el cónyuge e hijos aquí,  se podría aplicar este criterio en este caso, para que el cónyuge puede tomar la residencia fiscal en España en 2023, aunque al citar el párrafo que en España deberían tener ya la residencia habitual el marido (lo cumple) y los hijos que dependan de él (el matiz está en que los hijos no han sido residentes habituales, pero ¿dependen de él?). Si es mucha pasta de diferencia, se puede cambiar la declaración e intentar pelear el argumento en caso de que Hacienda pidiera explicaciones...Para cambiar de modalidad, no sé cómo se hace ahora mismo, antes creo que no dejaban fuera del periodo voluntario y me parece que no podías online presentar una nueva ; si no deja, toca presentar un escrito en plazo.https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/tengo-que-presentar-declaracion/declaracion-individual-conjunta.html
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Bacalo 20/04/24 08:36
Ha respondido al tema Plan de pensiones para personas con discapacidad
los planes de pensiones tienen como punto negativo la liquidez, tienes que esperar a que se cumpla uno de los supuestos que permiten rescatarlo, no es como un fondo de inversión que lo vendes cuando quieres.Y ten en cuenta que realmente es un diferimiento de impuestos; es decir, el 37% que calculas te ahorras ahora de tipo marginal por los 2.000 euros, el día que lo rescates, añades ese ingreso a tu pensión al tipo marginal. Por tanto se supone que será beneficioso si el día que lo recuperes tu tipo marginal es menor (pensión por debajo del salario en activo), aparte de que lo ahorrado en impuestos ahora está invertido para ti produciendo una ganancia, si el plan de pensiones realmente da una rentabilidad positiva.
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Bacalo 20/04/24 08:19
Ha respondido al tema Dinero reinvertido
no queda clara la situación que expones.La vivienda consolida el carácter de habitual cuando transcurren 3 años desde que la habitas con algún porcentaje de propiedad. Es decir, si vives de alquiler y la compras, o si vives con un familiar sin ser propietario y la heredas, no empieza a correr el plazo hasta que adquieres la propiedad (todo o una parte) via compra o herencia.Si has dedicado el dinero de la venta a la compra de otra vivienda acogiéndote a la exención de la ganancia por reinversión en vivienda habitual, debe haberse cumplido el plazo de 3 años tal como te he expuesto. Si no te has acogido a la reinversión, da igual que la antigua fuera habitual o no.Y ten en cuenta que si has comprado la vivienda nueva con otra persona, entonces si vendiste por 200.000 una vivienda solo tuya y la nueva vale 250.000, tu parte son 125.000 y no estás reinvirtiendo todo.
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Bacalo 19/04/24 09:38
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
la casilla que se toma es la 022, rendimiento neto.Tu madre está en el caso explicado varias veces en el foro: con la subida de las pensiones, su pensión ha pasado a estar ligeramente por encima de 10.000 euros brutos, que se quedan por encima de los 8.000 netos, con lo cual se pierde el derecho a la deducción por ascendiente o cónyuge a cargo, debido a esa "congelación" del IRPF, que no se actualiza con la inflación.Con lo cual no pueden aplicar los 1.200 euros, y así el Estado más que recupera la subida de la pensión en este caso (500 euros). Un caso claro de cómo suben los impuestos a los ricos y los bajan a los pobres (nótese la ironía del comentario).Si hubiera cotizado a una mutualidad, como una parte de la pensión se ha declarado exenta y se resta, como en un caso de este hilo, quedaría por debajo, pero no parece que ocurra aquí, ya que vendría en los datos fiscales la parte exenta y se restaría automáticamente al incorporar la información a la declaración de tu madre.La donación que hace a la asociación no se resta a los rendimientos del trabajo, solo las cuotas sindicales.
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Bacalo 17/04/24 13:24
Ha respondido al tema Renta 2023: Venta de vivienda con quita
tienes 2 operaciones: la venta de la vivienda y la liquidación del préstamo, que NO pueden compensarse entre sí por lo explicado.Supongamos que compraste la casa por 200.000 euros y la vendes por 120.000. Y que tenías un préstamo pendiente de 150.000.En la base del ahorro, pérdida patrimonial por transmisión del inmueble: 120.000-200.000= -80.000 (puedes restar del precio de venta las comisiones que has pagado al intermediario, impuestos, notario,gestoría,etc, y lo mismo puedes añadir los gastos que tuvieras al de compra en su momento). Esa pérdida puedes compensarla con ganancias patrimoniales este año y en los 4 siguientes(venta de otro inmueble, de acciones, de fondos de inversión...).Entregas los 120.000 euros al banco para liquidar el préstamo y este te perdona 30.000 euros. En la base general, pones 30.000 euros de ganancia que no deriva de transmisión, como te dije. Como se añade a tu sueldo u otros ingresos de la base general, pagarás por esta "ganancia" el 24%, o el 30%, o lo que corresponda según tus otros ingresos.Al final, tu pérdida total es 50.000 ,lo que pasa es que al no poder compensar las 2 operaciones, puedes salir muy perjudicado fiscalmente.
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Bacalo 17/04/24 13:13
Ha respondido al tema Declaración IRPF de una persona fallecida - Herencia
sí, por una lado las deudas fiscales se heredan, como cualquier otra deuda (las sanciones asociadas no) y por otro,  las obligaciones fiscales pendientes pasan a las herederos (Ley General Tributaria). Si de acuerdo a los ingresos del fallecido estaba obligado a presentar declaración, hay que presentarla. . Salvo que renuncies a toda la herencia, para lo bueno y lo malo.
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