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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Página
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#8841

Re: Estoy preocupado ...

Tu caso es distinto al de mi suegra(se supone que tendra un laudo positivo al 100%),con lo cual le da un poco igual lo de pedir liquidez y encima la preferente solo te da un 33%.
Tienes que ver que has hecho con el dinero del prestamo,si te lo has gastado todo,una parte o esta intacto,por que devolverlo lo tienes que devolver y si necesitas liquidez,aunque sea con la quita tendras que obtenerla.si lo tienes todo,firmas,te dan el 77% y se lo cobran y del capital que tu tienes les das el otro 23%,con lo cual liquidas el prestamo y te queda "nuestro" 77%.
Si te lo has gastado todo,firmas,se cobran el 77% y les debes el 23%.
Creo que tienes que firmar la despignoracion si o si,pero no desesperes ,aun quedan dias.
Yo tambien tengo pignorado pero solo un 40%,con lo cual tambien es distinto a tu caso porque firmando recibo mas de lo que les debo,pero tu les debes mas de lo que te van a dar,y si te lo has gastado....
Mañana me vuelvo a leer mi contrato de prestamo y te digo mas.

#8842

Re: Estoy preocupado ...

Gracias por contestar insubordinado , music0058.
¿Tu suegra se negado a firmar la despignoracion?
Si averiguas algo mas dímelo por favor.
Gracias
Un saludo

#8843

Re: Estoy preocupado ...

Aun no tengo claro que haremos con mi suegra....jajaja.
Mira,yo tengo un contrato "normal" de prestamo con liquidacion de capital en diciembre 2018,y una SUPERPOSICION de GARANTIA que dice :
Sin perjuicio de las obligaciones contraidas por los participes del contrato de referencia,los titulares de los valores "Deuda Subordinada",costituyen en prenda dichos valores,hasta la total cancelacion del citado contrato,y NO podra disponer de dichos valores mientras y hasta que no haya sido cancelada la deuda,AUTORIZANDO EXPRESAMENTE AL BANCO,.....,a vender o reembolsar,total o parcialmente,cuantos titulos sean necesarios,......,y a disponer,sin mas autorizacion,del producto resultante para cubrir las cantidades vencidas y no satisfichas en caso de morosidad por cualquier concepto o cantidad.

Por ley,la Deuda pasara a ser acciones,y no las puedes vender si no estan libres de esta carga.
Buff todo esto tiene su miga.
Te lo tiene que mirar alguien que entienda.
Saludos

#8844

Re: Estoy preocupado ...

El hecho de haber pignorado unos títulos, puede suponer un aceptación de actos anteriores, me explico, una pignoración es entregar algo en prenda, por tanto el propiuo hecho de la entrega supone un reconocimientyo de propiedad, no puedes entregar algo que no te pertence, en consecuencia y lo hubieras hecho por la razón que fuere, por mas justificable que sea dicho "hecho" no cambia, has reconocido propiedad, y ello supone o puede suponer (depende del juez, en su caso) que cualquier defecto que existiera en la comercalialiación de tu deuda subordinada quedaría salvado, corregido ... repito "puede suponer ..."

Imagino que en esteo términos no te llegaron a informar, te ofrecieron "la soluición", "la panacea" ... y posiblemente sin mala fe, porque el comercial que te vendió "la moto" de la pignoración, tal vez no lo sepa.

Ahora con el canje si te quedas con las acciones no tienen liquidez, esto es hoy, y por ello el FROB ofrece comprarlas, pero mas baratas, luego si alquien compra Catalunya Caixa, habrá que ver que precio pagar por las acciones, puede que mas dinero, o menos, incluso que nueva subasta del banco quedfe dsierta, que a nadie le interese ... por tanto no tenemos manera de saber si estas acciones valdrán algo en 3 meses, en 3 años ... si valen mas o valen menos, porque el valor de algo siempre depende de lo ofrezca el que tenga interés en ello. Las cuentas del banco son una referencia, pero si mañana Emilio Botón ofrece al FROB un 50% de precio de las acciones y no viene nadie más, el FROB tendrá que analizar si lo vende o no a este precio ....

Entonces tenemosel primer ptoblema de cuando te venduieron esta caca, la deuda subordinada, un segundo problema con la pignoración y lo que puede suponer un a reclamación judicial o abritral, en lo segundo no creo, lo siento, de la misma forma que en mi blog indiqué de los peligros de las pignoraciones, lo hice igual en los arbitrajes, nio me gustan, y el que hayan pagado 3.000 ó 4.200 no ve a convencer de la bondad de ellos, no me fio, a mi el que me tanga una vez, una cruz gorda, porque hay muchas posuibilidades de que tangue de de nuevo, pues a tomar viento ....

Ahora resulta que el 22 % que no te dan, lo tendrás que pagar, y si no lo haces te pondrán una demanda judicial por impago, en la lista de morosos y .... vamos que además de cornuda, pues apaleada .... lo siento, si quieres mi opinión y por el mensaje de antes, creo que sí lo has solicitado, el martes a las 9:01 a un abogado, ya, sin parar a tomar el café, con copia del contrato de préstamo y todo lo que tengas ... a ver como interpreta las cláusulas de la pignoración y si hay una remota posibilidad de esperar que sean ellos los que te demanden por impago, y tu oponerte a dicha demanda y a la deuda, en base a la "tangada" por dos veces.

Riesgos: Muchos, si ellos que van a demandar por la deuda pierden, pues bien ... pero como el juez entienda esto de la conformidad con la pignoración, es una posibilidad, pero no necesareiamente significa que sea así, te encontrarás pagando la difeerencia entre el precio de las acciones en el momento de la sentencia judicial y la deuda, y si hay conedena a costas, además lo de su abogado, es por ello que mi recomendación solo puede ser una:

El martes a las 9 de la mañana esperando que el abogado abra la oficina .....

No, por consultas no te van cobrar ninguna fortuna, ni siquiera un de pequeña, supongo que cobrfará las horas de trabajo por asesorarte.

#8845

Re: DIRECtiSsimooooo !!!!

Hola music0058! Habría que ver el contrato para poder dar una opinión, pero siendo analfabeta no sé yo cómo podría acreditar que la señora sabía lo que compraba y el posterior contrato que le colocaron...

#8846

Re: Estoy preocupado ...

Veo que es como un prestamo que avalamos con 2 garantias,la tradicional (tu nomina,tu casa, tu patrimonio...) y la de la DS, que la van a transformar en acciones y creo que dejara de ser garantia.
La diferencia es que no pagamos capital e intereses todos los meses,y cuando llevaramos 2 meses sin pagar nos podrian denunciar.Aqui,si cumplimos cada trimestre pagando los intereses,no nos pueden meter mano hasta diciembre 2018 que es cuando tenemos que devolver el 100% del capital.
Ellos qiueren que despignoremos para que obtengamos liquidez y podamos devolver lo prestado,aparte del tema legal deuda-acciones.
Si no firmas y no tienes el dinero ¿que harias en 2018? ¿como les pagas?
Si no firmas y tienes el dinero del prestamo,en 2018 se lo devuelves pero y tu ¿que es lo que tendras?¿unas acciones "invendibles"?

#8847

Re: Estoy preocupado ...

Hola carmenmaria, te digo lo mismo que a Music0058, sin ver el contrato poco se puede opinar. Te recomiendo que no dejes el tema porque te queda poco tiempo para tomar una decisión.

#8848

Re: DIRECtiSsimooooo !!!!

Las preferentes eran heredadas y el prestamo,digamos tramitado a nivel banco-familiar.
En mi prestamo tengo fecha de devolucion dic.2018 ,cuando cumple la deuda.
En el de ella al ser PERPETUAS y como no he visto el contrato,¿que lo devuelve en diciembre de PERPETUA?
si suponemos que va a cobrar el dinero limpio por arbitraje,como que no nos preocupa lo que pase con el prestamo,sopena que este este "pignorado" al arbitraje o le hayan puesto una fecha,pero...¿como pignoras algo" perpetuo "con una "fecha"? ¿a cuando se "venda" el producto? Pues cuando se venda el producto devolvemos el prestamo...¿ y cuando se vende el producto,cuando firmemos las acciones por liquido?¿ y si no queremos firmar?
Se podria hacer eterno,pero en un par de meses ella recibira el dinero del arbitraje,y como esto sea asi,lo que me voy a reir....nuevo producto de CX el PRESTAMO PERPETUO ( PP)...¿mira que si hubieran caido en su misma TRAMPA?
Lo que esta claro es que tampoco vamos a poner en peligro el arbitraje.
No se ,tengo que ver el contrato.

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