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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 22/03/26 17:16
Ha respondido al tema Duplicidad de operaciones tras integración EVO Banco → Bankinter en los datos fiscales de AEAT
yo diría que, una vez se lo comuniquéis al banco, éste rectificará la información ante la Agencia Tributaria, ya que parece un error masivo. Yo he sufrido alguna vez este tipo de errores con otras entidades, y así lo hicieron dentro del periodo voluntario de declaración. Lo contrario es cabrear a los clientes y exponerse además a una multa de la Agencia Tributaria.
Bacalo 22/03/26 17:10
Ha respondido al tema Duda para la Renta 2025 con persona con discapacidad.
en la declaración conjunta se pueden incluir como miembro de la unidad familiar los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. Tras la reforma del Código Civil también se incluyen los hijos mayores de edad con discapacidad sobre los que se haya establecido una curatela representativa por resolución judicial.Es decir, no es por tener discapacidad de más del 66%.Luego el hijo tendría que presentar su declaración individual, ya que imagino que no está incapacitado judicialmente.Al tener discapacidad, podrían incluirle los padres para el mínimo  y deducción por ascendiente con discapacidad pues no hay límite de edad, pero es que con esos ingresos, se pasa (tiene que presentar declaración con más de 8.000 euros). Luego los padres no deben incluir al hijo como descendiente.
Bacalo 21/03/26 10:17
Ha respondido al tema Devolución cotización a mutualidades
El año pasado no aparecían en un primer momento, pero semanas después sí estaban en los datos fiscales. Tal vez ocurra lo mismo este año. En casa del herrero cuchillo de palo
Bacalo 20/03/26 19:56
Ha respondido al tema Devolución cotización a mutualidades
exacto, no recuerdo si lo traslada automáticamente o hay que ponerlo a mano.
Bacalo 20/03/26 09:49
Ha respondido al tema Devolución cotización a mutualidades
este caso que planteas creo que ya le ha ocurrido a foreros que participan en el hilo de las mutualidades.La cuestión es que el Tribunal Supremo dijo "blanco" primero y declaró los intereses exentos, luego cambió a "Negro" probablemente por mandato de sus amos del Gobierno y ahora hay que declararlos, y ahora parece que vuelven a analizar el tema. Pero mientras no haya sentencia, toca declararlos.
Bacalo 20/03/26 09:47
Ha respondido al tema Perdida cautiva
como te indican, la Agencia Tributaria solo informa del importe de la venta de acciones, no de la ganancia, ya que esta puede variar según numerosas casuísticas: por ejemplo, que compraste acciones en  2 brokers distintos y luego has vendido las que compraste en último lugar en el 2º broker, pero fiscalmente se consideran vendidas las primeras, que haya habido ampliaciones de capital liberadas, canje de acciones por fusiones,etc.  Tienes que calcularlo y justificarlo, en el caso de que te lo reclamaran, tú.
Bacalo 17/03/26 22:07
Ha respondido al tema Deducciones para impuesto de sucesiones caso hermana de fallecido con discapacidad reconocida
si tu padre dejó a tu madre el usufructo, tienes que liquidar el impuesto de Sucesiones por ese usufructo a partir de la declaración que presentaste en su momento. Esto de manera independiente a la liquidación de tu madre. sin presentar para esta parte además plusvalía municipal, vale la que se pagó en su momento.Por tu madre, efectivamente presentas la declaración con el 50% de la vivienda de tu madre, y para el 50% de la de tu tía, tienes que descontar la valoración del usufructo que se queda ella, que ya liquidarás cuando fallezca, como ocurre ahora con el usufructo de tu madre que he citado.No controlo el impuesto en Asturias, pero parece que efectivamente hay 300.000 euros exentos para hijos, 50.000 para hermanos y 180.000 para discapacidad del 33% al 65%, que imagino son ambas compatibles para tu tía, estas cantidades se restan del valor de la herencia antes de aplicar la tarifa. Salvo que las viviendas que heredas tengan un valor muy alto, no deberías pagar mucho, tu tía directamente nada porque no creo que el usufructo de 1/3 se valore en mucho; el palo más gordo suele ser en la plusvalía municipal, donde tienes que mirar si hay alguna bonificación entre madre/hija en la vivienda habitual de la fallecida (es lo que ocurre en el ayuntamiento de Madrid, por ejemplo).
Bacalo 17/03/26 16:52
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
en una rectificación a un familiar tardaron más de 1 año. Depende de la carga de trabajo que tengan en la delegación que hayan asignado la reclamación y la disponibilidad de personal. Claro, si se acercan los 4 años desde que la presentaste, toca volver a reclamar. No sé si pedir cita en tu delegación serviría para que lo aceleren.
Bacalo 16/03/26 21:30
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
El límite de 8.000€ es anual, luego si la cantidad no exenta en 2025 supera el límite, no se cobra nada, da igual que esos ingresos correspondan solo a 6 meses o a todo el año 
Bacalo 16/03/26 09:47
Ha respondido al tema Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
como he respondido en un mensaje anterior, Hacienda está mirando la última declaración presentada por tu cónyuge para ver si te conceden el pago anticipado, declaración que  presentaría en primavera de 2025 con los ingresos de 2024, y por lo que dices, superaba los 8.000 euros netos. Hasta que no presentes la nueva declaración no revisarán los datos.Si en 2025, con lo que cobró antes de recibir la incapacidad se pasa de los 8.000 netos, no vas a poder aplicar en la declaración de 2025 la deducción, y van a seguir rechazando el pago anticipado. Si no los superó, sucede lo que te comento para 2026:Si en 2026, como consecuencia de la exención de la pensión, no los supera, entonces cuando presentes la declaración en primavera de 2027 para el ejercicio 2026, te  pagarán los 1.200 euros, y a partir de entonces podrás solicitar el pago anticipado de 100 euros mensuales.Sobre presentar tu declaración, si no recuerdo mal, me parece que hay una opción para indicar que no tienes la obligación de presentarla, de tal manera que si solo por tu declaración sale a pagar pongamos 300 euros, y luego te tienen que pagar los 1.200 de la deducción por cónyuge con discapacidad, entonces ignoran los 300 euros y te pagan enteritos los 1.200, no sólo 900 euros.En definitiva, la deducción de 2026 no la pierdes, lo que ocurre es que vas a tardar en cobrarla.