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Preferentes Caixanova ESO169075001

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#33

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Las tuyas están aquí:

http://ww2.aiaf.es/aiaf/fichaISIN.cir?isin=ES0169075001

Ojo, que las tuyas tienen muy pocos cruces, de hecho el último movimiento es del 7 de octubre de este año, al menos, eso si, al 100%, aunque viendo la gráfica ha habido intercambio al 90% recientemente.

Si has enviado la reclamación al SAC y no había movimientos la respuesta la tienen fácil: no había contrapartida, por eso no te las han vendido.

En lo que va de año solo han intercambiado 7 millones de euros.

suerte viasa.

Método, disciplina y tiempo

#34

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Si cotizan al 100 y algo, no demoréis el buro fax, por favor ya mismo ...... porque si no aprovechais esta ventaja, lo que puede ocurrir es que cierren mercado interno, y ya lo han hecho con varios ISIN, las dejen "fluctuar" libremente en el SEND, y entonces ya os podéis ir olvidando del 100, con suerte entre el 70 y el 80, y entonces ya no tenéis pruebas de incumplimiento de nada, si se pone una orden al 99, cuando coticen al 80, la respuesta a la reclamación se pone a huevo: No se venden porque el precio que pone el cliente no lo admite el mercado ....... punto pelota ..... Por el contrario si cursáis la orden ya, las pruebas (pantallazos) del AIAF van jugando a vuestro favor, confirman, reconfirman y prueban el flagrante incumplimiento, y si por un casual, y esperemos que no, hay que ir a justicia, esto son pruebas, no lo olvidéis.

Ahora vamos a pensar en negativo ¿y si el buro fax no sirviese para nada? pues no lo sé, lo que sí sé es que las pruebas valdrán para algo, digo yo, si no consta la orden al 98 ó 99, y al mismo tiempo los cruces al 100 y algo, todo esto del foro no vale para nada, pero si hay pruebas, pues eso, valdrán o no, pero se tendrá algo con que luchar, porque las palabras al director de la oficina se las lleva el viento.

Mi consejo, el buro fax ya mismo ...... luego una vez mandado y con el acuse de recibo, uno gana tiempo para plantear la reclamación, la estrategia, el paso de letra de la carta, si reclamo al SAC mediante carta certificada, por mail o por tam tam, uno ya se puede tomar mas tiempo, pero la orden de venta ya, ya .... ya ....

Y en positivo, si buscáis la memoria de reclamaciones de la CNMV de 2010, hay “literatura” variada sobre estos incumplimientos, con lo cual la CNMV reconoce que esto lo están haciendo mal, y dan la razón a los reclamantes ….. esto vale para algo, fijo que vale ……. ¿Qué no van a cumplir las recomendaciones de la CNMV? Yo creo que si cumplen, y si no lo hicieran …. Vamos a ver ….. si se cae una casa ¿a quién pedirá informes un juez? Pues a un arquitecto, al arquitecto municipal, o al colegio de arquitectos, no lo va a pedir al vecino del cuarto ….. ¿y si hay un tema de valores, y preferentes son valores, a quien pedirá informes el juez? Pues a la máxima autoridad en la materia, es que es de cajón ¿Quién es la máxima autoridad en este campo? Pues la Comisión Nacional del Mercado de Valores – CNMV.

#35

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Hola Jtorres:

El enlace que pones es el pantallazo que vais guardando?

Es en este enlace dode se ven las ventas o cruces que se hacen diariamente?

No seria una falta grave como es mi caso venderle unas preferentes a alguien que en el Mifid pone:

1 Esta familiarizado con los siguientes grupos de producto?

Respuesta: riesgo bajo

2 Indique la frecuencia con la que ha efectuado inversiones...

Respuesta: riesgo bajo ocasionalmente
Respuesta: riesgo medio nunca
Respuesta: riesgo alto nunca
...

Recordar que en ningun momento ni me informaron del riesgo ni me hicieron ninguna pregunta para rellenar el Mifid, pero todo y así no encajo en el perfil para colocarme unas preferentes ¿NO?

Esto tendra alguna consecuencia a mi favor no?

#36

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Si, esos son los pantallazos, ahí pone el último cruce y el día. Lo que no acabo de ver es el volumen diario. A ver si Petersen o Manolok lo miran y nos cuenta.

Respecto al Mifid, en primer lugar decirte que es obligatorio -salvo mejor opinión- a partir del 2007. Entiendo que el cuestionario, o mejor dicho, las respuestas tienen que llegar al "umbral" mínimo para que sea apto estos productos. Alguien comentaba que incluso le habian dado el cuestionario marcado con ordenador, lo cual me viene a pensar que eso es fraudulento.

Para ser prácticos mira a ver si puedes lograr copia del cuestionario, y si ves que debes atacar por ahí, perfecto, hazlo!, sin duda.

Si no te hicieron ninguna pregunta ellos lo rellenaron, lo cual podría ser, cuando menos, una mala práctica.

Podrá tener consecuencias a tu favor, el problema es que tengas que acudir a un juzgado a que te den la razón. A ver que te dice el SAC y luego la CNMV, desde luego viendo el tema yo lo integraría en mi reclamación como una cuestión más para apoyar el asunto.

Suerte.

Método, disciplina y tiempo

#37

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Pues a ti aun te lo enseñaron, porque en mi caso ni vi el MIFID de marras, ni me dijeron que existia, ni me enseñaron folleto ninguno; solo firme una orden de compra de valores, que era una sola hoja escrita por una cara.Y listo papeles. Vamos ahora que se el tipo de producto que es me parece una autentica coña marinera la forma de proceder de estos individuos.

#38

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Si que puede ser una falta grave, pero amigo, esto hay que demostrarlo, y te avanzo que por las buenas será que "nones". Si hay un defecto de comercialización, o una poca atención a la MiFID, perfil inadecuado, etc., te verás obligado a ir al juzgado, con los costes y desgaste que ello conlleva, no es un camino fácil ¿se puede? claro que si ¿se gana? pues los juzgados no son matemáticas precisamente, supongo que depende, cada caso es un mundo. Por ello en "la guía" al final se pone esta posibilidad, pero creemos que de momento hay que agotar la vía de reclamaciones administrativas antes de meterse en estos berenjenales, y habrá que meterse directamente en las que ya no cotizan ni al 80%, pero en las que siguen en el AIAF al 100%, creo que es la posibilidad final, no la de inicio.

#39

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Pero entonces lo del MIFID, como funciona. Lo tiene que cubrir la entidad, o tiene que ser el cliente, hay que firmarlo, o el banco puede pasar totalmente y si fuese el caso falsificarlo tan tranquilo. Pero es que puede ser tan sencillo de torear. No habra ningun protocolo de actuacion siendo algo que precisamente se instauro para frenar los desmanes de las entidades bancarias. Porque por ejemplo, ninguna armeria te va vender un fusil sin licencia que te autorice a tenerlo, aunque eso le suponga perder una venta.

#40

Re: Preferentes Caixanova ESO169075001

Vamos a ver, por lo que sé la MiFID lo que hace es proteger al inversor, instaurando una serie de requisitos para que no a todos los perfiles de personas se le pueda vender o colocar de todo, hay una normativa y una serie de cortapisas …………… y precisamente las preferentes se consideran a efectos de esta ley, que es de rango europeo, un producto de riesgo, por tanto por hecho de que firmes un contrato no es suficiente, aquí tienes “literatura variada”

http://es.wikipedia.org/wiki/Directiva_sobre_Mercados_de_Instrumentos_Financieros

http://portal.lacaixa.es/inversion/mifid_es.html

https://www.caixapenedes.com/mifid.asp?idioma=esp

https://www.cajamar.es/es/comun/informacion-corporativa/informacion-para-inversores/directiva-mifid/

https://www.bancosantander.es/cssa/StaticBS?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1195151716193&cachecontrol=immediate&ssbinary=true&maxage=3600

Entonces sin estos requisitos o alguno de ellos no se cumplió, es donde las entidades tienen el problema, pero esto hay que demostrarlo ante un tribunal, y claro fácil no es ….. pero te diré mas, según los del foro de noclip.es, que están “atacando” otro producto financiero muy distinto a tu caso, pero que la base presuntamente quebrada por las entidades es la misma, se dice que aún cuando en un jucio el que demanda (en este hipotético caso serías tu) debe probar la acusación, el que recibe la demanda, o sea en tu caso la entidad financiera, solo se defiende, vamos que la carga de la prueba es tuya, como en todo juicio, el acusado debe limitarse a defenderse, lo cual es mas sencillo que buscar pruebas para acusar, pues mira …… con esto de la MiFID y por mas demandados que puedan ser, en la parte de la MiFID la carga de la prueba se invierte, y para este menester aunque sean demandados, son ellos los deben demostrar que cumplieron lo que les obliga esta directiva MiFID.

Sin embargo, por lo que leo de la red, a las buenas, pues no …… tendrás que ir a juzgado y esto ya de entrada desgasta, además de costar dinero …. Preguntarás porque si es tan claro normalmente te obligan a este vía crucis, si saben que pueden perder, o hay elevadas probabilidades, si pierden es mas caro para ello …. No lo entiendo, esto es apostar a caballo perdedor …… pues no, no es así …. Te cuento …….. si tu tienes un problema con una empresa, y eres el único que lo tiene, pues en ahorro de costes sería recomendable un pacto o buscar un acuerdo intermedio, pero si hay muchos la óptica es otra ….. vamos a ver …..

Supongamos que tu caja tiene 2.000 problemas de tu tipo, y sabe que en juicios tiene elevadas posibilidades de perder, y no digo que sea así, porque entre otras cosas la justicia dista mucho de ser matemáticas, pero imaginemos un escenario en el cual la entidad sabe que perderá 1.900 de los 2.000, y ganará unos 100 en el mejor de los casos, porque el cliente se ha agenciado un abogado que lo plantea mal, o no es especialista en temas financieros, o sencillamente la caga ….. me dirás pues ya son ganas de ir a juicio si van a perder ….no, no, no, de entrada para ir tienes que hacer una provisión de fondos al abogado y al procurador, además de pagar un perito de lo económico para que haga un informe de apoyo …. Esto difícilmente te baja de 2 ó 3.000 €, que vale se recupera si se gana, pero si se pierde ya puedes doblar el coste porque los gastos de la otra parte los paga el que pierde. Apuesta a que los 2.000 solo con pensar en meterse en juicio la mitad ni siquiera van al abogado a plantearlo, y a partir de aquí cuando a uno le digan que son 3.000 € para empezar, algunos se conformarán con vender en el SEND al 80% porque al menos esto lo tienen seguro, entonces si estamos en 500 que tirarán adelante creo que digo muchos, supongamos que estos 500 pierdan 450 las cuentas salen mejor que acordando con los 2.000 de antes ….., al margen de que con un cliente pierdan, o con 400, da lo mismo, lo que cuenta es la globalidad del tema, de 2.000 problemas, con 400 hemos acabado en tema.

¿Y la pérdida de clientes? No nos engañemos, los que se plantean pelearse con la entidad, ya son clientes perdidos antes de ir al abogado ……. Esto ya no tiene remedio, lo tenía antes del cabreo , pero después del mismo, ya no …..

Es por todo ello que aquí, algunos defendemos que si es posible (cuando la cotización es del orden del 100%) agotar antes la vía administrativa del SAC, Defensor del Cliente y Comisión Nacional del Mercado de Valores, porque hay posibilidades reales de que sea suficiente, y en todo caso la opción legal sigue ahí si falla la opción administrativa.

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