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Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

166 respuestas
Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?
Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?
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#106

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Quiero entrar en la próxima emisión de bonos de Rumanía, con vencimiento el 07/10/2045 y cupón del 6,50%. No veo esta emisión en Renta 4 ni en Trade Republic. ¿A través de qué bróker puedo comprar estos bonos de Rumanía? En concreto, busco los del ISIN XS3200176298. La información me llegó por Auriagabonos, pero sus comisiones son muy elevadas, por lo que prefiero realizar la gestión con otro bróker. 
#107

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Buen bono rumano, con mucho volumen negociado. Tiene buena liquidez y márgenes de compraventa estrechos. Todavía está por debajo de 100 y en los primeros días de cotización se pudo comprar a 98; llevo unos pocos casi a ese precio en Auriga.

Las comisiones en Auriga y R4 son las mismas.  En TRepublic las comisiones "parecen" más bajas pero todo apunta a que hay horquilla en la compraventa. En la página 6 y siguientes de este mismo foro -a lo mejor ya lo has visto y leído- conseguimos descifrar la liquidación de un cupón de un bono rumano comprado en TRepublic. Digo conseguimos descifrar porque la operativa con este broker es diferente a lo que hacen otros brokers.
#108

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Me surge una duda práctica: ¿cómo localizáis exactamente estos bonos rumanos en los brokers que mencionáis? 
He intentado buscarlos introduciendo directamente el ISIN del bono, pero no me aparece nada en el buscador del broker. 
Por eso no tengo claro si estos bonos están bajo otra denominación, si requieren algún tipo de acceso especial o si hay que buscarlos de otra forma. 

#109

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

En la web de Auriga y sin que haga falta estar registrado, el buscador de bonos está en el botón que dice "MERCADO SECUNDARIO". Si lo clicas te lleva a esta otra página:

https://www.aurigabonos.com/renta-fija

Te aparece el bono que dices, pero claro, no te dejará ver más datos si no estas registrado.

Si quieres estar al día de lo que ocurre con los bonos rumanos te sugiero que sigas el hilo de bonos de Rumanía del FOL, un foro italiano. Se puede leer muy bien con el traductor.

https://forum.finanzaonline.com/threads/romania-bond-lotto-minimo-1k-gli-incastrati-vol-xv.2078132/page-86
#110

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

@yomais o quien pueda, serías tan amable de seguir esta compra desglosada y al final me resuelves un par de dudas fiscales? Pienso que puede ser útil para todos..

Ojo esta vez al realizar la compra no he solicitado un importe de adquisición, sino que pulsando en el desplegable (no sabía que estaba) he solicitado un nominal de 10.000eur. Creo que sale más claro porque así podemos construir:

Nominal=      10.000eur, X
Precio        97,37%   =
Importe orden 9737eur,   +
Comisión (1eur) y cupón corrido 318,47 =
Total cargado en cuenta  10055,47eur.

Cupon: 5,63%
Primer cobro:5,63% X 10.000= 563eur


- La retención por IRPF me la van a calcular (lo sé porque ya me lo han hecho en el cobro del anterior bono que estudiamos) sobre los 563eur, y no lo veo justo porque parte del cupón lo he pagado yo (cupón corrido), no habría que calcularlo sobre 563-318,47? O no lo entiendo bien? El resto de años sí que lo veo justo.

- Supongamos que aguanto el bono hasta que vence, me devolverán el nominal por tanto 10.000eur, pero el coste de adquisición fue 10055eur, entiendo que podré deducir 55eur de pérdidas? Y eso que el cupón corrido está dentro de los 10.055...que lío..a ver si van a considerar que tendré ganancias? (10.000-9737). Como pensáis que serán las cuentas fiscales cuando venciera el bono? (considerando la ley actual claro jaja)

Muchas gracias

Edito y auto respondo: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1087181-cupon-corrido-retencion-impuesto-renta


#111

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

El desglose de la operación está bien hecho, es igual que el que hace Aurigabonos en una compra cualquiera: (precio de mercado x nominal) + cupón corrido + comisión.

10.055 € es tu precio de adquisición a efectos fiscales. Si lo llevas a vencimiento vas a tener una pérdida patrimonial de 55 €, tal y como has dicho. 

Te digo como funcionan las ganancias y las pérdidas primoniales; no es difícil de entender aunque parezca un poco lioso.

- los intereses cobrados -> van directamente a rendimientos del capital mobiliario. Aquí se meten los intereses de bonos, de depósitos bancarios, dividendos de acciones.

- las pérdidas patrimoniales -> sólo se compensan con ganancias patrimoniales originadas por elementos del mismo tipo, es decir, con ganancias patrimoniales que hayas tenido en la venta de acciones, de bonos, de un fondo de inversión. Si la resta es positiva toca pagar impuestos y se acaba la historia. Pero si la resta es negativa entonces se compensa el 25 % del saldo negativo con los rendimientos del capital de ese año. El 75 % restante se arrastra hasta el año siguiente y se resta a las ganancias patrimoniales de ese año y si no hay o siguen siendo negativas entonces se compensa otro 25 % con el saldo de rendimientos del capital mobiliario. Así año tras año hasta que vayan desapareciendo las pérdidas. 

Salvo mejor opinión yo lo tengo entendido así. 

Un ejemplo. Ponte que estás en el año 38 y estás haciendo la declaración de la renta del 37:

Pérdidas por este bono del que estamos hablando: -55 €

Caso 1) tienes ganancias patrimoniales por la venta de acciones y otros bonos de 100 €.
Compensación: 100 de ganancias - 55 de pérdidas = te toca pagar impuestos por 45 € y ya se ha compensado esa pérdida.

Caso b) no tienes ninguna ganancia patrimonial. Se compensa el 25 % de la pérdida (25% de -55 = -13,75 €) con lo que tengas de rendimientos del capital mobiliario y el restante 75 % se pasa al siguiente año.

Caso c) tienes una pérdida patrimonial de  -100 €. Se suma con los -55 del bono y te da una pérdida total de -155 €. Se compensa el 25 % (-38,75 €) con lo que tengas de rendimientos del capital y el restante 75 % se pasa al siguiente año.

Así es como funciona y no hay que hacer cálculos ni acordarse de los números de un año a otro, lo hace todo el programa de la declaración de la renta. 

¿Qué ocurre por tanto y a modo de resumen, con las pérdidas patrimoniales? Que tienes que tener como mínimo rendimientos del capital mobiliario durante 4 años consecutivos para poder ir compensándolas, si no es así se pierden y se convierten en pérdidas definitivas.

Por otra parte, cuando cobras el cupón te hacen la retención correspondiente y si, es lo justo. Siempre paga los impuestos el que cobra el cupón y a cambio te ponen el cupón corrido como mayor importe de la compra para que cuando vendas o amortices el bono pagues menos impuestos. Antes o después salen todos los números redondos como se suele decir.
#112

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Muchas gracias @yomais !!
Gracias 
#113

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

No es así, se compensa toda la pérdida patrimonial pero como máximo con el 25% de rendimientos del capital. Y viceversa.

Caso b) Pérdida patrimonial de 55€ y rendimientos del capital de 100€ (tope a compensar 25% = 25€). No se tributa por 25€ de rendimientos del capital y queda una pérdida patrimonial de 55€ - 25€ = 30€ para ejercicios posteriores.

La pérdida que se produzca en la amortización (55€) se compensará de sobra con el cupón del bono (el 25% de 563€ 140,75€ es el máximo a compensar).
#114

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Muy bien, perfecto. Muchas gracias por la aclaración.
#116

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Buenas de nuevo compañeros,
La pregunta del millón de siempre y que por más que leo no la encuentro...si me paso de 50000eur invertidos en Bonos de Rumanía en Trade Republic (el cual lo consideramos ya  banco español), tendría que presentar el 720?
Son bonos extranjeros pero.. pensáis que están depositados en banco español y no haría falta?
Acabo de leer muchísimo en Auriga bonos y ellos lo tienen claro, están depositados (o gestionados) en Auriga y como son entidad española no hay que presentar modelo 720, por mucho que sean bonos de país extranjero.
No pongo en duda que TR sea español, sino si realmente "cuenta" para Hacienda que esos Bonos rumanos están en TR y por tanto en España.

Otro ejemplo, los ETF que cotizan en bolsa extranjera, aunque sea con un broker español, sí que cuentan como extranjeros (creo).

Es que es otro tema que cuanto más lees aún te enredas más...

Muchísimas gracias
#117

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

 pensáis que están depositados en banco español y no haría falta? 
No soy cliente, y esta es una de las razones.
Diría que los bonos no estan depositados en un custodio español, pero no lo tengo claro ni la documentación que he leido lo deja claro.
Si no se presenta el 720 y tarderepublic informa de la posición en bonos depositados en el extranjero (a efectos de patrimonio) saltarán las alarmas en hacienda.
Si se presenta el 720 y no están depositados en el extranjero supongo que las consecuencias serían menores.
Siento no tener la respuesta, no es más que una opinión, no me llevo el millón ;).
#118

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

Buenos días.

Desgraciadamente no puedo responder a tus dudas porque no soy clienta de TR, pero quiero dejarte un enlace traducido del Frankfurter Allgemeine Zeitung del día 30 de diciembre donde habla de los cambios que tendrán lugar en Trade Republic, se refiere al enrutamiento de órdenes del mercado de acciones o de bonos hacia la plataforma de Lang & Schwarz.
También en otros países europeos se nota que los líderes del sector se toman en serio a Trade Republic. La regulación europea ya se ha ocupado del tema. El modelo importante para Trade Republic, que consiste en transferir todas las órdenes de los clientes a una única bolsa y cobrar por ello, estará prohibido a partir del verano.
Respecto a tu pregunta, me inclino a pensar que @ertuditu tiene razón y más bien parece que los activos negociados a través de Lang & Schwarz están en el extranjero. Supongamos que los declaras en el modelo 720 sin tener que hacerlo, supongo que sabes que puedes añadir una nota en pdf a cualquier declaración informativa o no, con otros archivos, hasta un tamaño máximo de 10 MB o más, no recuerdo. 

Aportas documentación, explicas que no estás seguro de si esas acciones deben incorporarse en el mod. 720 o no y, en el peor de los casos, es posible que esas explicaciones y documentos eviten una "llamada" de la AEAT.

He pasado el enlace superior porque hay quien comenta que, ante la obligatoriedad de eliminar el enrutamiento de órdenes de valores, es posible que Trade Republic llegue a crear algún tipo de plataforma propia, lo que podría cambiar la ubicación de los valoreso la forma de declararlos. No lo sé, pero seguro que este año las novedades de TR serán objeto de muchos titulares.

Saludos.
#119

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?


Depósito en el extranjero: Aunque Trade Republic asigne un IBAN español a las cuentas de efectivo desde mediados de 2025, las acciones y ETFs suelen considerarse depositados en el extranjero (generalmente en Alemania), por lo que computan para el bloque de "valores" del modelo 720.
Nota importante: Independientemente de si tienes que presentar el modelo 720, siempre debes declarar los dividendos y las ganancias por ventas en tu declaración anual del IRPF (Renta), ya que Trade Republic no aplica retenciones automáticas para la Hacienda española. 
Sí, las acciones extranjeras adquiridas a través de Trade Republic deben declararse en el modelo 720 si se superan los límites establecidos.

¿Qué dice la normativa?


El Modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Según la Agencia Tributaria española, deben declararse:
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero, si su valor conjunto supera los 50.000 euros en cualquier momento del año.
¿Cómo afecta a Trade Republic?

Trade Republic es una plataforma de inversión extranjera (con sede en Alemania). Las acciones, ETFs o cualquier otro valor adquirido a través de esta plataforma se consideran situados en el extranjero y, por tanto, están sujetos a la obligación de declaración en el modelo 720 si se supera el límite de 50.000 euros.
¿Qué hay que declarar?

  • Valor de las acciones (según su valor de mercado a 31 de diciembre del año anterior).
  • Saldo medio anual de la cuenta de valores en Trade Republic.
  • Rentas obtenidas (dividendos, intereses, etc.) si superan 50.000 euros.
Tienes razón en que, si Trade Republic opera a través de un IBAN español (por ejemplo, mediante una cuenta de valores abierta en España o un banco español que actúa como custodio), la situación puede ser diferente. Vamos a aclarar los puntos clave:

1. IBAN español ≠ Exención automática

El hecho de que tu IBAN sea español no exime automáticamente de declarar las acciones extranjeras en el modelo 720. Lo que importa es dónde están depositados o custodiados los valores:
  • Si los valores están custodiados en España (por ejemplo, a través de un banco o entidad española que actúa como intermediario), no hay que declararlos en el modelo 720, porque no se consideran situados en el extranjero.
  • Si los valores están custodiados directamente en el extranjero (aunque el IBAN sea español), sí hay que declararlos si superan los 50.000 €.
2. ¿Cómo saber dónde están custodiados tus valores en Trade Republic?

Trade Republic utiliza un modelo de custodia en el extranjero (normalmente en Alemania), aunque te asignen un IBAN español para operar. En la mayoría de los casos, los valores están custodiados en el extranjero, por lo que sí estarían sujetos a declaración en el modelo 720 si superas el límite.

3. ¿Qué dice la Agencia Tributaria?

La Agencia Tributaria considera que, aunque el IBAN sea español, si los valores están depositados o gestionados por una entidad extranjera, deben declararse. La clave está en la ubicación real de los valores, no en el IBAN.

4. ¿Qué hacer?

  • Consulta el contrato con Trade Republic: Busca la cláusula que indique dónde se custodia tu cartera.
  • Revisa los extractos: A veces aparece información sobre la entidad custodiante.
  • Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal o directamente con Trade Republic para confirmar la ubicación de la custodia.
Enlace a la conversación con la IA Mistral_Le Chat.


#120

Re: Bonos de Rumania. ¿Qué opináis?

He encontrado esto en forocoches de un cliente de TR con acciones que tenía dudas y, de nuevo, parece ser que sí hay que declarar las acciones.


Interesante este párrafo que aporta el cliente en el hilo de forocoches, fruto de una conversación con una IA.
Para que se aplicara la excepción d) a tus acciones, Trade Republic tendría que informar a la Agencia Tributaria española mediante el Modelo 189 (la declaración informativa anual que sí presentan bancos como Santander, BBVA o MyInvestor sobre valores).
  • Trade Republic no presenta el Modelo 189: Aunque tengan sucursal para el efectivo y el IBAN, el depósito de valores se realiza de forma transfronteriza (normalmente a través de HSBC Alemania).
  • Al no existir esa comunicación automática de tus saldos de acciones a 31 de diciembre por parte del bróker a Hacienda, la obligación de informar recae sobre ti a través del Modelo 720.
Hay diversidad de opiniones porque en TR no parecen muy claros. Saludos.